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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (04/04/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 4 de abril de 2013 492108 g. La Directiva de Movilización Nacional; h. Otros instrumentos de política y estrategia relacionados con la Seguridad y Defensa Nacional. TÍTULO V PROCESOS DE LA SEGURIDAD Y DEFENSA NACIONAL Artículo 25°.- Procesos de la Seguridad y Defensa Nacional Los procesos de la Seguridad y Defensa Nacional son el conjunto de actividades organizadas metodológicamente con la fi nalidad de garantizar la Seguridad Nacional. Se realizan teniendo como base las Políticas de Estado, la Concepción Política Estratégica y la Concepción Estratégica de Seguridad y Defensa Nacional. Los procesos de la Seguridad y Defensa Nacional son los siguientes: a. Política de Seguridad y Defensa Nacional; b. Estrategia de Seguridad y Defensa Nacional; c. Planeamiento Estratégico Integral de la Seguridad y Defensa Nacional; d. Gestión del Sistema de Defensa Nacional; e. Investigación y Desarrollo en Seguridad y Defensa Nacional; f. Desarrollo de Estudios Estratégicos de Seguridad y Defensa Nacional; g. Desarrollo de Programas y Proyectos relacionados a la Seguridad y Defensa Nacional; h. Otros que se determinen en el ámbito del Sistema. Artículo 26°.- Política de Seguridad y Defensa Nacional. La Política de Seguridad y Defensa Nacional es el proceso por el cual se determinan los lineamientos generales para alcanzar los objetivos de Seguridad y Defensa Nacional en base al estudio de la Concepción Estratégica de Seguridad y Defensa Nacional. Orienta la formulación de la Estrategia de Seguridad y Defensa Nacional. Artículo 27°.- Estrategia de Seguridad y Defensa Nacional. La Estrategia de Seguridad y Defensa Nacional es el proceso por el cual se determina el empleo ponderado de los instrumentos del Poder Nacional para alcanzar los Objetivos de la Política de Seguridad y Defensa Nacional; constituye un instrumento que actúa como elemento de coordinación entre los distintos componentes del Sistema y la sociedad, a partir de una perspectiva multidimensional de la Seguridad Nacional. Artículo 28°.- Planeamiento Estratégico Integral de la Seguridad y Defensa Nacional El Planeamiento Estratégico Integral de la Seguridad y Defensa Nacional es el proceso permanente y dinámico, mediante el cual se establecen los lineamientos de política de Seguridad y Defensa Nacional en el largo plazo, para garantizar la Seguridad Nacional y coadyuvar al logro de los Objetivos Nacionales. Se establecen previsiones que determinen y preparen los recursos del Estado, en los diferentes niveles de gobierno para hacer frente a las necesidades de desarrollo sostenido en condiciones de paz y seguridad. Este planeamiento se desarrolla alineado con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional formulado por el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN). Artículo 29°.- Gestión del Sistema de Defensa Nacional La Gestión del Sistema de Defensa Nacional es el proceso mediante el cual se establece un conjunto de acciones y procedimientos que realizan los componentes del Sistema relacionados con el fortalecimiento de capacidades, evaluación y optimización del marco normativo, enlace interinstitucional, evaluación y supervisión de la implementación de políticas, estrategias, programas, proyectos y otros instrumentos de gestión pública relacionados con la Seguridad y Defensa Nacional. Artículo 30°.- Investigación y Desarrollo para la Seguridad y Defensa Nacional La Investigación y Desarrollo para la Seguridad y Defensa Nacional es el proceso mediante el cual se establecen iniciativas destinadas a promover la participación articulada del sector público y privado a nivel nacional, en actividades relacionadas a la generación y al fortalecimiento de las capacidades de los Instrumentos del Poder Nacional y que contribuyan al Desarrollo, Seguridad y Defensa Nacional. Artículo 31°.- Desarrollo de Estudios Estratégicos para la Seguridad y Defensa Nacional El Desarrollo de Estudios Estratégicos para la Seguridad y Defensa Nacional es el proceso metodológico que se elabora a partir de un diagnóstico situacional del ámbito de estudio y cuyo centro de atención lo constituye el análisis de la gestión integral de todos los instrumentos del Poder Nacional para alcanzar los Objetivos Nacionales u Objetivos Estratégicos de Seguridad y Defensa Nacional. Artículo 32°.- Desarrollo de Programas y Proyectos de Seguridad y Defensa Nacional El Desarrollo de Programas y Proyectos Especiales es un proceso que involucra la identifi cación, diseño, implementación y evaluación de estructuras funcionales, articuladas y coherentes orientadas a atender un problema o situación crítica que afecta la Seguridad Nacional, con la fi nalidad de implementar políticas públicas o concretar objetivos de desarrollo socio económico vinculados a la Seguridad y Defensa Nacional, en coordinación con los sectores o niveles de gobierno involucrados. 920099-1 Autorizan viaje a EE.UU. del Ministro de Economía y Finanzas y encargan su Despacho al Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 119-2013-PCM Lima, 3 de abril de 2013 CONSIDERANDO: Que, la Asamblea de Gobernadores del Grupo del Banco Mundial (GBM) y del Fondo Monetario Internacional (FMI) celebra anualmente las Reuniones de Primavera (Spring Meeting) de sus Gobernadores, en uno de sus países miembros, habiéndose fi jado para el año 2013, que se realicen en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 19 al 21 de abril de 2013; asimismo, durante los días 16, 17, 18 y 22 de abril, se llevarán a cabo otras actividades relacionadas, como reuniones, seminarios, fórums, conferencias, entrevistas y presentaciones para los participantes; Que, dicho evento permitirá la participación del señor Ministro de Economía y Finanzas, en representación del Perú, entre otros, en las Reuniones de Gobernadores y Ministros, en el Tercer Diálogo Ministerial sobre Desarrollo Sustentable, así como en el Foro de Países de Mediano Ingreso y en el Comité para el Desarrollo; Que, de otro lado, cabe destacar que, mediante Decreto Supremo N° 241-2012-EF se declaró de Interés Nacional la realización de las Juntas de Gobernadores del Grupo del Banco Mundial y del Fondo Monetario Internacional correspondiente al año 2015, a llevarse a cabo en la República del Perú, así como las actividades y eventos relacionados con ellas y que tendrán lugar antes, durante y después de las citadas Juntas; Que, en tal sentido y por ser de interés para el país, resulta necesario autorizar dicho viaje en misión ofi cial, debiendo el Ministerio de Economía y Finanzas asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos; Que, en tanto dure la ausencia del Titular, es necesario encargar la Cartera de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127º de la Constitución Política del Perú, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas