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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (04/04/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 4 de abril de 2013 492111 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Designan miembros del Consejo Directivo de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 001-2013-MINCETUR Lima, 3 de abril de 2013 CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo -PROMPERÚ, es un Organismo Público Técnico Especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, que cuenta con un Consejo Directivo como máximo órgano de dirección, el cual está conformado por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, quien lo preside, los Viceministros de Comercio Exterior y de Turismo y por representantes de entidades del sector público y del sector privado y de los gremios de las Zonas Turísticas Nor Amazónica, Centro y Sur; Que, los miembros del Consejo Directivo son designados por Resolución Suprema a propuesta de las entidades que lo conforman; Que, mediante Resolución Suprema Nº 177-2007- MINCETUR y sus modifi catorias, entre ellas, la Resolución Suprema Nº 067-2008-MINCETUR, Resolución Suprema Nº 197-2008-MINCETUR, Resolución Suprema Nº 107-2010-MINCETUR, Resolución Suprema Nº 003- 2011-MINCETUR y Resolución Suprema Nº 007-2012- MINCETUR se designó a los miembros del Consejo Directivo de PROMPERÚ; Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores - RREE, con Ofi cio OF.RE (DPE-PCO) N° 2-14-B/26, ha propuesto a su nuevo representante titular ante el Consejo Directivo de PROMPERÚ; Que, la Sociedad Nacional de Industria - SNI, con Carta S.N.I GCIA Nº 012-2013, ha propuesto a sus nuevos representantes titular y alterno, ante el Consejo Directivo de PROMPERÚ; Que, la Sociedad de Comercio Exterior del Perú - COMEXPERU, con Carta N° 012-2013/GG/COMEXPERU, ha propuesto a su nuevos representantes titular y alterno, ante el Consejo Directivo de PROMPERÚ; Que, por tanto, es necesario modifi car la conformación del Consejo Directivo de PROMPERÚ; De conformidad con la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley N° 27790 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y el Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2007-MINCETUR y norma modifi catoria; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar a los siguientes miembros del Consejo Directivo de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ: - En representación del Ministerio de Relaciones Exteriores - RREE: Señor Guido Felipe Loayza Devescovi Titular - En representación de la Sociedad Nacional de Industrias - SNI: Señor Pedro Olaechea Álvarez Calderón Titular Señor Luis Salazar Steiger Alterno - En representación de la Sociedad de Comercio Exterior del Perú - COMEXPERU: Señor Alvaro Díaz Bedragal Alterno Artículo 2º.- Quedan vigentes los demás términos de la Resolución Suprema N° 177-2007-MINCETUR y sus modifi catorias, en lo que no se opongan a lo dispuesto por la presente resolución. Artículo 3°.- Agradecer al señor Jaime Antonio Pomareda Montenegro, Ramón Morante Cervera, Luis Miguel Silva Núñez y Ricardo Paredes Castro, por su participación como miembros del Consejo Directivo de PROMPERÚ. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 920101-23 Autorizan viaje a México de personal del Viceministerio de Comercio Exterior, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 084-2013-MINCETUR/DM Lima, 2 de abril de 2013 CONSIDERANDO: Que, el Gobierno del Perú viene participando activamente en la Alianza del Pacífi co, cuyo objetivo es conformar un área de integración en la que se asegure plena libertad para la circulación de bienes, servicios, capitales y personas, así como consolidar una plataforma económica común con proyección al mundo, especialmente hacia el Asia. Esta Iniciativa está integrada por Colombia, Chile, Perú y México, países que se encuentran representados por los Ministerios responsables de Comercio Exterior y de Relaciones Exteriores; Que, en este contexto, teniendo en consideración los acuerdos alcanzados en la Reunión del Grupo de Alto Nivel (GAN) de la Alianza del Pacífi co, realizada en Lima, en febrero pasado, y el cronograma de reuniones del año 2013, se han programado reuniones de los Grupos Técnicos y del Grupo de Alto Nivel (GAN) en la ciudad de México, D.F., Estados Unidos Mexicanos, del 5 al 12 de abril de 2013; Que, por lo expuesto, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado se autorice su viaje, el del señor José Eduardo Brandes Salazar, Director Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales y de profesionales que prestan servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR participen en las reuniones antes mencionadas; Que, asimismo, se considera necesario autorizar el viaje del señor David Enrique Falcón García, Director de la Ofi cina de Comunicaciones y Protocolo, para que coordine los aspectos referidos a la estrategia comunicacional de los temas que se tratarán en dichas reuniones; Que, el MINCETUR es el organismo público competente para defi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; responsable en materia de integración y negociaciones comerciales internacionales; Que, es necesario encargar las funciones del Viceministerio de Comercio Exterior y de la Dirección Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, mientras dure la ausencia de sus titulares; Que, la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619,