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El Peruano Viernes 16 de agosto de 2013 501204 Emiliano Mello Romero, y del 17 al 24 de agosto de 2013 en el caso de la señora María Teresa Huayta Castelo. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, de acuerdo al siguiente detalle: Nombre y Apellidos Pasajes US$1 Viáticos por día US$ Número de días Total de viáticos Cuota de Participación Total US$ Augusto Emiliano Mello Romero 1.500 430 4+1 2.580 350 4.000 María Teresa Huayta Castelo 1.500 430 6+1 2.580 250 4.760 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los participantes deberán presentar al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 1 Según cotización enviada por Travel Group al 24 de julio, 2013. 974763-1 ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO Designan Subdirectora de Normatividad de la Dirección Técnico Normativa del OSCE ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO RESOLUCIÓN Nº 277-2013-OSCE/PRE Jesús María, 15 de agosto de 2013 CONSIDERANDO: Que, conforme el artículo 57º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017, el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, es un organismo público adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera, estando su personal sujeto al régimen laboral de la actividad privada; Que, mediante Resolución Nº 703-2011-OSCE/ PRE, de fecha 26 de diciembre de 2011 se incorporó a la señora Carla Gabriela Flores Montoya en el cargo de Supervisora de Mejora de Procesos y Estandarización de la Subdirección de Normatividad, Profesional IV; Que, mediante Resolución Nº 217-2013-OSCE/PRE del 26 de junio de 2013, se encargó a la señora Carla Gabriela Flores Montoya las funciones de la Sub Dirección de Normatividad de la Dirección Técnico Normativa del OSCE; Que, mediante Resolución Nº 276-2013-OSCE/PRE del 15 de agosto de 2013, se aceptó la renuncia de la señora Flores Montoya al cargo de Supervisora de Mejora de Procesos y Estandarización de la Subdirección de Normatividad a partir del 16 de agosto de 2013; Que, se ha considerado conveniente designar al profesional que ocupará el cargo de Subdirector de Normatividad de la Dirección Técnico Normativo del OSCE, por lo que resulta necesario dar por concluida la encargatura de la señora Flores Montoya y emitir el acto de designación correspondiente; De conformidad con lo dispuesto el artículo 11º inciso c) del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 789-2011- EF/10; y con la visación de la Secretaría General y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la encargatura de la abogada Carla Gabriela Flores Montoya en el cargo de Subdirectora de Normatividad del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE. Artículo 2º.- Designar, a partir del 16 de agosto de 2013, a la abogada Carla Gabriela Flores Montoya en el cargo de Subdirectora de Normatividad de la Dirección Técnico Normativa del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, cargo público considerado de libre designación y remoción. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI ROJAS DELGADO Presidenta Ejecutiva 975574-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Aprueban formato de inmatriculación electrónico RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 193-2013-SUNARP/SN Lima, 15 de agosto de 2013 Visto, el Memorándum Nº 872-2013-SUNARP/GI, del 14 de agosto de 2013, emitido por la Gerencia de Informática de la Sede Central de la SUNARP y; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, es un organismo técnico especializado del Sector Justicia creado mediante Ley N° 26366, que tiene por objeto dictar las políticas y normas técnico- administrativas de los Registros Públicos, estando encargada de planifi car, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional, en el marco de un proceso de simplifi cación, integración y modernización de los Registros; Que, la SUNARP tiene a su cargo el Registro de Propiedad Vehicular, el mismo que forma parte del Registro de Bienes Muebles de conformidad con el artículo 2 de la mencionada ley; Que, mediante Resolución N° 039-2013-SUNARP/SN, del 15 de febrero de 2013, se aprobó el Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular y en el artículo 21 se establece la presentación del formato de inmatriculación electrónico; Que, en ese sentido, la Gerencia de Informática de la Sede Central de la SUNARP en coordinación con la Gerencia Registral de la Sede Central de la SUNARP y la Gerencia de Bienes Muebles de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, ha desarrollado e implementado el formato de inmatriculación electrónico, razón por la cual, corresponde su aprobación por la Superintendencia Nacional; Que, mediante Resolución Suprema Nº 047-2012- JUS, publicada en el diario ofi cial “El Peruano” el día 30 de marzo de 2012, se designa el cargo de Superintendente Nacional de los Registros Públicos; Que, con la visación de la Gerencia Legal, Gerencia Registral y Gerencia de Informática, todas de la Sede Central de la SUNARP;