Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2013 (11/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 11 de MORDAZA de 2013

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTO: El Informe Nº 053- 2013-GATR/MDC, de fecha 27 de Marzo de 2013 de la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas y el Informe Nº 046-GAJ-MDC de fecha 02 de MORDAZA de 2013 de la Gerencia de Asesoria Juridica y el Proveido Nº 053-2013-GM-MDC de fecha 02 de MORDAZA de 2013 de la Gerencia Municipal, sobre ampliacion de la prorroga de la MORDAZA de la declaracion jurada de autoavaluo del ejercicio 2013 y el vencimiento de la primero cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales en el distrito de Cieneguilla, otorgada mediante Ordenanza Nº 177- 2013MDC; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley 27972 los Decretos de Alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelve o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 177- 2013-MD, se prorrogo hasta el 30 de marzo el presente ano la MORDAZA de la Declaracion Jurada de Autoavaluo del Ejercicio 2013 y el vencimiento de la Primera Cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales en el Distrito de Cieneguilla; Que, la Primera Disposicion Final, dispuso facultar al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias para la correcta aplicacion y/o prorroga del beneficio tributario que se aprobo mediante la referida Ordenanza; Estando a la expuesto y en uso de las facultades previstas en los articulo 20º inciso 6 y articulo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR el plazo de vigencia previsto en el articulo primero de la Ordenanza Nº 1772013-MDC, con eficacia anticipada a partir del 01 de MORDAZA hasta el 30 de MORDAZA de 2013. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion y Finanzas, Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, a Secretaria General disponga su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla (www.municieneguilla.gob.pe) en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas- PSCE( www.servicioalciudadano.gob.pe) y a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la difusion de la misma. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE VISTO: El Informe Nº 026-2013-MPL-GAF/SGC de la Subgerencia de Contabilidad, Memorando Nº 055-2013MPL-GPP de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Memorando Nº 060-2013-MPL/GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica, Informe Nº 056-2013-MPL-GPP de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Proveido Nº 345-2013-MPL-GM de la Gerencia Municipal, Memorando Nº 446-2013-MPL-SG de la Secretaria General, Informe Nº 045-2013-MPL/GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 392-MPL se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA 2012 de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, siendo ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 1849 de fecha 23 de octubre de 2012, del Concejo Metropolitano de Lima; Que, el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 0622009-PCM, que aprueba el Formato del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), senala, "la modificacion del valor de la UIT, no implica la modificacion automatica del monto de los derechos de tramitacion contenidos en el TUPA. Dentro de los treinta (30) dias habiles siguientes a la vigencia de la modificacion del valor de la UIT (...), las entidades deberan efectuar la reconversion de los nuevos terminos porcentuales aplicables como resultado de la division del monto de cada derecho de tramitacion vigente, entre el MORDAZA valor de la UIT"; Que, el articulo 38º numeral 38.5 de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, establece "Una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar por Resolucion Ministerial del Sector, MORDAZA Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldia, o por Resolucion del Titular del Organismo MORDAZA conforme a la Constitucion, segun el nivel de gobierno respectivo. En caso contrario, su aprobacion se realiza conforme al mecanismo establecido en el numeral 38.1. En ambos casos se publicara la modificacion segun lo dispuesto por el numeral 38.3"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 264-2012-EF, se aprobo el MORDAZA valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el ano 2013, ascendente a la suma de S/.3,700.00 (Tres Mil Setecientos y 00/100 Nuevos Soles); Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, mediante Informe Nº 056-2013-MPL-GPP de fecha 21 de marzo, informa a la Gerencia Municipal, que eleva a su Despacho el Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA 2012, conteniendo la reconversion de los terminos porcentuales de los Derechos Administrativos de esta Corporacion MORDAZA, actualizados en funcion de la UIT establecida para el ano Fiscal 2013, a fin que se gestione su aprobacion mediante decreto de alcaldia; Que, mediante Informe Nº 045-2013-MPL/GAJ de fecha 27 de marzo de 2013, la Gerencia de Asesoria Juridica, senala que de los actuados se puede observar que la modificacion del MORDAZA propuesto por el Gerente (e) de Planeamiento y Presupuesto, es en virtud al reajuste de la UIT y no implica la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion, por lo que corresponderia aprobar dicha modificacion a traves de un decreto de alcaldia; por lo se opina que corresponde emitir el correspondiente decreto de alcaldia que apruebe la modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de la Municipalidad de Pueblo Libre, conteniendo la reconversion de los terminos porcentuales de los Derechos Administrativos, en virtud al reajuste de la Unidad Impositiva Tributaria ­ UIT, establecida para el Ano Fiscal 2013; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del articulo 20º y articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR la Reconversion de los Terminos Porcentuales de los Derechos Administrativos vigentes, contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA 2012 de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, actualizados en funcion a la UIT establecida para el Ano Fiscal 2013, en S/. 3,700.00 (Tres Mil Setecientos y 00/100 Nuevos Soles); que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldia.

922129-1

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Aprueban Reconversion de Terminos Porcentuales de los Derechos Administrativos vigentes contenidos en el MORDAZA 2012 de la Municipalidad, actualizados en funcion a la UIT establecida para el Ano Fiscal 2013
DECRETO DE ALCALDIA Nº 04-2013-MPL
Pueblo Libre, 1 de MORDAZA de 2013

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