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El Peruano Martes 23 de abril de 2013 493375 democracia, indicadores de salud y servicios de salud. Asimismo el Plan Regional propuesto, ha establecido 11 lineamientos de políticas sobre los cuales a planteado sus objetivos, metas y estrategias. Estos lineamientos son: ((a)) atención integral de la salud a la mujer y el niño privilegiando las acciones de promoción y prevención, ((b)) vigilancia, control y atención integral de las enfermedades trasmisibles y no trasmisibles, ((c)) aseguramiento universal en salud otorgando prestaciones con garantías de oportunidad y calidad, ((d)) descentralización de la función salud al nivel de gobierno regional y local, ((e)) mejoramiento progresivo de la oferta y calidad de los servicios de salud, ((f)) desarrollo de los recursos humanos, ((g)) medicamentos de calidad para todos, ((h)) fi nanciamiento en función a los resultados, ((i)) desarrollo de la rectoría en salud, ((j)) participación ciudadana en salud, ((k)) mejora de los determinantes de la salud. Que, siendo que el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Orgánica de Gobiernos Regionales ha establecido que las ordenanzas regionales norman asuntos de carácter general, es competencia del Consejo Regional, la aprobación del Plan Regional Concertado de Salud. Que, al amparo de lo regulado en la Ley Nº 27783, de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867, Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias, y lo dispuesto en la Ordenanza Regional Nº 001-AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nº 010-Arequipa y la Ordenanza Regional Nº 154-AREQUIPA. SE ORDENA: Artículo 1º.- Aprobación APROBAR el Plan Regional Concertado de Salud de la Región Arequipa para el Periodo 2012 – 2016, cuyo texto en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Desarrollo, dirección, supervisión y ejecución El Órgano Ejecutivo Regional a través de la Gerencia Regional de Salud, en coordinación e interrelación con las Gerencias Regionales Sectoriales competentes y demás entidades involucradas, es el encargado de difundir, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar el Plan Regional aprobado en el artículo precedente, así como de formular, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los programas y estrategias que se requiera para el cumplimiento del mismo; siendo que para tal efecto cada cuatro (04) meses, de manera periódica, informará al Pleno del Consejo Regional sobre los avances e implementación de la presente norma. Artículo 3º.- Operatividad del Plan El Órgano Ejecutivo Regional a través de la Gerencia Regional de Salud, elaborará y presentará anualmente, dentro de la primera quincena del mes de noviembre al año anterior al de su ejecución, un Plan Operativo, con su respectivo presupuesto, que sobre la base de los programas y estrategias señaladas en el artículo precedente, establezca acciones concretas que permitan dar operatividad del Plan materia de la presente norma. El cumplimiento del Plan Operativo anual, será expuesto y sustentado documentalmente, ante el Consejo Regional, dentro de la primera quincena del mes de febrero del año siguiente al de su ejecución. Artículo 4º.- Vigencia La Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 5º.- Publicación Ofi cial y Electrónica DISPONER la publicación de la presente Norma Regional tanto en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario de Avisos Judiciales del Departamento de Arequipa; asimismo, SE ENCARGA a la Oficina de Planeamiento y Desarrollo Institucional del Ejecutivo Regional que, una vez publicada en el Diario Oficial, inmediatamente, la publique electrónicamente en la Página Web. En Arequipa, a los diecinueve días del mes de noviembre del 2012. MARIA SOLEDAD FERNANDEZ MOGROVEJO Presidenta del Consejo Regional de Arequipa POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los veintisiete días del mes de noviembre del dos mil doce. JUAN MANUEL GUILLEN BENAVIDES Presidente del Gobierno Regional Arequipa 927783-2 Declaran la continuidad y formalización del Proceso de Reorganización administrativa y Reestructuración orgánica de la Gerencia Regional de Salud del Gobierno Regional ORDENANZA REGIONAL Nº 195-AREQUIPA EL CONSEJO REGIONAL DE AREQUIPA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el derecho a la salud, es un derecho fundamental reconocido por la Constitución Política del Perú, que busca garantizar que las personas accedan en igualdad de oportunidades a los servicios de salud que brindan las entidades prestadoras, los que deberán responder a estándares mínimos de calidad. Este derecho debe entenderse desde una doble dimensión: ((a)) El derecho de todos los miembros de una determinada comunidad de no recibir por parte del Estado un tratamiento que atente contra su salud, y ((b)) El derecho de exigir del Estado las actuaciones necesarias para el goce de parte de los ciudadanos de servicios de calidad en lo relacionado a la asistencia médica, hospitalaria y farmacéutica. Que, sin embargo, la Región Arequipa viene presentando serias defi ciencias en dicho Sector, contraviniendo los preceptos señalados en el considerando precedente. En ese sentido mediante Acuerdo Regional Nº 005-2009- GRA/CR-AREQUIPA de fecha 07.01.2009 se declaró en reorganización integral la Gerencia Regional de Salud y todos sus Órganos, Unidades y Ofi cinas, conformando para tal efecto a nivel del Consejo Regional una Comisión Especial a la que debían integrarse los funcionarios del Ejecutivo Regional que para ese propósito designase la Presidencia del Gobierno Regional; otorgándole un plazo hasta el 22.01.2009 para que presenten su propuesta de reorganización. Vencido dicho plazo mediante Acuerdo Regional Nº 009-2009-GRA/CR-AREQUIPA de fecha 22.012009 se amplió sus alcances a una reestructuración del Sector, estableciendo un plazo adicional de cuarenta y cinco (45) días, al término de los cuales, la Comisión Especial debía presentar propuestas de reorganización y reestructuración. Que, no obstante mediante Informe Nº 217-2012- GRA/OPDI de la Ofi cina de Planeamiento y Desarrollo Institucional de fecha 18.06.2012, se comunicó la ausencia de resultados documentales y visibles que demuestren efi ciencia en la gestión de la Gerencia Regional de Salud y de sus órganos integrantes producto de la implementación de los referidos acuerdos regionales, entre otras causas, por: ((i)) cambio de representantes del Consejo Regional, ((ii)) cambio de funcionarios miembros de la comisión, ((iii)) falta de recursos para cumplimiento de fi nes de los acuerdos, y, ((iv)) falta de expedición de actos resolutivos por parte del Órgano Ejecutivo Regional para la implementación de los acuerdos; durante los días 25, 26 y 27 de Mayo del 2011 se llevó a cabo el Taller denominado: “Reestructuración de