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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE AGOSTO DEL AÑO 2013 (16/08/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 8

El Peruano Viernes 16 de agosto de 2013 501202 de Aeronáutica Civil y la señora Verónica Alicia Pajuelo Salazar, profesional de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Panamá, Panamá, del 26 al 29 agosto de 2013, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje serán cubiertos por el Convenio de Administración de Recursos PER/12/801, de acuerdo a la Autorización de Beca/Misión Int. No. 018-07-2013 y al siguiente detalle: Pasajes aéreos (incluye TUUA, para dos personas) US$ 1,819.00 Viáticos (para dos personas) US$ 1,890.00 Artículo 3.- Dentro de los siete (07) días calendario siguientes de su retorno al país, las personas mencionadas en el artículo 1° deberán presentar a la Presidencia de la República, a través de la Secretaría del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje; las personas mencionadas en el artículo 1° deberán presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje; así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 975712-3 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 032-2013-MTC Lima, 15 de agosto de 2013 VISTOS: El Memorándum No. 1533-2013-MTC/02.AL.AAH emitido por el Viceministerio de Transportes, y el Informe No. 293-2013-MTC/12 emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, requiere la participación en el Curso Básico de Control Radar de Aproximación, organizado por la Corporación Centroamericana de Servicios de Navegación Aérea - Cocesna, que se realizará del 19 de agosto al 27 de setiembre de 2013, en la ciudad de San Salvador, República de El Salvador; Que, de acuerdo a lo señalado por la Dirección General de Aeronáutica Civil mediante Informe No. 293- 2013-MTC/12, el citado evento tiene como objetivo la capacitación a los participantes que incluye horas lectivas de teoría así como prácticas en simuladores, de control de tránsito aéreo, diseñado para garantizar el cumplimiento de los objetivos didácticos y de competencia técnica con la que debe contar el personal, que deberá realizar labores de control radar de aproximación; Que, conforme lo establece la Resolución Directoral No. 235-2013-MTC/12, la Dirección General de Aeronáutica Civil delega en la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial S.A. - CORPAC, diversas competencias relacionados con los servicios de navegación aérea, reservándose la competencia para la capacitación y entrenamiento del personal requerido y/o necesario para la implementación de planes de contingencia con el objeto que los servicios de navegación aérea sean brindados de manera regular; Que, en tal sentido y dada la importancia del citado evento, resulta conveniente autorizar la participación de las siguientes personas: Rodrigo Jhonatan Aguirre Herrera, Libio Antero Benites Condori, Milagros Alejandra Carrera Chingay, Joel Martín Cordero Sánchez, Tatiana Mendoza Tinco, Laura Stefani Rojas Rojas y Eloy Bautista Tafur Carbajal, profesionales de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el costo del referido viaje será fi nanciado dentro del marco del Convenio de Administración de Recursos PER/12/801, suscrito por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organización de Aviación Civil Internacional - OACI, organismo técnico de las Naciones Unidas, de conformidad con los términos de la Autorización de la Beca/Misión Int. No. 020-07-2013, suscrita por el Coordinador del Proyecto OACI (e); De conformidad con la Ley No. 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo No. 047-2002-PCM modifi cado por Decreto Supremo No. 056-2013-PCM, Ley No. 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, y a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de las siguientes personas: Rodrigo Jhonatan Aguirre Herrera, Libio Antero Benites Condori, Milagros Alejandra Carrera Chingay, Joel Martín Cordero Sánchez, Tatiana Mendoza Tinco, Laura Stefani Rojas Rojas y Eloy Bautista Tafur Carbajal, profesionales de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de San Salvador, República de El Salvador, del 18 de agosto al 28 de setiembre de 2013, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje serán cubiertos por el Convenio de Administración de Recursos PER/12/801, de acuerdo a la Autorización de Beca/Misión Int. No. 020-07-2013 y al siguiente detalle: Pasajes aéreos (para siete personas, incluye TUUA) US$ 14,791.70 Viáticos (para siete personas) US$ 90,405.00 Artículo 3.- Dentro de los siete (07) días calendario siguientes de su retorno al país, las personas mencionadas en el artículo 1° deberán presentar a la Presidencia de la República, a través de la Secretaría del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje; las personas mencionadas en el artículo 1° deberán presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje; así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 975712-4