Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2012 (27/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano MORDAZA, jueves 27 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES

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de fecha 11 de diciembre de 2008, la Resolucion No. 0442009 de fecha 26 de enero de 2009, la Resolucion Nº 602-2009-CONAFU de fecha 24 de noviembre de 2009, la Resolucion Nº 503-2010-CONAFU de fecha 01 de diciembre de 2010, la Resolucion Nº 074-2011-CONAFU de fecha 04 de febrero de 2011, la carta s/n presentada con fecha 26 de MORDAZA de 2011, Resolucion Nº 555-2011CONAFU de fecha 23 de noviembre de 2011, Resolucion Nº 032-2012-CONAFU de fecha 12 de enero de 2012, Oficio Nº 001-AMM-2012-CV-UMP recibido con fecha 16 de MORDAZA de 2012, el Oficio Nº 466-2012-CONAFU-CDAA, la Resolucion Nº 224-2012-CONAFU de fecha 07 de MORDAZA de 2012, el Acta de verificacion in situ por el Pleno del CONAFU de la Implementacion Inicial de fecha 11 de junio de 2012, la Resolucion Nº 357-2012-CONAFU de fecha 18 de MORDAZA de 2012 y el Acuerdo Nº 501-2012-CONAFU de la Sesion del Pleno del CONAFU llevada a cabo el dia 25 de MORDAZA y continuada el 27 de MORDAZA de 2012, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, emitiendo resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional, previa verificacion de los requisitos y condiciones establecidos; en concordancia con el articulo 3° inciso a) del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 1892006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006; Que, con posterioridad a la Sentencia del Tribunal Constitucional del Peru recaida en el expediente 00172008-PI, se le restituye al CONAFU la facultad de emitir resoluciones de funcionamiento provisional de universidades, mediante Ley Nº 29780 de fecha 27 de MORDAZA de 2011, explicitado en su articulo unico que incorpora el literal i) al articulo 2º de la Ley 26439 que a la letra dice: ¨Articulo 2º.- Son atribuciones del CONAFU: (...) i) Evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento de las nuevas universidades publicas, cuyo tramite se hayan iniciado despues del 28 de junio de 2010, y emitir resoluciones de autorizacion o denegacion de funcionamiento provisional, previa verificacion del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidos. Los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento de las nuevas universidades publicas y privadas que hubieran sido admitidas a tramite MORDAZA del 28 de junio continuan con el mismo procedimiento establecido en el parrafo anterior.¨ Que, en el articulo 10º del Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades aprobado por Resolucion Nº 387-2009-CONAFU; se establece que: "El procedimiento para la autorizacion de funcionamiento de una universidad, una vez admitida a tramite, tiene cuatro (4) Fases: 1.- Evaluacion para la aprobacion del Proyecto de Desarrollo Institucional. 2.- Implementacion Inicial del Proyecto de Desarrollo Institucional aprobado. 3.Verificacion de la Implementacion Inicial. 4.- Autorizacion del funcionamiento provisional de la universidad; Que, con carta s/n recibida con fecha 01 de setiembre de 2008, el senor MORDAZA Japura MORDAZA, en calidad de Gerente General del Consorcio Educativo MORDAZA S.A.C, presenta el Proyecto de Desarrollo Institucional (PDI) del Proyecto de Universidad Maritima del Peru para su admision, aprobacion y autorizacion correspondiente por parte del CONAFU con las siguientes carreras profesionales: 1) Derecho MORDAZA y Servicios Aduaneros, 2) Ingenieria de la Produccion e Industrializacion de Recursos Hidrobiologicos, 3) Ingenieria de Navegacion y MORDAZA Mercante, 4) Ingenieria de Sistemas y Telematica, y 5) Ingenieria del Transporte Maritimo y Gestion Logistica Portuaria, adjuntando la documentacion para tal fin; Que, mediante Resolucion Nº 496-2008-CONAFU, de fecha 11 de diciembre de 2008, se admite a tramite la solicitud de Autorizacion de Funcionamiento del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Maritima del Peru con las carreras profesionales de: 1) Derecho MORDAZA y Servicios Aduaneros, 2) Ingenieria de la Produccion e Industrializacion de Recursos Hidrobiologicos,

3) Ingenieria de Navegacion y MORDAZA Mercante, 4) Ingenieria de Sistemas y Telematica, y 5) Ingenieria del Transporte Maritimo y Gestion Logistica Portuaria, bajo el regimen legal del Decreto Legislativo Nº 882; Que, por Resolucion Nº 044-2009-CONAFU, de fecha 26 de enero de 2009, se resuelve, entre otros: ¨... APROBAR el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Maritima del Peru, presentado por la Promotora ¨Consorcio Educativo MORDAZA SAC¨, debidamente representado por su Gerente General, MORDAZA Japura Gomez; con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Derecho MORDAZA y Servicios Aduaneros, 2) Ingenieria de la Produccion e Industrializacion de Recursos Hidrobiologicos, 3) Ingenieria de Navegacion y MORDAZA Mercante, 4) Ingenieria de Sistemas y Telematica, y 5) Ingenieria del Transporte Maritimo y Gestion Logistica Portuaria.¨; Que, con Resolucion Nº 602-2009-CONAFU de fecha 24 de noviembre de 2009, se resolvio otorgar la prorroga de doce (12) meses para la implementacion Inicial del Proyecto de Universidad Maritima del Peru, plazo que sera contado a partir del vencimiento del plazo inicial; Que, mediante Resolucion Nº 503-2010-CONAFU de fecha 01 de diciembre de 2010, se autorizo el Concurso Publico de Plazas Docentes Contratados del Proyecto de Universidad Maritima del Peru; Que, a traves de la Resolucion Nº 074-2011-CONAFU de fecha 04 de febrero de 2011, se aprueba la solicitud de ampliacion de plazo de seis (06) meses para la MORDAZA del Informe de Implementacion Inicial del Proyecto de Universidad Maritima del Peru; Que, por carta s/n presentada con fecha 26 de MORDAZA de 2011, el responsable de la promotora del proyecto de Universidad Maritima del Peru, presenta el Informe de Implementacion Inicial de su institucion, el expediente es presentado en medio fisico, asimismo, adjunta MORDAZA de la factura correspondiente al item 23 del MORDAZA del CONAFU; Que, con Resolucion Nº 555-2011-CONAFU de fecha 23 de noviembre de 2011, se resolvio: Admitir a tramite el Informe de Implementacion Inicial del referido proyecto universitario y Designar a los miembros de la Comision Verificadora de la Implementacion Inicial del Proyecto de Universidad Maritima del Peru, quedando integrada por los siguientes profesionales: Dr. Angelmiro MORDAZA Mestanza, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Estraver, en calidad de Presidente, Secretario y Vocal, respectivamente; Que, mediante Resolucion Nº 032-2012-CONAFU de fecha 12 de enero de 2012, se autorizo el cambio de locales provisionales del Proyecto de Universidad Maritima del Peru, cuyos predios se encuentran ubicados en el distrito y provincia del Callao, siendo su distribucion la siguiente: Local Principal: Av. MORDAZA Pena Nº 111 (05 pisos), Locales Adjuntos: Jr. MORDAZA MORDAZA Gallo Nº 132 (Sotano), Av. MORDAZA Pena 194 (Sexto Piso) y MORDAZA Miller Nº 450 (2do Piso- Auditorio), solo para el primer ano de funcionamiento provisional; Que, mediante Oficio Nº 001-AMM-2012-CV-UMP recibido con fecha 16 de MORDAZA de 2012, el Presidente de la Comision Verificadora, remite el Informe Final de la Implementacion Inicial del Proyecto de Universidad Maritima del Peru, concluyendo que el Proyecto de la mencionada universidad ha cumplido con implementar satisfactoriamente lo programado con la implementacion inicial para su funcionamiento provisional de acuerdo a lo aprobado en PDI, al Informe de Implementacion Inicial y lo autorizado mediante Resolucion Nº 032-2012-CONAFU; recomendando la Comision Verificadora al Pleno del CONAFU que se apruebe dicho informe y se continue con la siguiente fase para la Autorizacion Provisional de Funcionamiento de la Universidad Maritima del Peru; Que, con Oficio Nº 466-2012-CONAFU-CDAA presentado el 23 de MORDAZA de 2012, la Comision Academica sugiere al Pleno del CONAFU lo siguiente: ¨ apruebe el respectivo Informe de Implementacion Inicial y se continue con el tramite correspondiente, conforme lo senalado en el articulo 39º del Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades...¨ Que, por Resolucion Nº 224-2012-CONAFU de fecha 07 de MORDAZA de 2012, se aprobo el Informe de Implementacion Inicial del Proyecto de Universidad Maritima del Peru, quedando pendiente que el Pleno del CONAFU realice la visita correspondiente in situ para ratificar el Informe de la Comision de Verificacion de la Implementacion Inicial; Que, conforme al Acta de Visita In situ de fecha 11 de junio de 2012, los integrantes del Consejo Directivo del CONAFU, luego de efectuar la debida verificacion e

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