Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2012 (06/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, jueves 6 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES

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d) Implementar estrategias de empoderamiento que generen cambios de actitud frente a la problematica de las ninas, ninos y adolescentes en situacion de calle. e) Formular y aprobar protocolos de intervencion especializados en el MORDAZA del programa, segun los perfiles de las ninas, ninos yadolescentes en situacion de calle. f) Promover la intervencion articulada de las entidades que correspondan alineandolas a la politica publica de atencion integral para ninos, ninas y adolescentes en situacion de calle. g) Promover la participacion y cooperacion de la comunidad y el sector privado en la implementacion del Programa. Articulo 4.- Servicios del Programa Nacional Llachay El Programa Nacional Llachay realiza los siguientes servicios: a) Promocion, acceso y restitucion de derechos: Comprende el conjunto de acciones que gestiona el educador de MORDAZA para que las ninas, ninos y adolescentes en situacion de MORDAZA accedan a los servicios especializados segun sus necesidades identificadas en el diagnostico; asimismo, acciones de informacion, orientacion y educacion sobre sus derechos, y el MORDAZA legal de defensores publicos especializados. b) Acompanamiento y orientacion a la familia: Comprende el conjunto de acciones de consejeria, orientacion y apoyo tanto al MORDAZA, MORDAZA y adolescente en situacion de MORDAZA como a la familia, con el fin de evitar que sigan expuestos a los riesgos de la MORDAZA, fortalecer sus vinculos y que la familia asuma su rol protector. c) Atencion en Centros de Referencia: Comprende el servicio de apoyo alternativo a la MORDAZA para fortalecer el vinculo de las ninas, ninos y adolescentes con el Sistema Educativo y el desarrollo de talleres preventivos. d) Atencion en MORDAZA de Acogida y Estancia: MORDAZA MORDAZA son componentes de una misma prestacion. La MORDAZA de Acogida es un centro de atencion abierto y temporal, que sirve de MORDAZA para la adaptacion y el desarrollo de habilidades sociales de los ninos, ninas y adolescentes en situacion en MORDAZA MORDAZA de pasar a una MORDAZA de Estancia. Por su parte, la MORDAZA de Estancia es un centro de atencion residencial especializado en la que se atiende a las ninas, ninos y adolescentes recuperados de la MORDAZA en calle; esta permite la consolidacion del MORDAZA de cambio y orienta las acciones a su reincorporacion familiar o social. Articulo 5.- Del/la Director/a Ejecutivo/a El Programa Nacional Llachay cuenta con un/a Director/ a Ejecutivo/a, quien es designado/a mediante Resolucion Ministerial del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. El/la Director/a Ejecutivo/a ejerce las siguientes funciones: a) Propone al Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables los lineamientos de politica institucional del Programa; b) Informa al Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables sobre el desarrollo y ejecucion del Programa; c) Formula directivas, reglamentos, instrumentos y procedimientos de caracter tecnico operativo del Programa; d) Promueve la articulacion de los servicios del Programa con los organos de la entidad vinculados; e) Dirige y supervisa la ejecucion de los servicios del Programa; f) Aprueba y suscribe convenios de acuerdo a su competencia; g) Expide resoluciones dentro del ambito de su competencia; h) Elabora la Memoria Anual del Programa; y, i) Ejerce las demas funciones que se determinen en el Manual de Operaciones. Articulo 6.- Financiamiento El Programa Nacional Llachay se financiara con cargo al presupuesto institucional del pliego Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en el MORDAZA de las Leyes Anuales de Presupuesto. Articulo 7.- Articulacion con las Entidades El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables a traves del Programa Nacional Llachay requiere realizar un trabajo articulado con diversas entidades de

la administracion publica para lo cual debera suscribir convenios o generar alianzas estrategicas con los Sectores del Estado, Gobiernos Regionales, Locales y entidades publicas y privadas que resulten necesarios para el cumplimiento de los objetivos del Programa Nacional senalados en la presente norma. Articulo 8.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
Primera.- De la operatividad Para los efectos de la operatividad del Programa Nacional Llachay, este formara parte de la Unidad Ejecutora 006: Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar ­ INABIF del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Segunda.- Normas Complementarias Mediante Resolucion Ministerial se expiden las disposiciones de caracter operativo para garantizar el buen funcionamiento del Programa, las que deberan estar acorde con el presente Decreto Supremo. Asimismo, el Programa podra establecer lineamientos y emitir directivas de indole operativa para su funcionamiento institucional y desarrollo, en concordancia con lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. DISPOSICION COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Unica.- Aprobacion del Manual de Operaciones El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional Llachay, mediante Resolucion Ministerial, en un plazo no mayor de treinta (30) dias habiles contados a partir del dia siguiente de la publicacion del presente Decreto Supremo. En tanto se apruebe el respectivo Manual de Operaciones del citado Programa Nacional, la Unidad Gerencial de Desarrollo Integral de la Familia y Promocion del Voluntariado del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar ­ INABIF continuara asumiendo los compromisos y obligaciones relacionados con los aspectos operativos del Programa Nacional Llachay, dado que su creacion es sobre la base de "Educadores de Calle".

DISPOSICION COMPLEMENTARIA DEROGATORIA
Unica.- Derogatoria Deroguense las normas que se opongan al presente Decreto Supremo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cinco dias del mes de setiembre del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

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PRODUCE
Designan representantes titulares y alternos del Ministerio ante la Comision Multisectorial creada por R.S. Nº 2732012-PCM
RESOLUCION MINISTERIAL N° 401-2012-PRODUCE
MORDAZA, 05 de setiembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema N° 273-2012-PCM del 27 de agosto de 2012, se creo la Comision Multisectorial

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