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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (17/04/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 39

El Peruano Miércoles 17 de abril de 2013 493045 Por lo tanto, el contribuyente debe apersonarse a recabar los documentos indicados; en Mesa de Partes de la Administración Tributaria sito en la Carretera Central Km 4.2 del distrito de Santa Anita (frente a local de Backus) con atención a los funcionarios acreditados Sr. José Edgardo Loja Camacho con registro N° 3729 o el Sr. Carlos Daniel Torres Ramos con registro N° NV87, cuyo plazo vence el tercer (3er.) día hábil siguiente de efectuada la presente publicación, pudiendo autorizar a una tercera persona a recabar el documento indicado, para lo cual deberá adjuntar, carta de autorización1 fi rmada por el contribuyente y fotocopia del documento de identidad del mismo. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal sellada por la empresa y fotocopia del RUC de la misma. Asimismo, dicho contribuyente deberá informar su nuevo domicilio fi scal a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes. 1 Poder por documento público o privado con fi rma legalizada notarialmente o por fedatario designado por la Administración Tributaria. 925049-1 INTENDENCIA LIMA RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 024-024-0027425/SUNAT Santa Anita, 8 de abril del 2013 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el último párrafo del inciso e) del artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF y normas modifi catorias (en adelante TUO del Código Tributario), cuando no se pueda efectuar la diligencia de notifi cación por cualquier motivo imputable al contribuyente podrá emplearse la forma de notifi cación a que se refi ere el numeral 1. Sin embargo, en el caso de la publicación a que se refi ere el numeral 2, ésta deberá realizarse en la página web de la Administración y además en el Diario Ofi cial o en el diario de la localidad encargado de los avisos judiciales o, en su defecto, en uno de mayor circulación de dicha localidad; En uso de las facultades otorgadas por el Decreto Legislativo N° 501 – Ley General de la SUNAT, el inciso a) del artículo 15° y el inciso b) del artículo 49-AF° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 115-2002- PCM, modifi cado por el Decreto Supremo N° 259-2012-EF, y según lo señalado en la Resolución de Superintendencia N° 314-2012/SUNAT; SE RESUELVE: Artículo Único.- Notifi car mediante publicación en la página web de la SUNAT y en el diario ofi cial EL PERUANO, conforme a lo dispuesto en el último párrafo del inciso e) del artículo 104° del TUO del Código Tributario, al contribuyente referido los documentos emitidos por la Intendencia Lima, que se detallan en el Anexo que forma parte de la presente Resolución Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO ANTONIO ARMACANQUI POMA Gerente (e) de Control del Cumplimiento ANEXO A LA RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N° 024-024-000027425/SUNAT De acuerdo a la información contenida en los sistemas de la SUNAT correspondiente al Comprobante de Información Registrada, los documentos que se indican a continuación, no pudieron ser notifi cados en el domicilio fi scal; razón por lo que en aplicación a lo dispuesto en el último párrafo del inciso e) del artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF y normas modifi catorias, se notifi ca por publicación en la página web de la SUNAT y además en el Diario Ofi cial, lo siguiente: RUC APELLIDOS Y NOMBRES / RAZÓN SOCIAL NATURA- LEZA DOCUMENTO N° PERIODO TRIBUTO TOTAL FOLIOS 10463578503 DULCE CASTILLO PEDRO MARTIN Carta de Presentación 130023376958-01 2012/09- 2012/10 3031 01 10463578503 DULCE CASTILLO PEDRO MARTIN Requerimiento y Anexo 0221130003143 2012/09- 2012/10 3031 02 Por lo tanto, el contribuyente debe apersonarse a recabar los documentos indicados; en Mesa de Partes de la Administración Tributaria sito en la Carretera Central Km 4.2 del distrito de Santa Anita (frente a local de Backus) con atención a los funcionarios acreditados Sr. José Edgardo Loja Camacho con registro N° 3729 o el Sr. Carlos Daniel Torres Ramos con registro N° NV87, cuyo plazo vence el tercer (3er.) día hábil siguiente de efectuada la presente publicación, pudiendo autorizar a una tercera persona a recabar el documento indicado, para lo cual deberá adjuntar, carta de autorización1 fi rmada por el contribuyente y fotocopia del documento de identidad del mismo. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal sellada por la empresa y fotocopia del RUC de la misma. Asimismo, dicho contribuyente deberá informar su nuevo domicilio fi scal a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes. 1 Poder por documento público o privado con fi rma legalizada notarialmente o por fedatario designado por la Administración Tributaria. 925049-2 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ASEGURAMIENTO EN SALUD Disponen la conformación de Mesa de Trabajo encargada de revisar aspectos técnicos y económicos del modelo actual de gestión de medicamentos, su marco de referencia e impacto en el costo de los factores de producción de los servicios integrales de salud RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 042-2013-SUNASA/S Lima, 9 de abril de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 9º de la Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, Ley Nº 29344, se crea la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud – SUNASA, como un organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; Que, conforme al artículo 9º de la citada Ley, compete a la SUNASA velar por el uso efi ciente y oportuno de los fondos destinados al proceso de Aseguramiento