Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 2013 (23/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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En MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de noviembre del 2012. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MOGROVEJO Presidenta del Consejo Regional de MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de noviembre del dos mil doce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA 927783-1

El Peruano Martes 23 de MORDAZA de 2013

Aprueban Plan Regional Concertado de Salud de la Region MORDAZA para el periodo 2012 - 2016
ORDENANZA REGIONAL Nº 191-AREQUIPA EL CONSEJO REGIONAL DE MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, conforme a la Constitucion Politica del Peru la defensa de la persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado, prescribiendo en ese sentido el deber de todos los miembros de la sociedad, asi como de los diversos organos del Estado, de proteger de una manera preventiva, integral y unitaria a la persona, lo que comprende su estructura psicosomatica. En ese sentido, la Constitucion Politica ha considerado como derecho fundamental de toda persona la proteccion de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad asi como el deber de contribuir a su promocion y defensa, ello por su estrecha relacion con el derecho a la vida. Entonces siendo que el derecho a la MORDAZA constituye el primer derecho fundamental de la persona humana cuya proteccion y defensa corresponde a la sociedad y al Estado, y se materializa, entre otros, en politicas publicas orientadas al reconocimiento y promocion a la salud integral. Que, por ese motivo, con la promulgacion de la Ley General de Salud, se establecio taxativamente que la salud es condicion indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, que la proteccion de la salud es de interes publico, siendo de responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; asi como que la salud publica es responsabilidad primaria del Estado. Que, mediante Ley Nº 27813 se creo el Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud, con la finalidad de coordinar el MORDAZA de aplicacion de la Politica Nacional de Salud, promoviendo su implementacion concertada, descentralizada y coordinando los planes y programas de todas las instituciones del sector a efecto de lograr el cuidado integral de la salud de todos los peruanos y avanzar hacia la seguridad social universal en salud. Que, el Acuerdo Nacional ha contemplado dentro del eje "Equidad y Justicia Social" como Politica de Estado: el acceso universal a los servicios de salud y a la seguridad social, con el objeto de: ((a)) potenciar la promocion de la salud, la prevencion y control de enfermedades transmisibles y cronico degenerativas; ((b)) promover la prevencion y el control de enfermedades mentales y de los problemas de drogadiccion; ((c)) ampliar el acceso al agua potable y al saneamiento basico y controlara los principales contaminantes ambientales; ((d)) desarrollar un plan integral de control de las principales enfermedades emergentes y re-emergentes, de acuerdo con las necesidades de cada region; ((e)) promover habitos de MORDAZA saludables; ((f)) ampliar y

descentralizar los servicios de salud, especialmente en las areas mas pobres del MORDAZA, priorizandolos hacia las madres, ninos, adultos mayores y discapacitados; ((g)) fortalecer las redes sociales en salud, para lo cual se garantizara y facilitara la participacion ciudadana y comunitaria en el diseno, seguimiento, evaluacion y control de las politicas de salud, en concordancia con los planes locales y regionales correspondientes; ((h)) promover la maternidad saludable y ofrecer servicios de planificacion familiar, con libre eleccion de los metodos y sin coercion; ((i)) promover el acceso gratuito y masivo de la poblacion a los servicios publicos de salud y la participacion regulada y complementaria del sector privado; ((j)) promover el acceso universal a la seguridad social y fortalecer un fondo de salud para atender a la poblacion que no es asistida por los sistemas de seguridad social existentes; ((k)) desarrollar politicas de salud ocupacionales, extendiendo las mismas a la seguridad social; ((l)) incrementar progresivamente el porcentaje del presupuesto del sector salud; ((m)) desarrollar una politica intensa y sostenida de capacitacion oportuna y adecuada de los recursos humanos involucrados en las acciones de salud para asegurar la calidad y calidez de la atencion a la poblacion; ((n)) promover la investigacion biomedica y operativa, asi como la investigacion y el uso de la medicina natural y tradicional; y ((o)) restablecer la autonomia del Seguro Social. Que, los Gobiernos Regionales tienen como finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, garantizando el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; siendo que el desarrollo integral comprende el desarrollo social y dentro de este se considera al derecho a la salud; teniendo como algunos de sus principios rectores de sus politicas y gestion regional a la Participacion, por el cual la gestion regional desarrollara y MORDAZA uso de instancias y estrategias concretas de participacion ciudadana en las fases de formulacion, seguimiento, fiscalizacion y evaluacion de la gestion de gobierno y de la ejecucion de planes, presupuestos y proyectos regionales; y a la Eficacia, por la que los Gobiernos Regionales organizan su gestion en torno a los planes y proyectos de desarrollo regional concertados, al cumplimiento de objetivos y metas explicitos y de publico conocimiento. Que, la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, en su Articulo 49º establece como funciones de los Gobiernos Regionales, en materia de salud, entre otras: ((i)) formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las politicas de salud de la region en concordancia con las politicas nacionales y planes sectoriales; ((ii)) formular y ejecutar concertadamente el Plan de Desarrollo Regional de Salud. Que, la Region MORDAZA La Region MORDAZA muestra aun significativos indices de mortalidad materna, mortalidad infantil, desnutricion cronica, presencia de enfermedades transmisibles, con enfasis en enfermedades de transmision sexual (VIH/SIDA), enfermedades degenerativas (diabetes, hipertension), enfermedades mentales, accidentes y lesiones, violencia familiar, cancer, entre otros; aconteciendo con mayor incidencia la problematica en zonas rurales por ausencia de servicios basicos, aspectos educativos, pobreza extrema, entre otros factores. En contraparte a ello la calidad de los servicios de salud en la Region, aun no son de optimo nivel debido a la falta o deficiente infraestructura sanitaria, de servicios, y de personal. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 014-2005GRAREQUIPA se aprobo el documento denominado Politica Regional Sectorial de Salud 2004-2012 del Gobierno Regional de Arequipa. Sobre dicho MORDAZA el Consejo Regional de Salud de MORDAZA de manera concertada con los gobiernos locales, lideres comunales, instituciones educativas y otros actores ha elaborado el Plan Regional Concertado de Salud de la Region MORDAZA 2012 ­ 2016, que establece nuevos enfoques en salud, prioriza derechos humanos, interculturalidad, equidad en salud y de genero, presentando la problematica de salud de la region en cuatro MORDAZA grupos: ambiente y salud, cultura y

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