Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2012 (22/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, sabado 22 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA ACTIVIDAD 009 001 5000415 1

474939
En Nuevos Soles : Gobierno Central : Ministerio de Economia y Finanzas : Administracion General : Administracion del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico : Recursos Ordinarios 36 724 829.00 ============= 36 724 829.00 ============= En Nuevos Soles

Que, los Gobiernos Regionales y el Ministerio de Educacion han informado el registro de 231 docentes adicionales, nombrados en el I nivel de la MORDAZA Publica Magisterial, en el MORDAZA de las Resoluciones Ministeriales Nº 0265-2009-ED, N° 0065-2010-ED, N° 199-2010-ED y N° 423-2010-ED, cuya remuneracion diferencial no fue financiada mediante el Decreto Supremo Nº 097-2012EF y cuyo registro ha sido verificado en el Aplicativo Informatico para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Publico, ascendiendo el financiamiento de sus diferenciales remunerativos a la suma de S/. 1 610 448,00 (UN MILLON SEISCIENTOS DIEZ MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, los Gobiernos Regionales y el Ministerio de Educacion han presentado una base de datos de docentes de la MORDAZA Publica Magisterial que durante el Ano Fiscal 2011 estuvieron encargados de funcion directiva y/o jerarquica, a quienes les corresponde un pago adicional segun lo dispuesto en el numeral 46.3 del articulo 46° de la Ley Nº 29062; respecto a los cuales en el Aplicativo Informatico para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Publico se ha validado el registro de 664 docentes que cuentan con dicha condicion, ascendiendo el financiamiento de sus diferenciales remunerativos a la suma de S/. 6 209 316,00 (SEIS MILLONES DOSCIENTOS NUEVE MIL TRESCIENTOS DIECISEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, adicionalmente, los Gobiernos Regionales y el Ministerio de Educacion han presentado una base de datos de docentes de la MORDAZA Publica Magisterial que ejercen en el presente Ano Fiscal encargaturas de funcion directiva y/o jerarquica, a quienes les corresponde un pago adicional, segun lo dispuesto en la MORDAZA citada en el considerando precedente; respecto a los cuales en el Aplicativo Informatico para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Publico se ha validado el registro de 3,375 docentes que cuentan con dicha condicion, ascendiendo el financiamiento de sus diferenciales remunerativos a la suma de S/. 27 099 778,00 (VEINTISIETE MILLONES NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SETENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, con Oficio Nº 1725-2012-MINEDU/SG, la Secretaria General del Ministerio de Educacion ha requerido la transferencia de recursos para el financiamiento de los diferenciales remunerativos senalados, los mismos que han sido evaluados en el Aplicativo Informatico para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Publico hasta por el numero de 4 573 docentes, conforme a lo senalado en los considerandos precedentes; y teniendo en cuenta que dicho financiamiento no ha sido previsto en los presupuestos institucionales para el ano fiscal 2012 del Ministerio de Educacion y los Gobiernos Regionales, aprobados por la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, resulta necesaria su atencion con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Pliego Ministerio de Economia y Finanzas hasta por la suma de S/. 36 724 829,00 (TREINTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS VEINTICUATRO MIL OCHOCIENTOS VEINTINUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES); De conformidad con lo establecido en el articulo 45° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Articulo 1.- Objeto 1.1 Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, hasta por la suma de S/. 36 724 829,00 (TREINTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS VEINTICUATRO MIL OCHOCIENTOS VEINTINUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES), para financiar el pago del diferencial remunerativo de 4 573 docentes incorporados y nombrados en los niveles I y III de la MORDAZA Publica Magisterial y con encargaturas de funcion directiva y/o jerarquica, conforme al Anexo "Transferencia de Partidas ­ Numero de Plazas Docentes y Montos por Pliego Habilitado" que forma parte del presente Decreto Supremo; de acuerdo al siguiente detalle:

FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia

TOTAL EGRESOS A LA:

SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : Ministerio de Educacion FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 11 593 423.00 ----------------------SUBTOTAL 11 593 423.00 ============ SECCION MORDAZA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Regionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 25 131 406.00 ------------------------SUBTOTAL 25 131 406.00 ============= TOTAL EGRESOS 36 724 829.00 =============

Articulo 2.- Procedimiento para la aprobacion institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1° de la presente MORDAZA a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Los Pliegos de las instancias descentralizadas habilitadas por el presente dispositivo remitiran MORDAZA de la citada resolucion al Ministerio de Educacion. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el articulo 1° del presente dispositivo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de Educacion y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiun dias del mes de setiembre del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA O'BRIEN Ministra de Educacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas

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