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El Peruano Martes 23 de abril de 2013 493372 Público, en la “IX Asamblea General de la RECAMPI”, a llevarse a cabo en la República de Venezuela - Caracas, los días 21 y 22 de mayo de 2013, CONCEDIÉNDOSELE licencia con goce de remuneraciones del 20 al 23 de mayo del 2013. Artículo Segundo.- Los gastos que origine la participación del Gerente Central designado en el artículo primero de la presente resolución, por los conceptos de pasaje aéreo internacional, seguro de viaje y gastos de instalación, serán con cargo al presupuesto institucional del Ministerio Público, conforme al siguiente detalle: • Pasajes aéreos : US$ 1,240.95 • Seguro de Viaje : US$ 40.00 • Gastos de instalación : US$ 200.00 Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia General y Gerencia Central de Logística, atiendan los requerimientos de pasajes aéreos y seguro de viaje, para la ejecución de lo autorizado en la presente resolución. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Gerencia General, Gerencia Central de Logística, Gerencia de Tesorería, Gerencia Central de Potencial Humano, Escuela del Ministerio Público “Dr. Gonzalo Ortiz de Zevallos Roedel” y al interesado, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 928294-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan fusión por absorción de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Nuestra Gente S.A.A. con Financiera Confianza S.A., estableciéndose la nueva denominación social de la entidad absorbente como “Financiera Confianza S.A.A.” RESOLUCIÓN SBS Nº 2445-2013 Lima, 16 de abril de 2013 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por la Caja Rural de Ahorro y crédito Nuestra Gente S.A.A. (en adelante la caja) y Financiera Confi anza S.A. (en adelante, la Financiera) con fecha 25 de setiembre de 2012, con el objeto de que se le autorice la fusión por absorción entre ambas, actuando la caja como sociedad absorbente y la Financiera como sociedad absorbida; así como la solicitud presentada por la Caja y la Financiera, con fecha 04 de Febrero de 2013, mediante la cual ajustan su solicitud de autorización original precisando, entre otros aspectos, su interés en que la entidad resultante de la fusión sea autorizada como empresa fi nanciera y solicitando la modifi cación del estatuto social de la Caja, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 2895-2011 del 28 de febrero de 2011, se autorizó a la Caja a adquirir acciones por encima del 10% del capital social de la Financiera, siendo a la fecha titular del 62.61% de las mismas; Que, mediante Juntas Obligatorias Anuales de Accionistas de la Caja y la Financiera, ambas celebradas separadamente el 31 de marzo de 2011, se aprobó entre otros aspectos, la fusión por absorción entre la Caja y la Financiera, así como el proyecto de fusión correspondiente; Que, en las Juntas Generales Facultativas de Accionistas de la Caja y la Financiera, ambas celebradas separadamente el 29 de Enero de 2013, se acordó modifi car el acuerdo de fusión por absorción adoptado inicialmente en las juntas obligatorias Anuales de Accionistas de fecha 31 de marzo de 2011; así como modifi car el proyecto de fusión respectivo, con la fi nalidad de que se apruebe la continuación de las operaciones de la entidad resultante de la fusión como empresa fi nanciera luego de la entrada en vigencia de la misma, así como el cambio de la denominación social de la Sociedad a “Financiera Confi anza S.A.A.” a fi n de permitirle realizar las actividades correspondientes a una empresa fi nanciera; por lo que en la Junta General de la Caja, en su calidad de sociedad absorbente, además se aprobó la modifi cación del Estatuto Social, en línea con lo establecido en el proyecto de fusión; Que, la Caja ha cumplido con presentar la documentación requerida por el Procedimiento Nº 41 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Superintendencia, aprobado por Resolución SBS Nº 3082-2011 del 11 de marzo de 2011; y el Reglamento para la Constitución, Reorganización y Establecimiento de Empresas y Representantes de los Sistemas Financiero y de Seguros, aprobado por Resolución SBS Nº 10440- 2008 y sus modifi catorias; Que, como consecuencia de la fusión, la Caja asumirá a título universal el patrimonio conformado por bienes, derechos y obligaciones de la Financiera, que ha venido desarrollándose en el sistema como empresa fi nanciera, verifi cándose que la Caja, con la absorción de la Financiera, tendrá la capacidad técnica y operativa para operar como empresa fi nanciera; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfi nanzas, de Asesoría Jurídica, de Riesgos y de Estudios Económicos: De conformidad con lo dispuesto en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº26702 y sus modifi catorias, en adelante, Ley General; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar, a partir del 01 de mayo de 2013, la fusión por absorción de Caja Rural de Ahorro y Crédito Nuestra Gente S.A.A. con Financiera Confi anza S.A., extinguiéndose ésta última sin liquidarse. Asimismo, devuélvase la minuta que formaliza dicha fusión debidamente autenticada con el sello ofi cial de esta Superintendencia para su elevación a escritura pública, debiéndose insertar en su contenido el texto de esta resolución para su inscripción en el Registro Público correspondiente. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto los Certificados de Autorización de Funcionamiento extendidos en su oportunidad a favor de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Nuestra Gente S.A. A. y Financiera Confianza S.A., a partir de la fecha de entrada en vigencia de la fusión. Artículo Tercero.- Autorizar a la entidad absorbente a operar como empresa fi nanciera y expedir a favor de ésta el certifi cado de autorización de funcionamiento correspondiente, pudiendo realizar todas las operaciones señaladas en el artículo 284º de la Ley General. Artículo Cuarto.- Aprobar en los términos propuestos la Modificación de los artículos primero, segundo y cuadragésimo quinto del Estatuto Social de la Caja, a fi n de adecuarlo a la nueva situación como empresa fi nanciera y establecer su nueva denominación social como “Financiera Confi anza S.A.A.” Asimismo, devuélvase la minuta que lo formaliza con el sello ofi cial de esta Superintendencia para su elevación a escritura pública, debiéndose insertar en su contenido el texto de