Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 2013 (18/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano Jueves 18 de MORDAZA de 2013

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contribuir al fortalecimiento de instituciones de bien social sin fines de lucro en el distrito de San MORDAZA, cual es el caso del Hogar MORDAZA MORDAZA, fundado el 12 de octubre de 1896, institucion emblematica del distrito, que recibe a menores de edad en situacion de riesgo social y que han sido objeto de violencia domestica, brindando atencion psicologica, medica, educacion y capacitacion en diversos oficios, requiriendo en fechas seneras como navidad el aporte desinteresado de los vecinos a traves de su comuna, como muestra de carino, en una linea de inclusion social que el municipio promueve; Que, la Subgerencia de Presupuesto y Racionalizacion precisa que el egreso que demande el cumplimiento del presente acuerdo es considerado como actividad (apoyo al ciudadano y familia) 5000455, meta SIAF 0014, con cargo a la fuente de financiamiento 4 (donaciones y transferencias), rubro 13 (donaciones y transferencias), especifica de gasto 2.4.1.3.1.4. (otras entidades publicas) del presupuesto municipal 2013; Estando a lo informado por la Gerencia de Asuntos Juridicos, en uso de las atribuciones conferidas al concejo por el articulo 9º numeral 25) de la ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Por unanimidad; SE ACORDO: Articulo 1º.- APROBAR la donacion ascendente a S/.21,000.00 (veintiun mil 00/100 nuevos soles), a favor del Hogar MORDAZA MORDAZA para ser destinado a la labor social que vienen realizando con los ninos, adolescentes y jovenes que albergan, situado en la avenida La Paz Nº 535, de la circunscripcion de San Miguel. Articulo 2º.- PUBLICAR el presente acuerdo, en el Diario Oficial El Peruano y ENCARGAR a la Gerencia de Administracion y Finanzas, a traves de la Subgerencia de Tesoreria, seguir con los procedimientos que MORDAZA necesarios para el cabal cumplimiento del presente acuerdo. Articulo 3º.- DISPENSAR al presente acuerdo, del tramite de comisiones y de lectura y aprobacion de actas. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA 926047-1

Articulo Onceavo.- NOTIFICAR el presente acto administrativo a ASOCIACION DE VECINOS LAS MARGARITAS MORDAZA ETAPA, representado por su Presidente Sr. MORDAZA MORDAZA Olivares. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sub Gerente de Catastro y Habilitaciones Urbanas 924828-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban donacion de suma dineraria a favor del Hogar MORDAZA MORDAZA, para ser destinada a la labor social que viene realizando con ninos, adolescentes y jovenes
ACUERDO DE CONCEJO Nº 019-2013-MDSM San MORDAZA, 22 de marzo del 2013 VISTOS, en la sesion de concejo de la fecha, el memorando Nº 165-2013-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, el informe Nº 084-2013-GAJ/ MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Juridicos, el memorando Nº 143-2013-GPP/MDSM emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el informe Nº 065-2013-SGPR-GPP/MDSM emitido por la Subgerencia de Presupuesto y Racionalizacion, el memorando Nº 139-2013-GAF/MDSM emitido por la Gerencia de Administracion y Finanzas, el memorando Nº 174-2013GDH/MDSM emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano, el informe Nº 033-2013-SGF-GDH/MDSM emitido por la Subgerencia de Familia y el informe social Nº 066-2012-SGF-GDH/MDSM emitido por la trabajadora social; y, CONSIDERANDO: Que, dentro de la autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia que le concede la ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, a los gobiernos locales, se le atribuye al concejo municipal, segun el articulo 9º numeral 25) concordante con los articulos 55º y 59º de la misma, la facultad de aprobar la donacion de bienes de la municipalidad a favor de entidades publicas o privadas sin fines de lucro, y que tratandose de una liberalidad que constituye un acto de disposicion sobre el patrimonio municipal debe ser de conocimiento publico; Que, en coherencia con ello, la ley Nº 29151, Ley General del Sistema de Bienes Estatales, en su articulo 9º precisa que los actos que realizan los gobiernos locales, respecto de los bienes de su propiedad, se ejecutan conforme a su ley organica, por lo que el reglamento de la MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA, senala lo mismo, agregando que solo rigen las normas del sistema, en lo que fuera aplicable, por ejemplo, el uso economico y social de sus bienes atendiendo a los fines y objetivos institucionales asi como el deber de registrar y/o actualizar la informacion de los mismos en el sistema de informacion nacional de bienes estatales, luego, deja en MORDAZA a las municipalidades para aprobar, entre otros actos de disposicion, donaciones a favor de entidades sin fines de lucro, siguiendo sus propias normas, aplicase entonces, para el caso, el articulo 66º de la ley Nº 27972, que exige, dado su caracter excepcional, se fije de manera inequivoca en el acuerdo de concejo que aprueba la donacion, la valorizacion y destino del bien donado asi como contar con el MORDAZA favorable de dos tercios del numero legal de regidores que conforman el concejo municipal; Que, es asi que mediante informes de vistos la Gerencia de Desarrollo Humano, hace MORDAZA, el informe de la Subgerencia de Familia, que advierte la urgencia de

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA
Aprueban Normas para la Aplicacion de la Contribucion Especial de Obras Publicas
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 008-2013-AL/CPB EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo, de fecha 27 de Marzo del 2013, en la estacion Orden del Dia, el Informe Nº 035-2013-GR/NCFLS-MPB., Memorandum Nº 0249-13GM/MPB y 0250-13-GM/MPB., Informe Nº 047-2013-GPP/ MPB., Informe Nº 017-2013-GDUT-MPB., Informe Legal Nº 0369-2013-OAJ/MPB., y Informe Nº 027-2013-GM/MPB., concernientes al Proyecto de Ordenanza Municipal que regula la CONTRIBUCION ESPECIAL POR OBRAS PUBLICAS; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru establece que los gobiernos locales pueden crear, modificar, suprimir, contribuciones y tasas y exonerar de estas dentro de su jurisdiccion con los limites que senala la ley, y el Articulo 194º de la misma, modificado mediante Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional,

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