Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 2013 (18/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano Jueves 18 de MORDAZA de 2013

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y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir con el desarrollo integral y sostenible de la region, conforme lo expresan los articulos 2º, 4º y 5º de la Ley Nº 27867 Organica de Gobiernos Regionales, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificacion administrativa; Que, es atribucion del Consejo Regional normar a traves de Ordenanzas Regionales, la organizacion del Gobierno Regional, de conformidad con lo previsto en el Art 15º , Inc. "a" de la Ley Nº 27867 que senala: Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; en concordancia con el Art. 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales que establece que las ordenanzas Regionales normar asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 094-2010CR/GRH, de fecha 07 de junio del 2010, aprueba la nueva Comision Ambiental Regional de MORDAZA y asimismo mediante Ordenanza Regional Nº 095-2010-CR/GRH de fecha 07 de junio del 2010, aprueba la Conformacion de los Grupos Tecnicos de la Comision Ambiental Regional MORDAZA (CAR-Huanuco) conformandose los Grupos de Trabajo, Que, el argumento central del Presidente del Patronato de MORDAZA, es que mediante la cuestionada Ordenanza Regional Nº 094-2010-CR/GRH que crea la Nueva Comision Ambiental en MORDAZA, no se considero que mediante Decreto del Consejo Directivo Nº 007-2003-CD/CONAM de fecha 10 de MORDAZA del 2003, se creo la Comision Ambiental Regional; y mediante Ordenanza Regional Nº 095-2010CR/GRH que aprueba la conformacion de los Grupos Tecnicos de la Comision Ambiental, no se considero MORDAZA de aprobarla que mediante Decreto del Consejo Directivo Nº 004-2000-CD/CONAM, ya se habia establecido que los Grupos Tecnicos constituyen una opcion facultativa de las Comisiones Ambientales Regionales; Que, mediante Informe Nº 1115- 2012-GRH/ORAJ, de fecha 21 de diciembre del 2012, del Director Regional de Asesoria Juridica, senala si bien es MORDAZA las Ordenanzas Regionales estan sujetas a analisis, que crearon la Nueva Comision Ambiental en MORDAZA y aprobaron la Conformacion de los Grupos Tecnicos de la Comision Ambiental, al ser elaborados contravinieron con la normatividad existente primigeniamente (Decreto del Consejo Directivo Nº 007-2003CD/CONAM y Decreto del Consejo Directivo Nº 004-2000-CD/ CONAM); ademas dichas ordenanzas no fueron publicadas conforme lo dispone el Art. 109º de la Constitucion del Peru; en tal sentido la Direccion Regional de Asesoria Juridica opina que es procedente derogar las Ordenanza Regional Nº 0942010-CR/GRH y Ordenanza Regional Nº 095-2010-CR/GRH 8 les Nºs. 094 y 095-2010; para lo cual considera pertinente que sea remitido al Consejo Regional para su respectiva aprobacion; Que, contando con el Dictamen favorable de la Comision Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales, relacionado a la derogacion de las Ordenanzas Regionales Nº 094 y 095-2010-CR/GRH; Que, el Consejo Regional a traves de Ordenanzas Regionales, de conformidad con lo previsto en el Art. 15º, Inc."a", de la Ley Nº 27867 que senala: Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, concordante con el Inc. "a" del Articulos 37º y 38º del acotado cuerpo normativo; Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por los articulos 15 y 38 de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales y a lo aprobado por UNANIMIDAD en la Sesion de Consejo Regional de la referencia, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta; Ha dado la Ordenanza siguiente: ORDENA:

Leyes Nº 27902, 28961, 28968 y 29053 y demas normas pertinentes; y estando a lo acordado por Mayoria en Sesion Ordinaria, de fecha 07 de Marzo del ano dos mil trece y con la dispensa del tramite de la lectura y de la aprobacion del acta; el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE ORDENA APROBAR EL CUADRO PARA ASIGNACION DE PERSONAL ­ CAP DE LA DIRECCION REGIONAL AGRARIA DE MORDAZA Articulo Primero.- APROBAR el Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP de la Direccion Regional Agraria de MORDAZA, el cual consta de 199 plazas las mismas que se encuentran establecidas en el anexo que forma parte de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- DEJAR sin efecto cualquier disposicion que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- VIGENCIA, la presente Ordenanza Regional entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo Cuarto.- DISPONER la Publicacion del contenido de la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano"; asi como, su Publicacion en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional de Ancash. Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. GUDBERTO MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional de MORDAZA POR TANTO: Mando se Publique, Registre y Cumpla. Dado en la sede central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los Siete dias del mes de Marzo del ano Dos Mil Trece. MORDAZA J. MORDAZA MORDAZA Presidente 925399-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Derogan las Ordenanzas Regionales Nºs. 094-2010-CR/GRH y 095-2010CR/GRH
ORDENANZA REGIONAL Nº 045-2012-CRGRH MORDAZA, 31 de diciembre del 2012 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA VISTO: En Sesion Extraordinaria de Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA de fecha veintinueve de diciembre del ano dos mil doce; el Dictamen Nº 026-2012-GRH-CP/CPPPATAL, presentado por la Comision Permanente de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales, relacionado a la Derogacion de la Ordenanza Regional Nº 094-CR/GRH y Ordenanza Regional Nº 095-CR/ GRH, de fecha siete de junio del dos mil diez; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa, que tienen por mision organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas

DEROGAR LA ORDENANZA REGIONAL Nº 094-2010-CR/GRH Y ORDENANZA REGIONAL Nº 095-2010-CR/GRH Articulo Primero.- DEROGUESE , la Ordenanza Regional Nº 094-2010-CR/GRH y Ordenanza Regional

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