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El Peruano Sábado 17 de agosto de 2013 501321 técnica que facilite la negociación e implementación adecuada de compromisos internacionales en materia de comercio exterior, donde se plasmen los intereses institucionales, de conformidad con las normas, procedimientos y procesos aduaneros aplicados en el Perú; Que la participación de la SUNAT se enmarca en el objetivo estratégico establecido por el gobierno de fortalecer la integración regional y subregional en las esferas económico y comercial, así como procurar la facilitación del comercio con países respecto de los cuales el Perú ha suscrito acuerdos internacionales; Que en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores en eventos de esta naturaleza, mediante Memorándum N.° 120-2013- SUNAT/300000, la Superintendente Nacional Adjunta de Aduanas (e), por recomendación de la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera, contenida en el Informe N° 48-2013- SUNAT-3A0000, designó a la trabajadora Maritza Norma Urrutia Arenas, Profesional III de la División de Tratados Internacionales de la Gerencia de Tratados Internacionales, Valoración y Arancel de la citada Intendencia, para que participe en la Mesa de Reglas de Origen del 23 al 28 de agosto de 2013, en el marco de la XIX Ronda de Negociaciones del TPP; Que el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley N.° 29816, dispone que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que en tal virtud, mediante Resolución de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la fi nalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N.° 29816, establece que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje de la trabajadora Maritza Norma Urrutia Arenas del 19 al 30 de agosto de 2013; debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viáticos; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27619 y 29816, el Decreto Supremo N.° 047-2002-PCM y la Resolución de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal u) del Artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N.° 115-2002- PCM y normas modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de la trabajadora Maritza Norma Urrutia Arenas, Profesional III de la División de Tratados Internacionales de la Gerencia de Tratados Internacionales, Valoración y Arancel, de la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera, del 19 al 30 de agosto de 2013, para participar en la Mesa de Reglas de Origen de la XIX Ronda de Negociaciones del Acuerdo de Asociación Transpacífi co (TPP, por sus siglas en inglés), a realizarse en la ciudad de Bandar Seri Begawan, Sultanato de Brunéi Darussalam. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto del 2013 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Señorita Maritza Norma Urrutia Arenas Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto - TUUA) US $ 4 239,06 Viáticos US $ 4 000,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada trabajadora deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4°.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la trabajadora cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional 975905-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Autorizan la implementación y funcionamiento de la Oficina Receptora de San Francisco en el VRAEM, distrito de Ayna, provincia de La Mar, departamento de Ayacucho RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 196-2013-SUNARP/SN Lima, 15 de agosto de 2013 VISTOS; el Acta de Sesión de Directorio Nº 286 de fecha 15 de junio de 2012; el Ofi cio Nº 453-2013/Z.R.Nº XI-JZ remitido por la Jefatura de la Zona Registral Nº XI - Sede Ica; el Informe Nº 216-2013/Z.R.NºXI-OPD emitido por el Gestor (e) de Presupuesto y Desarrollo de la Zona Registral Nº XI - Sede Ica; el Informe N° 499-2013-SUNARP/GPD de la Gerencia de Presupuesto y Desarrollo; y, el Informe Nº 537- 2013-SUNARP/GL de la Gerencia Legal de la Sede Central; CONSIDERANDO; Que, mediante la Ley Nº 26366, se creó la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, organismo descentralizado autónomo del Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de los Registros Públicos, cuyo objetivo principal es dictar las políticas y normas técnico-administrativas de los Registros Públicos; Que, mediante la Sesión de Directorio de Vistos, se aprobó la creación de la Ofi cina Receptora de San Francisco en el VRAEM; Que, de los informes de Vistos se observa que éstos cumplen con lo establecido en la Directiva Nº 002-2008- SUNARP-GPD/SN, Procedimiento de autorización para la creación, supresión o traslado de las Ofi cinas Receptoras de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos; en ese sentido; Estando a las consideraciones que anteceden, conforme a lo establecido en el inciso v) del artículo 7º del Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, aprobado por Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS; y, en virtud de la facultad de delegación otorgada mediante Sesión de Directorio Nº 290 de fecha 05 de febrero 2013; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la implementación y funcionamiento de la Ofi cina Receptora de San Francisco en el VRAEM, distrito de Ayna, Provincia de La Mar, en el departamento de Ayacucho, dentro de la jurisdicción de la Zona Registral Nº XI - Sede Ica. Artículo Segundo.- Encargar al Jefe de la Zona Registral Nº XI - Sede Ica, llevar a cabo todas las acciones que correspondan para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIO SOLARI ZERPA Superintendente Nacional de los Registros Públicos SUNARP 975994-1