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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (22/09/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 22 de setiembre de 2012 474932 Que, el personal militar antes señalado ingresará a territorio de la República, del 23 de setiembre al 2 de octubre de 2012, a fi n de realizar una visita a la Escuela Naval del Perú y embarcarse en el B.A.P. “MARTE”, en cumplimiento al Acuerdo A-11-VII-11 del Acta de la VII Reunión de Estados Mayores entre la Fuerza Naval del Ecuador y la Marina de Guerra del Perú; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el Artículo Único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, del personal militar de la República del Ecuador detallado a continuación, del 23 de setiembre al 2 de octubre de 2012, a fi n que realicen una visita a la Escuela Naval del Perú y se embarquen en el B.A.P. “MARTE”, en cumplimiento al Acuerdo A-11-VII- 11 del Acta de la VII Reunión de Estados Mayores entre la Fuerza Naval del Ecuador y la Marina de Guerra del Perú. 1. Teniente de Fragata Alexander CANSING Muñoz 2. Guardiamarina 4to. Año Juan SOLANO Loja 3. Guardiamarina 2do. Año Christian ALBUJA Benalcazar 4. Guardiamarina 2do. Año Eddy HURTADO Sánchez 5. Guardiamarina 1er. Año Richard BONILLA Pesantez Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO ALVARO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 844534-3 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1077-2012-DE/SG Lima, 21 de setiembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 738 del 11 de setiembre de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio Nº 2181-2012-VPD/B/a del 18 de setiembre de 2012, el Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América; Que, el personal militar antes señalado ingresará a territorio de la República, del 5 al 6 de octubre de 2012, a fi n de realizar una visita ofi cial a diferentes autoridades del Perú; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Dirección General de Relaciones Internacionales de este Ministerio; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al personal militar de los Estados Unidos de América detallado a continuación, del 5 al 6 de octubre de 2012, a fi n que realicen una visita ofi cial a diferentes autoridades del país. 1. Teniente General John F. KELLY 2. Teniente General Thomas D. WALDHAUSER 3. Coronel Steven RAMSAY 4. Coronel John B. HASHEM 5. Capitán de Fragata Lawrence GETZ 6. Capitán de Fragata William T. COX Jr. 7. Teniente Coronel Joseph Todd BREASSEALE 8. Teniente Coronel Steven WARREN 9. Teniente Primero Kevin NAUGHTON Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO ALVARO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 844534-4 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 a favor del Pliego Autoridad Nacional del Agua DECRETO SUPREMO N° 182-2012-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Tribunal Constitucional, mediante sentencia de fecha 8 de noviembre del 2011, y su Resolución Aclaratoria de fecha 24 de enero de 2012, recaídas en el Expediente N° 01939-2011-PA/TC, correspondientes al caso del Proyecto Majes-Sihuas II, entre otros aspectos, dispuso la realización de un nuevo y defi nitivo estudio técnico de balance hídrico integral, que deberá ser realizado en lo inmediato posible sobre iniciativa de las tres partes: Gobierno Nacional, Gobierno Regional de Arequipa y Gobierno Regional de Cusco, quienes defi nirán plazo, condiciones y fi nanciamiento de dicho estudio, el