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El Peruano Sábado 27 de abril de 2013 493711 de abril de 2013, sobre la solicitud de extradición activa a la República Italiana de la ciudadana peruana ROCÍO JANET GUTIÉRREZ VICTORIO, formulada por el Primer Juzgado Penal Transitorio de la Corte Superior de Justicia del Callao; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las Salas Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en mérito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución Consultiva de fecha 25 de marzo de 2013, declaró procedente la solicitud de extradición activa de la ciudadana peruana ROCÍO JANET GUTIÉRREZ VICTORIO, para ser procesada por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de Uso de Documento Público Falsificado, en perjuicio del Estado peruano (Expediente Nº 37-2013); Que, el literal “a” del artículo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente mediante el Informe Nº 030-2013/COE-TC, del 17 de abril de 2013, en el sentido de acceder a la solicitud de extradición; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 514º del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Ofi cial; De conformidad con el Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República Italiana, suscrito en la ciudad de Roma, el 24 de noviembre de 1994; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder a la solicitud de extradición activa de la ciudadana peruana ROCÍO JANET GUTIÉRREZ VICTORIO, formulada por el Primer Juzgado Penal Transitorio de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesada por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de Uso de Documento Público Falsificado, en perjuicio del Estado peruano y disponer su presentación por vía diplomática a la República Italiana, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Justicia y Derechos Humanos RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 930765-22 PRODUCE Autorizan viaje de profesional del IMARPE a Tailandia, en comisión de servicios INSTITUTO DEL MAR DEL PERÚ RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº DEC-089-2013 Callao, 17 de abril de 2013 VISTOS: El Expediente relacionado con la participación del Blgo. Jorge Alfredo Flores Mego –Profesional del Área Funcional de Investigaciones en Acuicultura de la Dirección General de Investigaciones en Acuicultura en el Curso de Entrenamiento “Grouper and Sea Bass Aquaculture in Thailand” como parte del Proyecto: “Serranid Culture as a Management Instrument to Mitigate Poverty in Coastal Communities”, a realizarse en la ciudad de Bangkok, Tailandia, del 20 al 29 de mayo de 2013, formulado por la Dirección General de Investigaciones en Acuicultura y derivado por la Dirección Ejecutiva Científi ca a la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, mediante HIE Nº DEC-1349-2013 del 11 de abril de 2013. CONSIDERANDO: Que, la Directora de Gestión y Negociación Internacional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, mediante Ofi cio Nro. 040-2013-APCI/DGNI del 21 de enero de 2013, manifi esta que en el contexto del Programa de Cooperación con el Reino de Tailandia para el periodo 2012-2013, se espera implementar el Proyecto: “Serranid Culture as a Management Instrument to Mitigate Poverty in Coastal Communities”, aprobada en la Reunión de Cooperación Técnica entre APCI-TICA, celebrada en febrero de 2012; Que, asimismo, el APCI con Ofi cio Nro. 068-2013-APCI/ DGNI del 08 de febrero de 2013, comunica que la Agencia de Cooperación Internacional para el Desarrollo-TICA del Reino de Tailandia, informa que en el marco del citado proyecto, se llevará a cabo el Curso de Entrenamiento “Grouper and Sea bass Aquaculture in Thailand” para profesionales del Instituto del Mar del Perú – IMARPE, a realizarse en la ciudad de Bangkok, Tailandia, del 20 al 29 de mayo de 2013; Que, el principal objetivo del citado Curso es incrementar las capacidades de investigadores y funcionarios en lo relacionado a gestión acuícola (maricultura) como herramienta para el alivio de la pobreza en comunidades costeras del litoral peruano; además, adquirir conocimientos sobre las técnicas de cultivo y el desarrollo de paquetes tecnológicos realizados en peces marinos denominados como serranidos (grouper and seabass culture); Que, la Directora General de Investigaciones en Acuicultura con Memorándum Nro. 117-2013/DGIA del 19 de febrero de 2013, propone al Blgo. Jorge Alfredo Flores Mego, Profesional del Área Funcional de Investigaciones en Acuicultura, para que participe en el citado evento. Asimismo, con Memorándum Nº -251-2013/DGIA del 10 de abril 2013, informa que el IMARPE deberá asumir los gastos de pasajes aéreos y el TICA cubrirá los viáticos y hospedaje; Que, la participación del mencionado Profesional en dicha capacitación, servirá de base para el desarrollo de los proyectos de investigación que se vienen realizando actualmente en el Laboratorio de Cultivo de Peces del IMARPE; así como, para el aprendizaje del modelo de gestión cooperativo llevado a cabo en Tailandia puede servir de modelo para ser transferidos a los pescadores artesanales del litoral costero del Perú, presentándose como una alternativa de subsistencia y desarrollo de la maricultura en las comunidades costeras contribuyendo a la mejora de la calidad de vida, seguridad alimentaria y desarrollo económico sostenible; Que, el Jefe (e) de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto con Memorándum Nº 186-2013-IMARPE- OGPP del 12.04.13, hace de conocimiento de la Dirección