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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (18/04/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 46

El Peruano Jueves 18 de abril de 2013 493116 Aprueban Reglamento del Grupo de Trabajo de Gestión del Riesgo de Desastres del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003/2013-MDLCH Chosica, 25 de marzo de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29664 se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la fi nalidad de identifi car y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, y preparación y atención ante situaciones de desastre mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión de Riesgo de Desastres, siendo su ámbito de aplicación y cumplimiento obligatorio para todas las entidades y empresas públicas de todos los niveles de gobierno, así como para el sector privado y la ciudadanía en general. Que, el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29664, denominado “Reglamento de la Ley Nº 29664 que crea el Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres (SINAGERD), publicado en el diario ofi cial El Peruano el 26 de mayo de 2011. Que, mediante la Resolución de Alcaldía Nº 369-2012- MDLCH, se modifi ca la Resolución de Alcaldía Nº 352/2012- MDLCH, de fecha 18 de octubre de 2012, referente a la conformación del Grupo de Trabajo para la Gestión de Riesgo de Desastres del Distrito de Lurigancho - Chosica, cuyo artículo Segundo dispone se elabore el Reglamento Interno para su posterior aprobación mediante Decreto de Alcaldía. Que, mediante Resolución Ministerial Nº 276-2012- PCM de la Presidencia del Consejo de Ministros, de fecha 24 de octubre de 2012, se aprueba la Directiva Nº 001- 2012-PCM/SINAGERD “Lineamientos para la Constitución y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo de la Gestión de Riesgo de Desastres en los Tres Niveles de Gobierno” en el marco de la Ley Nº 29664 y su Reglamento. Que, mediante Informe Nº 018-2013/MDLCH/SGDC, el Sub Gerente de Defensa Civil (e), eleva al despacho del Gerente Municipal el proyecto del Reglamento Interno del Grupo de Trabajo de Gestión del Riesgo de Desastres, formulado en mérito a la Resolución de Alcaldía Nº 369- 2012/MDLCH, de fecha 06NOV2012, en cuyo artículo segundo resuelve la elaboración del Reglamento Interno del Grupo de Trabajo. Que, mediante Informe Nº 200-2013/MDLCH-GAJ, el Gerente de Asesoría Jurídica expresa que de la revisión de los actuados, ha procedido a efectuar las correcciones al proyecto de Reglamento del GTGRD, teniendo en cuenta la Directiva Nº 001-2012-PCM/SINAGERD, aprobada por Resolución Ministerial Nº 276-2012-PCM, emitida por la Presidencia del Consejo de Ministros, señalando que dicho proyecto deberá ser aprobado por Decreto de Alcaldía de acuerdo a lo establecido en el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades. Que, mediante Informe Nº 56-2013/GM-MDLCH, el Gerente Municipal eleva al despacho de Alcaldía, el proyecto de Reglamento Interno del Grupo de Trabajo de Gestión de Riesgo de Desastres del Distrito de Lurigancho Chosica, para que a través de la Secretaría General se proyecte el Decreto de Alcaldía respectivo; y En uso de las facultades conferidas por el artículo 20º, inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Primero.- Aprobar el REGLAMENTO DEL GRUPO DE TRABAJO DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES del Distrito de Lurigancho - Chosica, que como anexo forma parte integrante de la presente resolución. Segundo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica la publicación de la presente Resolución y del Reglamento que se aprueba, en el portal web institucional de esta institución edil. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 925986-1 MUNICIPALIDAD DEL RIMAC Designan Procurador Público Municipal RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 170-2013-MDR Rímac, 22 de marzo de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC CONSIDERANDO: Que, el artículo 6º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que la Alcaldía es el Órgano Ejecutivo del Gobierno Local y el Alcalde es el representante legal de la Municipalidad y su máxima autoridad administrativa; Que, el numeral 17) del artículo 20º de dicho dispositivo legal establece que el Alcalde, a propuesta del Gerente Municipal, designa a los funcionarios de confi anza; Que, se encuentra vacante el cargo de Procurador Público Municipal de la Municipalidad del Rímac, plaza que se encuentra prevista en el Cuadro de Asignación de Personal (CAP); Que, la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, aprobado por el Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM estableció que: “Los cargos cubiertos por personas designadas por resolución no se encuentran sometidos a las reglas de duración del contrato, procedimiento, causas de suspensión o extinción, regulados por el presente reglamento. Les son de aplicación las disposiciones legales y reglamentarias que regulen la materia”; Que, en el mismo sentido, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29849 señala que: “El personal establecido en los numerales 1), 2), e inciso a) del numeral 3) del artículo 4 de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8º de dicho Decreto Legislativo. Este personal solo puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal de la entidad”; Que, por necesidad de servicio, resulta conveniente designar al Abog. Rafael Alfaro Ramírez Rodriguez, en el cargo de confi anza de Procurador Público Municipal de la Municipalidad Distrital del Rímac, debiendo emitirse el respectivo resolutivo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y la Ordenanza Nº 281- MDR, que aprueba las modifi caciones al Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad del Rímac; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR, a partir del 23 de marzo de 2013 al Abog. Rafael Alfaro Ramirez Rodriguez, en el cargo de confi anza de Procurador Público Municipal de la Municipalidad Distrital del Rímac. Artículo Segundo.- DISPONER que la Subgerencia de Personal, realice las acciones necesarias y proceda conforme a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo Tercero.- La presente Resolución deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital del Rímac. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ Alcalde 926287-1