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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (03/04/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 74

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 3 de abril de 2013 492072 consideración de dar por cancelado los pagos efectuados a la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, conforme a la Resolución de Concejo Nº 047-2002- MDSMP, faltando los pagos a efectuarse a favor de Servicio de Parques (SERPAR) y Ministerio de Educación; así como se verifi que el cumplimiento de los Planes Urbanos, ya que el trámite no tiene la condición de cosa decidida administrativa al no haber ratifi cación por parte de la Municipalidad Metropolitana de Lima; y, mediante Expediente Nº 04458-01-2013, la administrada adjunta documentación técnica levantando las observaciones efectuadas por nuestra corporación municipal; Que, mediante Informe Nº 073-2013-GRND-SGCyHU- GDU-MDSMP, el técnico del área de habilitaciones urbanas señala que se ha cumplido con la presentación de los requisitos establecidos en la Ley Nº 26878 – General de Habilitaciones Urbanas, el Decreto Supremo Nº 011-98-MTC que aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 26878, así como el TUPA de esta corporación; y la inspección ocular practicada verifi ca que el plano presentado coincide con lo físicamente existente en el terreno, observándose que existe una consolidación de viviendas (al 100%), constatándose asimismo la existencia de los servicios de energía eléctrica, agua potable, alcantarillado, quedando pendiente parte de la pavimentación de pistas y veredas y señalización; que, del mismo modo, indica que la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada del inmueble constituido por la Parcela 10234 del Fundo Santa Rosa, califi cado con Usos Residencial de Densidad Media “R-3” y “R-4”, Residencial de Densidad Alta “R-5” y Comercio Vecinal “C-2”, sobre el que se desarrolla la Cooperativa de Vivienda Santa Apolonia Ltda., cumple con los planes urbanos respecto a la zonifi cación, vías y aportes reglamentarios; Que, respecto al pago por los défi cit de aportes por SERPAR y Ministerio de Educación, se quedarán en garantía los Lotes 1 al 18 de la Manzana “A”, Lotes 1 al 21 de la Manzana “B”, Lotes 1 al 12 de la Manzana “C”, Lotes 1 y 2 de la Manzana “C´”, Lotes 1 al 3 de la Manzana “D”, Lotes 1 al 13 de la Manzana “E”, Lotes 1 al 16 de la Manzana “F”, Lotes 1 al 6 de la Manzana “F´”, Lotes 1 al 10 de la Manzana “G”, Lote 1 de la Manzana “G´”, Lotes 1 al 17 de la Manzana “H”, Lotes 1 al 15 de la Manzana “I”, Lotes 1 al 16 de la Manzana “J”, Lotes 1 al 15 de la Manzana “K”, Lotes 1 al 20 de la Manzana “L”, Lotes 1 al 21 de la Manzana “M”, Lotes 1 al 28 de la Manzana “N”, Lotes 1 al 6 de la Manzana “N´”, Lotes 1 al 15 de la Manzana “O”, Lotes 1 y 2 de la Manzana “P” y Lotes 1 al 13 de la Manzana “Q” de la Cooperativa de Vivienda Santa Apolonia Ltda., cumpliendo en superar las áreas de 674.27 m2 y 1,180.28 m2, respectivamente, resultantes del cálculo de défi cits de los aportes a favor de SERPAR y Ministerio de Educación a través del Reglamento Nacional de Construcciones; Que, el Informe Nº 092-2013-GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que, habiéndose cumplido con todos los requisitos establecidos por ley, deviene procedente aprobar la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para Usos Residencial de Densidad Media “R-3” y “R-4”, Residencial de Densidad Alta “R-5” y Comercio Vecinal “C- 2” del inmueble con un área superfi cial de 109,500.00 m2, constituido por la Parcela 10234 del Fundo Santa Rosa, inscrito en la Ficha Registral Nº 184967 y su continuación en Partida Electrónica Nº 43723448 del Registro de Propiedad Inmueble de la Ofi cina Registral de Lima y Callao, sobre el cual se desarrolla la Cooperativa de Vivienda Santa Apolonia Ltda., ubicado en la jurisdicción del distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima; autorizándose a dicha cooperativa a ejecutar las obras de habilitación urbana en un plazo de treinta y seis (36) meses computados a partir de la notifi cación del presente acto administrativo; Con la visación de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia de Desarrollo Urbano; De conformidad con los artículos 20, inciso 6); 39; 43 y 79, numeral 3.6.1 de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades; artículo 201, incisos 1) y 2) de la Ley Nº 27444 – del Procedimiento Administrativo General; Reglamento Nacional de Construcciones; Ley Nº 26878 - General de Habilitaciones Urbanas y el Texto Único Ordenado del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-98-MTC; Ordenanza Nº 127- MML y Resolución Nº 387-91-MLM-AM-SMDU-ZGLM de la Municipalidad Metropolitana de Lima; RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para Usos Residencial de Densidad Media “R-3” y “R-4”, Residencial de Alta Densidad “R-5” y Comercio Vecinal “C-2” del inmueble con un área superfi cial de 109,500.00 m2, constituido por la Parcela 10234 del Fundo Santa Rosa, inscrito en la Ficha Registral Nº 184967 y su continuación en Partida Electrónica Nº 43723448 del Registro de Propiedad Inmueble de la Ofi cina Registral de Lima y Callao, sobre el cual se desarrolla la Cooperativa de Vivienda Santa Apolonia Ltda., de conformidad con el Plano signado con Nº 013-2013-SGCyHU-GDU-MDSMP y Memoria Descriptiva, ubicado en el distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- DECLARAR cumplidas las obras de agua potable, alcantarillado, electrifi cación y autorizar a la Cooperativa de Vivienda Santa Apolonia Ltda. para ejecutar en un plazo de treinta y seis (36) meses las Obras de Habilitación Urbana como son: pavimentación de pistas y veredas y señalización del terreno de 109,500.00 m2; las mismas que deberán sujetarse al plano fi rmado y sellado por la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, de acuerdo a las especifi caciones siguientes: Diseño.- Se basará en el cuadro de áreas siguiente: CUADRO GENERAL DE ÁREAS DESCRIPCIÓN ÁREA (m2) Área Bruta 109,500.00 Área Útil 59,862.91 Área de Vías 41,053.06 Área de Recreación Pública 4,885.83 Área de Ministerio de Educación 445.92 Área de Compensación 3,252.28 PAVIMENTOS: Las características de las obras de pavimentación serán las siguientes: Subrasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de Subrasante, será necesario efectuar una evaluación de la superfi cie del terreno natural, eliminando el que contenga restos orgánicos, escarifi cando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m, mediante la adición de material granular, mezclándose con riegos sucesivos y cercanos al óptimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20. Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afi rmada de 0.20 m de espesor, compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material gruesos (con diámetros máximo de 1 ½”, fi nos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuará con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice de C.B.R. de 80. Se procurara una superfi cie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor. Superfi cie de Rodadura.- Estará constituida por una capa asfáltica en caliente de 2” de espesor como mínimo, que se aplicará previa imprimación de la superfi cie de base con asfalto líquido RC-250. Aceras.- Serán de concreto de calidad de f’c = 175Kg/ cm2 de 0.10 m. de espesor y su colocación se efectuará sobre un terraplén de material limpio de buena calidad y debidamente compactado. El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.20 m, y el acabado será con mezcla cemento-arena fi na en porción 1:2 de un (01) centímetro de espesor. Los Radios de abanicos en las esquinas serán de 6.00 m. Sardineles.- En ambos lados de las calzadas, confi nando y protegiendo sus bordes, y a nivel de dichas calzadas, se construirán sardineles de concreto de calidad f’c = 175Kg/cm2 y de dimensiones 0.15 x 0.30 m. En los extremos libres de las aceras o extremos en contacto con jardines se construirán sardineles de concreto de calidad y acabado fi nal igual a las aceras, en forma monolítica y homogénea con ellas y de dimensiones 0.15 x 0.30 m. Rampas y Bermas para personas con discapacidad.- En los lugares señalados en el plano