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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (11/04/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 49

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 11 de abril de 2013 492583 Aceras.- Serán de concreto de calidad de f’c=175Kg/ cm2 de 0.10 m. de espesor y su colocación se efectuará sobre un terraplén de material limpio de buena calidad y debidamente compactado. El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.20m, y el acabado será con mezcla cemento-arena fi na en porción 1:2 de un (01) centímetro de espesor. Los Radios de abanicos en las esquinas serán de 6.00m. Sardineles.- En ambos lados de las calzadas, confinando y protegiendo sus bordes, y a nivel de dichas calzadas, se construirán sardineles de concreto de calidad f’c=175Kg/cm2 y de dimensiones 0.15 x 0.30m. En los extremos libres de las aceras o extremos en contacto con jardines se construirán sardineles de concreto de calidad y acabado final igual a las aceras, en forma monolítica y homogénea con ellas y de dimensiones 0.15 x 0.30m. Rampas y Bermas para personas con discapacidad.- En los lugares señalados en el plano de trazado y lotización, se construirán rampas en las bermas, que conectarán los niveles superiores de las aceras y de las calzadas, de acuerdo a lo dispuesto en la Norma Técnica NTE – U.190 “ADECUACION URBANISTICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD” aprobada por Resolución Ministerial Nº 069-2001-MTC/15.04 de fecha 07 de Febrero del 2001. Artículo Tercero.- CONSIDERAR esta habilitación urbana con Construcción Simultánea debiendo solicitar previamente las respectivas autorizaciones y licencias de construcción ante la Sub Gerencia de Obras Privadas de esta Corporación Municipal de conformidad con lo dispuesto por la Ley 29090 y su reglamento aprobado mediante DS. 024-2008-MTC. Artículo Cuarto.- DISPONER la inscripción individualizada de los lotes en el Registro de Predios de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, que hacen un total de 154 Lotes de Vivienda, distribuidos en 7 manzanas, tal como consta en el plano aprobado y memoria descriptiva que forma parte de la presente resolución. Artículo Quinto.- AUTORIZAR a INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA OCAMPO S.A. la venta garantizada y la inscripción de los contratos de compra venta de los lotes que forman parte de la presente habilitación urbana ejecutada. Artículo Sexto.- DISPONER la independización e inscripción defi nitiva en la SUNARP, a favor de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, del terreno de 3,473.46 m2 constituido por el aporte reglamentario destinado a Recreación Pública. Artículo Séptimo.- REMITIR una copia del expediente de la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada y la Resolución correspondiente a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su ratifi cación y al Ministerio de Educación para su conocimiento y a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos para la inscripción de los lotes resultantes. Artículo Octavo.- DISPONER la Publicación de la presente Resolución en el diario ofi cial “El Peruano” para su publicación, en un plazo que no debe exceder de los 30 días siguientes de notifi cada la misma, a cargo de los copropietarios del predio objeto de la Habilitación Urbana. Artículo Noveno.- PONER EN CONOCIMIENTO a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Administración y Finanzas, y Subgerencia de Obras Privadas, de acuerdo a sus competencias, incorporar la Habilitación Urbana a que se refi ere el artículo primero de la presente resolución, al Plano Urbano del Distrito de San Martín de Porres, así como registrar los predios resultantes en el Registro de Contribuyentes y Margesí de Bienes Inmuebles de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, cuando corresponda. Artículo Décimo.- NOTIFICAR el presente acto administrativo a INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA OCAMPO S.A. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ELIANA LEDESMA CUEVA Subgerente de Catastro y Habilitaciones Urbanas 922072-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Aprueban el “Reglamento para la administración de los campos deportivos de la Municipalidad Distrital de San Miguel” RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 678-2012 /MDSM San Miguel, 28 de diciembre del 2012 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL VISTOS, los informes Nº 220-2012-SGCD-GDH/MDSM y Nº 221-2012- SGCD-GDH/MDSM emitidos por la Subgerencia de Cultura y Deporte, el memorando Nº 560-2012-GDH/MDSM emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano, los memorandos Nº 1260-2012-GPP/MDSM y Nº 1257-2012-GPP/MDSM emitidos por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el informe Nº 515-2012-GAJ/MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos y el memorando Nº 767-2012-GM/MDSM emitido por Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, señala que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia en concordancia con el artículo II del título preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el inciso 18) del artículo 82º de la ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades deben normar, coordinar y fomentar el deporte y la recreación de la niñez y del vecindario en general, mediante la construcción de campos deportivos y recreacionales o el empleo temporal de zonas urbanas apropiadas, para dichos fi nes; Que, el artículo 37º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General dispone que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de resolución del titular del pliego establecerán los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los cuales deberán ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento; Que, como parte del esfuerzo municipal por conseguir la participación vecinal y desarrollar vínculos de cohesión social, mediante memorando de vistos la Gerencia de Desarrollo Humano propone el reglamento para la administración de los locales deportivos de la Municipalidad Distrital de San Miguel con el tarifario de costos por cada campo deportivo a fi n de que se desarrollen actividades deportivas en sus instalaciones; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas al alcalde por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR el “Reglamento para la administración de los campos deportivos de la Municipalidad Distrital de San Miguel” y cuyo texto consta de 01 título preliminar, 04 títulos, 07 capítulos, 30 artículos, 02 disposiciones fi nales, 01 anexo único del tarifario de alquiler de los campos deportivos de la Municipalidad Distrital de San Miguel y 13 folios, que forman parte de la presente resolución. Artículo 2º.- PUBLICAR la presente resolución y el anexo único del tarifario de alquiler de los campos deportivos de la Municipalidad distrital de San Miguel en el diario ofi cial El Peruano y en el portal municipal de la Municipalidad Distrital de San Miguel (www.munisanmiguel.gob.pe) Artículo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Humano a través de la Subgerencia de Cultura y Deporte y a la Gerencia Municipal, el cabal cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde