Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2013 (27/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano Sabado 27 de MORDAZA de 2013

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VISTOS: El Informe Tecnico Nº 158-2013-GART y el Informe Legal Nº 165-2013-GART, elaborados por la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 0742012-OS/CD se establecieron los Factores de Ponderacion del Valor Agregado de Distribucion por Sector Tipico y del Valor Agregado de Distribucion de los Sistemas Electricos Rurales, de cada una de las empresas de distribucion electrica para el periodo 01 de MORDAZA de 2012 al 30 de MORDAZA de 2013; Que, el Articulo 6º de la Resolucion OSINERGMIN Nº 179-2009-OS/CD dispone que los factores de ponderacion correspondientes a cada una de las empresas de distribucion electrica se recalcularan anualmente, de acuerdo a lo establecido en la Resolucion Directoral Nº 028-2008-EM/DGE; Que, el Articulo 6º de la Resolucion Directoral Nº 028-2008-EM/DGE establece que los Factores de Ponderacion a emplearse para el calculo de los Valores Agregados de Distribucion para cada concesion durante el periodo noviembre 2009 - octubre 2013, seran las ventas de energia de cada sistema electrico en media tension y en baja tension, segun corresponda, durante el periodo anual inmediato anterior a la fecha de aplicacion; Que, segun el Articulo 7º de la Resolucion Directoral citada, corresponde a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria del OSINERGMIN calcular y fijar los factores de ponderacion a que se refiere el considerando anterior, de acuerdo a lo dispuesto en los articulos 2º, 3º, 4º, 5º y 6º de la misma resolucion; Que, teniendo en cuenta que las normas citadas estan vinculadas con los Sectores Tipicos de Distribucion para el periodo noviembre 2009 ­ octubre 2013, derivadas de la Resolucion Directoral Nº 0282008-EM/DGE y que los actuales factores estaran vigentes hasta el 30 de MORDAZA de 2013, corresponde que, en esta oportunidad, la Fijacion de los Factores de Ponderacion del VAD se efectue por el periodo comprendido entre el 1º de MORDAZA del 2013 y el 31 de octubre del 2013; Que, el Informe Tecnico Nº 158-2013-GART y el Informe Legal Nº 165-2013-GART, complementan la motivacion que sustenta la decision de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del Articulo 3º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, en el Reglamento General del OSINERGMIN aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93EM, en la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificacion Rural, en su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 025-2007-EM; y estando a lo acordado por el Consejo Directivo del OSINERGMIN en su Sesion Nº 12-2013; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Fijese los Factores de Ponderacion del Valor Agregado de Distribucion por Sector Tipico y del Valor Agregado de Distribucion de los Sistemas Electricos Rurales, de cada una de las empresas de distribucion electrica para el periodo 01 de MORDAZA de 2013 al 31 de octubre de 2013, de acuerdo a lo siguiente: Factores de Ponderacion del Valor Agregado de Distribucion por Sector Tipico (VADMT) y del Valor Agregado de Distribucion de los Sistemas Electricos Rurales en Media Tension

Reglamento General del OSINERGMIN aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, en el Decreto Ley N° 25844 Ley de Concesiones Electricas, en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; y estando a lo acordado por el Consejo Directivo del OSINERGMIN en su Sesion Nº 012-2013; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar los Factores de Ponderacion del Precio de la Energia (Ep) por empresa de distribucion electrica, aplicables para el calculo del cargo de energia de las opciones tarifarias MT4, BT4, BT5B, BT5C, BT5D, BT6 y BT7, desde el 01 de MORDAZA de 2013 hasta el 30 de MORDAZA de 2014. Empresa Edelnor Luz del Sur Edecanete Electrocentro Electronorte Hidrandina Electronoroeste Electro Dunas Coelvisac Emsemsa Electro Tocache Electrosur Electro Sur Este Electro MORDAZA Seal Electro Ucayali Electro Oriente Sersa Emseusac Electro Pangoa Adinelsa Egepsa Edelsa Chavimochic Ep 0,243 0,231 0,259 0,283 0,265 0,267 0,263 0,259 0,226 0,244 0,261 0,257 0,284 0,283 0,261 0,245 0,269 0,330 0,264 0,300 0,327 0,238 0,277 0,231

Articulo 2°.- La presente resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada, junto con los informes N° 161-2013-GART y N° 163-2013GART, en la pagina web del OSINERGMIN. MORDAZA MORDAZA TAMAYO Vicepresidente del Consejo Directivo Encargado de la Presidencia 930594-1

Fijan Factores de Ponderacion del Valor Agregado de Distribucion por Sector Tipico y del Valor Agregado de Distribucion de los Sistemas Electricos Rurales
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 062-2013-OS/CD MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2013

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