Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2013 (27/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano Sabado 27 de MORDAZA de 2013

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de la Subdireccion de Desarrollo Inmobiliario, se considero factible dar inicio al tramite de adjudicacion en venta directa por causal establecida en el literal a) del articulo 77º del Reglamento de la Ley Nº 29151 Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, a favor de la empresa MEJESA S.R.L., al haberse verificado el cumplimiento de los requisitos que acreditan la causal invocada por la solicitante; Que, el articulo 75.2º del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2008VIVIENDA, establece que la solicitud de venta directa debera ser presentada ante la entidad propietaria del bien o del Gobierno Regional, segun corresponda y sera aprobada por Resolucion del Titular del Pliego sustentada en el respectivo Informe Tecnico ­ Legal, previa opinion tecnica de la SBN; Que, de acuerdo a lo senalado en el literal a) del articulo 48º del Reglamento de Organizacion y funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nº 0162010-VIVIENDA, es funcion de la Subdireccion de Desarrollo Inmobiliario de la SBN, sustentar y emitir los actos administrativos de disposicion de bienes estatales que se encuentren bajo competencia y administracion de la SBN; Que, el informe de valuacion comercial de fecha 26 de noviembre de 2012, emitido por la empresa de Servicios a la Construccion S.A.C - ESERCO, establece que el predio submateria tiene un valor comercial de S/.124,823.81(Ciento Veinticuatro Mil Ochocientos Veintitres con 81/100 nuevos soles); que resulta de la conversion a moneda nacional del valor calculado de US$ 48,175.92 (Cuarenta y Ocho Mil Ciento Setenta y Cinco con 92/100 Dolares Americanos), segun el MORDAZA de cambio indicado en el informe MORDAZA mencionado; Que, mediante el escrito s/n de fecha 10 de enero de 2013, el Gerente General de la empresa MEJESA S.R.L manifesto su aceptacion expresa respecto al valor de la tasacion del predio materia de venta; Que, en merito a lo dispuesto por el articulo 78º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, y numeral 3.10 de la Directiva N° 003-2011/SBN "Procedimientos para la aprobacion de la venta directa por causal de predios de dominio privado del Estado de libre disponibilidad", se publicaron en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario Del MORDAZA, el 17 de enero de 2012, asi como en la pagina Web de esta Superintendencia, los avisos que publicitan la venta directa del predio MORDAZA descrito, con la finalidad de que los terceros que se consideren afectados en algun derecho real que tuvieran sobre el mismo, pudieran formular oposicion debidamente sustentada, dentro del plazo de diez (10) dias habiles de efectuada la MORDAZA publicacion; Que, mediante Memorandum N° 122-2013/SBNSG-UTD, de fecha 25 de febrero de 2013, la Unidad de Tramite Documentario de esta Superintendencia informa que no se han presentado oposiciones, al aviso publicado en los diarios referidos en el considerando anterior; Que, mediante Memorandum Nº 0103-2013/SBN-PP, de fecha 25 de febrero de 2013, la Oficina de Procuraduria Publica de esta Superintendencia, informo que no existe MORDAZA judicial alguno respecto del predio materia de venta; Que, estando a lo expresado en el Informe Tecnico Legal N° 0017-2013/SBN-DGPE-SDDI, de fecha 04 de marzo de 2013, es procedente aprobar la adjudicacion en venta directa por causal contemplada en el literal a) del articulo 77º del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA a favor de la empresa MEJESA S.RL, dado que su solicitud se enmarca en dicho supuesto; Que, mediante Memorandum Nº 9231-2011/SBNOAJ, de fecha 20 de MORDAZA de 2011, ratificado mediante Memorandum Nº 9503-2011/SBN-OAJ, de fecha 26 de MORDAZA de 2011, la Oficina de Asesoria Juridica emite opinion respecto a que las funciones y competencias materia de administracion y adjudicacion de terrenos urbanos y eriazos del Estado continuan bajo competencia de la SBN, dada la necesidad de seguir con la defensa judicial y gestion administrativa de dichos predios y sobre todo

ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Aprueban adjudicacion en venta directa de predio de propiedad del Estado ubicado en el departamento de MORDAZA a favor de la empresa MEJESA S.R.L.
SUBDIRECCION DE DESARROLLO INMOBILIARIO RESOLUCION Nº 019-2013/SBN-DGPE-SDDI San MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2013 Visto, el Expediente Nº 003-2012/SBNSDDI, que contiene la solicitud de adjudicacion en venta directa por causal, formulada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente General de la Empresa MEJESA S.R.L, segun poder inscrito en la Partida Nº 11469933 del Registro de Personas Juridicas de la MORDAZA Registral Nº IX ­Sede MORDAZA, respecto del predio de propiedad del Estado predio de 1 544,10 m2, ubicado al suroeste del Lote 7 de la Manzana C de la Urbanizacion Parcela Semi MORDAZA Shangrila, II Etapa, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Nº 12587600 del Registro de Predios de MORDAZA e inscrito con Registro SINABIP Nº 17165, correspondiente al departamento de MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, en merito a la Ley N° 29151, el Decreto Supremo N° 004-2007-VIVIENDA, por el cual se adscribe a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Reglamento de la Ley N° 29151 aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, asi como el Decreto Supremo N° 058-2011-PCM, que actualiza la calificacion y relacion de los organismos publicos de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 29158, es el Organismo Publico Ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, que en su calidad de Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales es responsable de normar los actos de adquisicion, disposicion, administracion y supervision de los bienes estatales, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administracion esta a su cargo y tiene como finalidad buscar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social; Que, el Estado es propietario de un predio de 1 544,10 m2, ubicado al suroeste del Lote 7 de la manzana C de la Urbanizacion Parcela Semi MORDAZA Shangrila, II Etapa, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Registral N° 12587600 del Registro de Predios de MORDAZA y anotado con Registro SINABIP Nº 17165, correspondiente al departamento de Lima; Que, mediante escrito recepcionado por esta Superintendencia con fecha 18 de enero de 2012 (S.I Nº 00980-2012), el Gerente General de MEJESA S.R.L., solicito el inicio del procedimiento de venta directa por causal establecida en el inciso a) del articulo 77º del Reglamento de la Ley Nº 29151 aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA modificado por Decreto Supremo Nº 013-2012-VIVIENDA; Que, de acuerdo a las Fichas Tecnicas Nº 0008-2011 y 0017-2013/SBN-DGPE-SDDI de fechas 20 de enero de 2011 y 22 de febrero de 2013, respectivamente, el terreno del Estado se encuentra acumulado fisicamente a otro identificado como el Lote 7, Mz. C de la Urb. Parcela semirustica Shangrila, de propiedad de la empresa MEJESA S.R.L., el cual constituye el unico acceso directo a aquel, sobre el cual existe una edificacion ejecutada por la citada empresa; Que, mediante Informe Nº 0025-2012/SBN-DGPESDDI, de fecha 24 de enero de 2012, con la conformidad

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