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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (26/04/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 28

El Peruano Viernes 26 de abril de 2013 493654 Fiscal 2013, autoriza la realización de manera excepcional, de diversas transferencias fi nancieras entre entidades, las que incluyen a aquellas efectuadas por el Programa, debiendo ser aprobadas mediante resolución del titular del pliego y publicadas en el Diario Ofi cial “El Peruano”; Que, el artículo 29° del Manual de Operaciones del Programa, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 226-2012-TR, precisa que la ejecución de recursos y desembolsos se realiza en base al presupuesto del Programa, así como a fuentes de cooperación, siendo una de las modalidades para hacerla efectiva, las transferencias fi nancieras a organismos ejecutores; Que, mediante Resolución Directoral N° 013-2013- TP/DE se aprueba la Directiva N° 002-2013-TP/DE denominada “Lineamientos para Proyectos Especiales de Intervención Inmediata – PEII” que en su numeral 5.1.1 defi ne a los Proyectos Especiales de Intervención Inmediata como aquellos cuyo fi nanciamiento está a cargo del Programa y que se encuentran destinados a la generación de empleo temporal dirigidos a las personas damnifi cadas y afectadas por la ocurrencia de un desastre en un bien de dominio público o privado; Que, mediante Decreto Supremo N° 019-2013-PCM se declara el Estado de Emergencia en la provincia de Arequipa, el distrito de Tomepampa de la provincia de La Unión y el distrito de Acarí de la provincia de Caravelí, en el departamento de Arequipa, prorrogado por el Decreto Supremo N° 040- 2013-PCM, ante la ocurrencia de lluvias torrenciales, que han producido desbordes, deslizamientos e inundaciones, ocasionando daños de magnitud en viviendas, vías de comunicación, servicios básicos de agua y desagüe, canales de regadío, entre otros; por lo que corresponde la ejecución de medidas de excepción inmediatas y necesarias destinadas a la atención de la emergencia y rehabilitación de las zonas afectadas, por parte de las instituciones públicas y privadas involucradas, en el ámbito de sus competencias; Que, en ese contexto, el Jefe de la Unidad Zonal de Arequipa del Programa informa sobre treinta y un (31) proyectos presentados que han sido califi cados como viables por la Responsable de Evaluación de Proyectos de dicha Unidad Zonal, por lo que solicita la intervención del Programa a través de la modalidad de Proyectos Especiales de Intervención Inmediata (PEII); Que, mediante Resolución Directoral N° 018-2013- TP/DE se aprueba el fi nanciamiento correspondiente al Aporte del Programa de treinta y un (31) proyectos a través de la modalidad de Proyectos Especiales de Intervención Inmediata (PEII), por la suma total de S/. 1 098 311.00 (Un millón noventa y ocho mil trescientos once con 00/100 nuevos soles), en la provincia de Arequipa, el distrito de Tomepampa de la provincia de La Unión y el distrito de Acarí de la provincia de Caravelí, en el departamento de Arequipa y mediante el Informe N° 158-2013/TP/DE/UGPPME, la Unidad Gerencial de Planifi cación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación, en el marco de los Proyectos Especiales de Intervención Inmediata (PEII), otorga la Certifi cación de Crédito Presupuestario PCA N° 084-2013-MTPE/4/11 de los mencionados proyectos por la suma antes indicada; Que, respecto a los referidos proyectos, el Jefe de la Unidad Zonal de Arequipa, mediante Informe N° 051-2013-TP/DE/ UZ “AREQUIPA”, remite al Programa quince (15) convenios suscritos con las Municipalidades Distritales de Mirafl ores, Jacobo Hunter, Alto Selva Alegre y Socabaya, de la provincia de Arequipa, en el departamento de Arequipa, los cuales están consignados en el cuadro consolidado denominado “Relación de Proyectos Especiales de Intervención Inmediata – PEII – 2013 - Unidad Zonal Arequipa (2° grupo)” que remite la Unidad Gerencial de Proyectos, mediante el Informe N° 111-2013-TP/DE/UGPYTOS, correspondiendo efectuar la transferencia fi nanciera por la suma de S/. 530 895.00 (Quinientos treinta mil ochocientos noventa y cinco con 00/100 nuevos soles), a favor de los citados proyectos; Con las visaciones del Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Directora Ejecutiva, del Gerente de la Unidad Gerencial de Proyectos, del Gerente de la Unidad Gerencial de Planifi cación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” y del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8º de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal d) del artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2010-TR y, el literal a) del numeral 12.1 del artículo 12° de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” a favor de organismos ejecutores públicos para el pago del Aporte Total del Programa de quince (15) proyectos a través de la modalidad de Proyectos Especiales de Intervención Inmediata - PEII - 2013 (2° grupo), a ejecutarse en la provincia de Arequipa, departamento de Arequipa, por la suma total de S/. 530 895.00 (Quinientos treinta mil ochocientos noventa y cinco con 00/100 nuevos soles), conforme al Anexo N° 1 que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Disponer que el Anexo a que se refi ere el artículo precedente se publique en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo www.trabajo. gob.pe, en la misma fecha de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Ofi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. NANCY LAOS CÁCERES Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 929687-1 Aprueban el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales y Desarrollo de la Gestión Descentralizada Año 2013 del Sector Trabajo y Promoción del Empleo RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 074-2013-TR Lima, 25 de abril de 2013 VISTOS: El Ofi cio N° 314-2013-MTPE/4/9 de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 020-2013-MTPE/4/9.4 del Jefe de la Ofi cina de Descentralización de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 188° de la Constitución Política del Perú, la descentralización es una política permanente del Estado Peruano, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país, que se realiza por etapas en forma progresiva y ordenada, conforme a criterios que permitan una adecuada transferencia de atribuciones y recursos desde el Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales; Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 83° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en la Séptima Disposición Complementaria de la Ley N° 27972, Orgánica de Municipalidades y en el numeral 1 del literal a) del artículo 6° de la Ley N° 28273, del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales, las Comisiones Sectoriales de Transferencia deben presentar sus Planes Anuales de Transferencia al Consejo Nacional de Descentralización; Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, este Sector es el organismo rector en materia de trabajo y promoción del empleo y ejerce competencia exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional, tales como: formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materia de promoción del empleo, intermediación laboral, formación profesional y capacitación para el trabajo, normalización y certifi cación de competencias laborales, autoempleo, migración laboral y reconversión laboral, realizando seguimiento, monitoreo