Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2013 (03/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano Sabado 3 de agosto de 2013

500549
VISTOS: Los Partes Diarios Nºs. 050196, 075024, 075239, 076069 y 081772, presentados por la empresa denominada TRANSPORTES BEIZAGA HNOS. S.A.C. -TRABESAC; y, CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtencion de la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el articulo 43º que establece las condiciones de acceso, asi como el articulo 51º que senala los requisitos documentales; Que, mediante Parte Diario Nº 050196 de fecha 20 de MORDAZA de 2013, la empresa denominada TRANSPORTES BEIZAGA HNOS. S.A.C. - TRABESAC, con RUC Nº 20545468663 y domicilio en Agrupamiento MORDAZA Mz. E Lote 19, Etapa MORDAZA, Sector MORDAZA, primer y MORDAZA piso, Distrito de MORDAZA El MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA, presenta solicitud para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Empresa, conforme a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 0402008-MTC, a efectos de impartir los conocimientos teoricos y practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes a una licencia de conducir de la Clase A Categorias II y III y Clase B Categoria II-c, asi como el curso de Capacitacion Anual para Transporte de Personas, Transporte de Mercancias, Transporte Mixto; curso de Seguridad Vial y Sensibilizacion del Infractor y los cursos de reforzamiento para la revalidacion de las licencias de conducir de la clase A categorias II y III; Que, mediante Oficio Nº 3411-2013-MTC/15.03 de fecha 16 de MORDAZA de 2013, notificado el 21 de MORDAZA del presente ano, esta administracion formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Empresa, requiriendole la subsanacion correspondiente, para la cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles, la cual es respondida mediante Parte Diario Nº 075024, 075239 y 076069 de fechas 04, 05 y 06 de junio de 2013; Que, mediante Parte Diario Nº 081772 de fecha 15 de junio de 2013, La Empresa presenta documentacion complementaria en respuesta al oficio indicado en el numeral que antecede; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la expedicion de la resolucion de autorizacion respectiva, la Direccion General de Transporte Terrestre realizara la inspeccion con el objeto de verificar el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento; Que, mediante el Informe Nº 017-2013-MTC/15.EAS de fecha 13 de junio de 2013, se adjunta el acta de inspeccion ocular realizada a la empresa denominada TRANSPORTES BEIZAGA HNOS. S.A.C. - TRABESAC, del cual se advierte que la inspeccion fue realizada en los locales propuestos por La Empresa donde la inspectora concluye que cumple con lo establecido en los numerales 43.3 y 43.5 del articulo 43º del Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial en el Informe Nº 494-2013MTC/15.03.A.A.ec y siendo este parte integrante de la presente resolucion, resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente, y; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC - Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre; la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.-AUTORIZAR a la empresa denominada TRANSPORTES BEIZAGA HNOS. S.A.C. - TRABESAC, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos ­ practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte

de la Autoridad Administrativa de Trabajo, para los fines legales correspondientes. Por la CAPECO MORDAZA MORDAZA ISASI MORDAZA DNI Nº 08252785 MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI Nº 08352261 MORDAZA PAZ MORDAZA DNI Nº 06765105 Por la FTCCP MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI Nº 08044524 FTCCP MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI Nº 17826805 FTCCP WILDER MORDAZA MORDAZA DNI Nº 18104542 FTCCP MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI Nº 27838806 FTCCP MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI Nº 08900768 Sindicato de MORDAZA MORDAZA YNTI MORDAZA DNI Nº 08359753 Los Balnearios del Sur MORDAZA MORDAZA MORDAZA DUQUE DNI Nº 02616875 Seccional Regional de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI Nº 05286634 Sindicato de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI Nº 21136573 Seccional Regional de MORDAZA MORDAZA PACCI REINOSO DNI Nº 80215474 Seccional Regional de Tacna MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI Nº 26704302 Seccional Regional de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI Nº 29713333 Sindicato de MORDAZA 969591-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan a la empresa Transportes Beizaga Hnos. S.A.C. - TRABESAC, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2612-2013-MTC/15 MORDAZA, 26 de junio de 2013

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