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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (11/04/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 48

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 11 de abril de 2013 492582 Inmobiliaria y Constructora Ocampo S.A., representado por su Gerente General Don Fulgencio Ocampo Aparicio, mediante el cual solicita la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media “R-4” del inmueble con un área de 39,150.00 m2, constituido por la Parcela 50 del Ex Fundo Naranjal, identificado con la Unidad Catastral Nº 10659, sobre el cual se desarrolla el Programa de Vivienda Residencial Santa Patricia, ubicado en la jurisdicción del distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Comisión Técnica Dictaminadora y Califi cadora de Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, tomado en Sesión 10-2011, se emitió Dictamen Favorable al trámite de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media “R-4” del inmueble con un área de 39,150.00 m2, constituido por la Parcela 50 del Ex Fundo Naranjal, identifi cado con la Unidad Catastral Nº 10659, sobre el cual se desarrolla el Programa de Vivienda Residencial Santa Patricia, ubicado en la jurisdicción del distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Valorización Nº 001-2012-SGCyHU- GDU-MDSMP adjunta en Ofi cio Nº 127-2012-SGCyHU- GDU-MDSMP de fecha 09 de Febrero del 2012, se calculó el défi cit de aporte de Recreación Pública en un área de 833.04 m2, cuyo monto asciende a la suma de S/. 14,161.68 nuevos soles y por concepto de Proyectos y control de Obras, cuyo monto total asciende a la suma de S/. 12,453.44 nuevos soles, y mediante Recibo de Pago Nº 1812042553 de fecha 19 de Junio de 2012, pagado en la tesorería de esta Corporación Municipal, acredita la cancelación de dichas Valorizaciones; Que, mediante el Informe Nº 252-2012-GRND- SGCyHU-GDU-MDSMP de fecha 03 de Julio del 2012, el técnico del área de habilitaciones urbanas señala que el administrado ha cumplido con la presentación de los requisitos establecidos en la Ley Nº 26878 – Ley General de Habilitaciones Urbanas, el Decreto Supremo Nº 011-98-MTC que aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 26878 y el TUPA de esta corporación; y la inspección ocular practicada verifi ca que el plano presentado coincide con lo físicamente existente en el terreno, observándose que existe una consolidación de viviendas superior al 90%, constatándose la existencia de los servicios de energía eléctrica, agua potable y alcantarillado. Asimismo se indica que la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada del inmueble constituido por la Parcela 50 del Ex Fundo Naranjal, califi cado con Uso Residencial de Densidad Media “R-4”, sobre el que se desarrolla el Programa de Vivienda Residencial Santa Patricia, cumple con los planes urbanos respecto a la zonifi cación, vías y aportes reglamentarios, dejando en el terreno el área de 3,473.46 m2 como aporte de Recreación Pública y el área de 806.40 m2 como aporte al Ministerio de Educación; Que, estando el Informe Nº 383-2012-RPG-GDU/ MDSMP de fecha 11 de Julio del 2012, emitido por el área legal de la Gerencia de Desarrollo Urbano de esta entidad administrativa, donde señala que habiéndose cumplido con todos los requisitos establecidos por ley, procede otorgarle el acto administrativo, APROBANDO la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media “R-4” del inmueble con un área de 39,150.00 m2, constituido por la Parcela 50 del Ex Fundo Naranjal, identifi cado con la Unidad Catastral Nº 10659, inscrito en la Ficha Registral Nº 307239 y su continuación en Partida Electrónica Nº 43848984 de la Ofi cina Nacional de los Registros Públicos, sobre el cual se desarrolla el Programa de Vivienda Residencial Santa Patricia, de conformidad con el Plano signado con Nº 042-2012-SGCyHU-GDU- MDSMP y Memoria Descriptiva, ubicado en el Distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, AUTORIZANDO a INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA OCAMPO S.A., para ejecutar en un plazo de treinta y seis (36) meses computados a partir de la fecha de notifi cación de la presente Resolución, las Obras de Habilitación Urbana; De conformidad con el artículo 20, inciso 6) de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades; artículo 201, incisos 1) y 2) de la Ley Nº 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General; Reglamento Nacional de Construcciones, Ley General de Habilitaciones Urbanas – Ley Nº 26878, su Texto Único Ordenado del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-98-MTC, Ordenanza Nº 127-MML y Decreto de Alcaldía Nº 082-96; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media “R-4” del inmueble con un área de 39,150.00 m2, constituido por la Parcela 50 del Ex Fundo Naranjal, identifi cado con la Unidad Catastral Nº 10659, inscrito en la Ficha Registral Nº 307239 y su continuación en Partida Electrónica Nº 43848984 de la Ofi cina Nacional de los Registros Públicos, sobre el cual se desarrolla el Programa de Vivienda Residencial Santa Patricia, de conformidad con el Plano signado con Nº 042- 2012-SGCyHU-GDU-MDSMP y Memoria Descriptiva, ubicado en el Distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA OCAMPO S.A. para ejecutar en un plazo de treinta y seis (36) meses a partir de notifi cado la presente Resolución, las Obras de Habilitación Urbana como son las obras de pavimentación de pistas y veredas, ornamentación del parque y señalización de la Habilitación Urbana del terreno de 39,150.00 m2. Las obras deberán sujetarse al plano fi rmado y sellado por la Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, de acuerdo a las especifi caciones siguientes: Diseño.- Se basará en el cuadro de áreas siguiente: CUADRO GENERAL DE AREAS DESCRIPCION AREA (m2) Área Bruta 39,150.00 Área Útil 23,147.65 Área de Recreación Pública 3,473.46 Área de Ministerio de Educación 806.40 Área de Vías 11,722.49 TELECOMUNICACIONES: Instalaciones Telefónicas.- Para las instalaciones telefónicas, el interesado deberá coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de Telefónica del Perú S.A., para la instalación de ductos, cámaras y la reserva de áreas para centrales. PAVIMENTOS: Las características de las obras de pavimentación serán las siguientes: Sub Rasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de Sub rasante, será necesario efectuar una evaluación de la superfi cie del terreno natural, eliminando el que contenga restos orgánicos, escarifi cando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m, mediante la adición de material granular, mezclándose con riegos sucesivos y cercanos al óptimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20. Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afi rmada de 0.20 m de espesor, compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material gruesos (con diámetros máximo de 1 ½”, fi nos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuará con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice de C.B.R. de 80. Se procurará una superfi cie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor. Superfi cie de Rodadura.- Estará constituida por una capa asfáltica en caliente de 2” de espesor como mínimo, que se aplicará previa imprimación de la superfi cie de base con asfalto líquido RC-250.