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El Peruano Martes 23 de abril de 2013 493377 que el caso amerite, con las siguientes dependencias regionales: - Gerente Regional de Salud - Jefe de la Ofi cina de Planeamiento y Desarrollo Institucional - Los Directores de las Redes de Salud del Departamento de Arequipa o sus representantes Asimismo, la Comisión podrá gestionar ante el Órgano Ejecutivo Regional la participación de profesionales técnicos y especialistas que sean necesarios para llevar adelante el Proceso de Reorganización administrativa y Reestructuración orgánica de la Gerencia Regional de Salud del Gobierno Regional de Arequipa. Artículo 5º.- De la consideración de avances La Comisión, deberá cumplir la labor encomendada en la presente Ordenanza, sobre la base de los avances, análisis, conclusiones y recomendaciones, realizadas en atención a los Acuerdos Regionales Nº 005-2009-GRA/ CR-AREQUIPA de fecha 07.01.2009 y Nº 009-2009-GRA/ CR-AREQUIPA de fecha 22.012009. Artículo 6º.- De la sustentación de propuestas Dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes al término del plazo señalado en el Artículo 1º, la Comisión expondrá y sustentará documentalmente, ante el Pleno del Consejo Regional, la o las propuestas de Reorganización y Reestructuración Integral de la Gerencia Regional de Salud y de todos sus Órganos, Unidades y Ofi cinas. Artículo 7º.- De los recursos humanos y logísticos ENCARGARal Órgano Ejecutivo Regional, la disposición de recursos logísticos y humanos necesarios que permitan y/o faciliten las actividades a cargo de la Comisión. Artículo 8º.- De la publicación Disponer la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Diario de Avisos Judiciales del Departamento de Arequipa, y la publicidad electrónica en la página web del Gobierno Regional de Arequipa, conforme al artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS En Arequipa, a los cuatro días del mes de diciembre del 2012. MARIA SOLEDAD FERNANDEZ MOGROVEJO Presidenta del Consejo Regional de Arequipa POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los doce días del mes de diciembre del dos mil doce. JUAN MANUEL GUILLEN BENAVIDES Presidente del Gobierno Regional Arequipa 927783-3 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA Aprueban Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el distrito de Lurigancho - Chosica para el año 2014 ORDENANZA Nº 187-MDL Chosica, 25 de marzo de 2013. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN