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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (22/09/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 22 de setiembre de 2012 474945 Autorizan Transferencia de Partidas a favor de los Pliegos Ministerio del Interior y Ministerio de Defensa, en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 DECRETO SUPREMO Nº 187-2012-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 se ha aprobado, entre otros, el presupuesto institucional de los Pliegos 007 Ministerio del Interior y 026 Ministerio de Defensa; Que, el artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 014- 2012, dispone la vigencia durante el año fi scal 2012, de lo establecido en los artículos 1º, 2º y 5º del Decreto de Urgencia Nº 020-2011, que otorga una Bonifi cación Extraordinaria al Personal Militar y Policial en Actividad de las Fuerzas Armadas y Policial de la Policía Nacional del Perú equivalente al 20 % de la remuneración pensionable, incluyendo el concepto previsto en el Decreto Supremo Nº 037-2001-EF; y del 25 % de las pensiones a favor de los pensionistas del régimen del Decreto Ley Nº 19846 y sus modifi catorias que hayan pasado a la situación de retiro por invalidez o incapacidad total y permanente como consecuencia de acción de armas o acto de servicio, así como a los herederos del personal que haya fallecido como consecuencia de las acciones antes indicadas, de acuerdo a la normatividad vigente; Que, el artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 014- 2012, establece que las bonifi caciones extraordinarias a que se refi ere el considerando precedente serán abonadas mensualmente y de manera conjunta con el pago de la remuneración o pensión mensual, según corresponda, a partir del mes de mayo de 2012 hasta diciembre de 2012; Que, mediante los Ofi cios Nºs. 0154-2012.IN-VGI y 1791-2012-MINDEF/DM, los Ministerios del Interior y de Defensa han solicitado transferencias de recursos para fi nanciar la continuidad del otorgamiento de las Bonifi caciones Extraordinarias establecidas en los artículos 1º y 2º del Decreto de Urgencia Nº 014-2012 a favor del Personal Militar y Policial en Actividad; Que, resulta necesario atender las Bonifi caciones Extraordinarias establecidas en los artículos 1º y 2º del Decreto de Urgencia Nº 014-2012 a favor del Personal Militar y Policial en Actividad, para los meses de setiembre y octubre 2012, por la suma total de OCHENTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 85 253 292,00), correspondiendo a favor del Pliego 007 Ministerio del Interior la cantidad de SESENTA MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y TRES MIL CIENTO OCHENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 60 633 188,00) y a favor del Pliego 026 Ministerio de Defensa la cantidad de VEINTICUATRO MILLONES SEISCIENTOS VEINTE MIL CIENTO CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 24 620 104,00); Que, mediante los Decretos Supremos Nºs. 070- 2012-EF y 129-2012-EF se autorizaron mayores recursos en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, para ser destinados a fi nanciar la continuidad del otorgamiento de las Bonifi caciones Extraordinarias establecidas en los artículos 1º y 2º del Decreto de Urgencia Nº 014-2012, a favor del Personal Militar en Actividad de las Fuerzas Armadas y Policial de la Policía Nacional del Perú, para los meses de mayo-junio y julio- agosto 2012, respectivamente; Que, los artículos 44º y 45º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los Presupuestos de los Pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, los recursos para atender los requerimientos señalados en los considerandos precedentes no han sido previstos en los presupuestos institucionales de dichos Pliegos, por lo que resulta necesario autorizar una transferencia de partidas hasta por la suma de OCHENTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 85 253 292,00); De conformidad con lo establecido por el artículo 45º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, hasta por la suma de OCHENTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 85 253 292,00), para atender los gastos que demanden las acciones descritas en la parte considerativa de la presente norma, conforme al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia 85 253 292,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 85 253 292,00 =========== A LA: SECCION PRIMERA : Gobierno Central FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 1 Recursos Ordinarios PLIEGO 007 : Ministerio del Interior UNIDAD EJECUTORA 002 : Dirección de Economía y Finanzas de la PNP ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5001281 : Vigilancia Policial de Naturaleza Civil GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 60 633 188,00 -------------------- TOTAL PLIEGO 007 60 633 188,00 =========== En Nuevos Soles PLIEGO 026 : Ministerio de Defensa UNIDAD EJECUTORA 003 : Ejército Peruano ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5002090 : Mantenimiento de la Operatividad del Efectivo Militar GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 10 871 184,00 ------------------- Subtotal UE 003 10 871 184,00 UNIDAD EJECUTORA 004 : Marina de Guerra del Perú ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5002090 : Mantenimiento de la Operatividad del Efectivo Militar