Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 2013 (23/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano Martes 23 de MORDAZA de 2013

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Que, asimismo habiendose remitido los proyectos de Reglamentos fuera del plazo establecido en la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ordenanza Regional Nº 148-AREQUIPA, es pertinente modificar la misma. De igual forma, corresponde modificar la obligacion contenida en dicha disposicion referida a la remision del Plan de Trabajo y sus requerimientos para aprobacion del Consejo Regional, tomando en consideracion que se trata de aspectos de caracter administrativo cuya competencia no corresponde a este colegiado. Que, entonces, por estas consideraciones, al MORDAZA de la Ley Nº 27783 / Ley de Bases de la Descentralizacion; Ley Nº 27867 / Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; y en observancia del MORDAZA legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nro. 001-2007-GRA/CRAREQUIPA, la Ordenanza Regional 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional 154-AREQUIPA, SE ORDENA: Articulo 1º: Modificacion de la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ordenanza Regional Nº 148-AREQUIPA Modifiquese la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ordenanza Regional Nº 148-AREQUIPA, conforme al siguiente texto: "La Gerencia Regional de Salud del Gobierno Regional de MORDAZA remitira al Consejo Regional el Reglamento de Funcionamiento del Comite Tecnico Implementador del MORDAZA de Aseguramiento Universal y de su Secretaria Tecnica, para su aprobacion mediante Ordenanza Regional. En cuanto al Plan de Trabajo y requerimientos, este sera aprobado por el propio Comite y autorizado por la Gerencia Regional de Salud, debiendo ponerse de conocimiento del Consejo Regional" Articulo 2º: De la aprobacion del Reglamento Interno del CTIR y su Secretaria Tecnica Apruebese el Reglamento Interno del Comite Tecnico Implementador Regional del MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud de la Region MORDAZA y su Secretaria Tecnica conformados mediante Ordenanza Regional Nº 148-AREQUIPA, el mismo que en 2 Titulos, 8 Capitulos, y 40 articulos forman parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 3º: De la notificacion directa de la presente MORDAZA regional El Organo Ejecutivo Regional procedera a la notificacion directa de la presente MORDAZA Regional a la Gerencia Regional de Salud, la que debera hacerla extensiva a los integrantes del Comite Tecnico Implementador Regional del MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud de la Region MORDAZA y su Secretaria Tecnica. Articulo 4º: De la publicacion Disponer la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, en el Diario de Avisos Judiciales del Departamento de MORDAZA, y la publicidad electronica en la pagina web del Gobierno Regional de MORDAZA, conforme al articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL UNICA.- La conformacion del Comite Tecnico Implementador Regional del MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud de la Region MORDAZA y su Secretaria Tecnica conformados mediante Ordenanza Regional Nº 148-AREQUIPA, no es excluyente, pudiendo en el desarrollo del MORDAZA sumarse nuevos integrantes, ya sea de Oficio, o a pedido de parte, para lo cual deberan hacer conocer su intencion de conformar dicho espacio a la Presidencia y en reunion extraordinaria se decidira su inclusion. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion.

esta resolucion para su inscripcion en el Registro Publico correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 928277-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Modifican Ordenanza Regional Nº 148AREQUIPA y aprueban Reglamento Interno del CTIR y Secretaria Tecnica
ORDENANZA REGIONAL Nº 189-AREQUIPA EL CONSEJO REGIONAL DE MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 26842 ­ Ley General de Salud, reconocen el derecho universal y progresivo de toda persona al aseguramiento universal para la proteccion de contingencias que puedan afectar su salud y para la elevacion de su calidad de vida; entendido como un MORDAZA orientado a lograr que toda poblacion disponga de un seguro de salud que le permita acceder a prestaciones de caracter preventivo, promocional, recuperativo, y de rehabilitacion en condiciones adecuadas de eficiencia, equidad, oportunidad, calidad y dignidad a traves de establecimientos de salud publicos, privados y mixtos debidamente categorizados y acreditados. Que, en concordancia con la Ley Nº 29344 ­ Ley de Aseguramiento Universal de Salud, y el Articulo 8º de su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2010-SA, el Consejo Regional de MORDAZA, mediante Ordenanza Regional Nº 148-AREQUIPA aprobo la conformacion del Comite Tecnico Implementador del MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud en la Region MORDAZA y de una Secretaria Tecnica como organo de apoyo academico, tecnico e institucional al referido comite; siendo que en su MORDAZA Disposicion Complementaria Final dispuso que la Gerencia Regional de Salud del Gobierno Regional de MORDAZA debia remitir al Consejo Regional el Reglamento de Funcionamiento del referido Comite y su respectivo Plan de Trabajo, para su aprobacion. Que, mediante Oficio Nº 4561-2012-GRA/SG del 25.10.2012 el Organo Ejecutivo Regional, a traves de la Secretaria General, remitio el Proyecto de Reglamento Interno del Comite Tecnico Implementador Regional del MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud de la Region MORDAZA, y el Reglamento Interno de SU Secretaria Tecnica, elaborados por sus miembros ­ segun aparece del Informe Nº 010-2012-GRA/GRSA/GRDSRC -, y que fuesen remitidos por el Gerente Regional de Salud, contando con la conformidad de la Oficina de Planeamiento y Desarrollo Institucional conforme al Informe Nº 0395-2012-GRA/OPDI. Que, de la revision de los referidos Proyectos, se tiene que los mismos establecen aspectos referidos al objeto, duracion, naturaleza, funciones, conformacion, deberes, obligaciones, regimen de sesiones y acuerdos del referido Comite y su Secretaria Tecnica, respectivamente; los que guardan coherencia con la Ordenanza Regional Nº 148AREQUIPA, la Ley Nº 29344 y su Reglamento.

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