NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (22/09/2012)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 22 de setiembre de 2012 474930 de Cultura; el Decreto Supremo Nº 001-2011-MC que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar como Monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, a la Capilla de Huayopampa ubicada en la localidad de Huayopampa, Urbanización del Señor de Huayopampa, distrito de Amarilis, provincia y departamento de Huánuco. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del propietario, autoridades locales y regionales la presente Resolución sobre la condición patrimonial del inmueble indicado en el Artículo 1º, así como la normatividad y leyes de protección del Patrimonio Cultural de la Nación. Artículo 3º.- Es obligación del propietario, autoridades locales y regionales someter cualquier intervención a realizarse en el inmueble citado en el Artículo 1º de la presente Resolución, a la aprobación previa del órgano competente del Ministerio de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL VARÓN GABAI Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 844220-1 DEFENSA Autorizan viaje de cadete de la Escuela Militar de Chorrillos “Coronel Francisco Bolognesi” a Francia, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 427-2012-DE/ Lima, 21 de setiembre de 2012 VISTO: La Hoja de Recomendación Nº 107/DIEDOC/C-5.c del 11 de setiembre de 2012, de la Dirección de Educación y Doctrina. CONSIDERANDO: Que, mediante el documento del visto, el señor General de Ejército Comandante General del Ejército aprobó la designación del Cadete IV Año EP Pierre Andrejevich Ivanok ALFARO LURITA, de la Escuela Militar de Chorrillos “Coronel Francisco Bolognesi” para visitar la Academia Militar de Saint Cyr – ciudad de Coetquidan de la República Francesa, en el periodo comprendido del 01 de octubre al 20 de diciembre de 2012; Que, con Ofi cio N° G.500-057 del 19 de mayo de 2012, el señor Contralmirante, Agregado de Defensa y Naval a la Embajada del Perú en la República Francesa, informa que el General de División Comandante de las Escuelas de Saint Cyr - Coetquidan de la República Francesa, ha comunicado formalmente el ofrecimiento para la participación de un (01) Cadete de la Escuela Militar de Chorrillos “Francisco Bolognesi” a un periodo académico en dicha Escuela; Que, es de interés institucional autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Cadete que se nombra en la parte resolutiva, a fi n realizar estudios en la mencionada Academia, para permitir adquirir nuevos conocimientos y a su vez intercambiar experiencias académicas, así como conocer la cultura organizacional de los Cadetes de dicha Escuela; Que, el citado viaje en Misión de Estudios no se encuentra previsto en el Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa, para el Año Fiscal 2012, aprobado con Resolución Suprema Nº 014-2012 DE/ del 13 de enero de 2012 y sus modifi catorias aprobadas con Resolución Suprema N° 284-2012 DE del 21 de junio de 2012 y con Resolución Suprema N° 384-2012 DE del 27 de agosto de 2012, en razón de que se tomó conocimiento del mismo con posterioridad a su aprobación, sin embargo en atención a los intereses del Sector Defensa y la importancia de los temas que se desarrollarán, resulta pertinente expedir la autorización de viaje; Que, los gastos serán cubiertos con cargo a la Fuente de Financiamiento (F/F) de Recursos Ordinarios (R/O), Saldos no ejecutados del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de la Unidad Ejecutora N° 003 – Ejército del Perú; Que, el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009, en su Artículo 1°, inciso A), numeral 3, determina que las autorizaciones de viaje al extranjero que irroguen gastos al Estado, del personal militar y civil, serán aprobadas mediante Resolución Suprema; Que, de conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo N° 001- 2011-DE/ del 29 de marzo de 2011, la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 05 de junio de 2002, el Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, el Decreto Supremo N° 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 – que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército y a lo acordado con el señor Ministro de Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el Viaje al Exterior en Misión de Estudios, al Cadete IV Año EP Pierre Andrejevich Ivanok ALFARO LURITA, identifi cado con DNI Nº 46154744 y CIP Nº 124114100, para realizar un periodo académico, en la Academia Militar de Saint Cyr – ciudad de Coetquidan en la República Francesa, en el periodo comprendido del 01 de octubre al 20 de diciembre de 2012. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa – Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje aéreo: Lima – Coetquidan (Francia) – Lima (Clase económica) US $ 2000.00 x 01 persona $ 2,000.00 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US $ 500.00 x 02 meses x 01 persona (Oct. a Nov. 2012) $ 1,000.00 US $ 500.00/31 x 20 días x 01 persona (01 Dic.–20 Dic. 2012) $ 322.58 --------------------- Total a pagar $ 3,322.58 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 4º.- El Cadete designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 5º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 845037-9