Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2013 (30/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano Viernes 30 de agosto de 2013

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Que, de conformidad con el Numeral 23.3º del Reglamento indica: "En las localidades que carezcan de Plan de Desarrollo MORDAZA, el planeamiento integral propondra la zonificacion y vias. Solo en estos casos debera aprobarse mediante ordenanza municipal, por la Municipalidad Provincial respectiva, siguiendo el procedimiento establecido para la aprobacion de los Planes de Desarrollo MORDAZA, en concordancia con las funciones y competencias establecidas en la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades..."; Que, de conformidad con el Articulo 49º del Decreto Supremo Nº 004-2011-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo MORDAZA, referido a la modificacion y/o actualizacion de los Planes urbanos, se realizan las modificaciones al Plan de Desarrollo MORDAZA cuando la expansion MORDAZA se dirija hacia lugares y direcciones diferentes a las establecidas originalmente en el Plan de Desarrollo Urbano. Dicho Reglamento establece que la aprobacion de los Planeamientos Integrales debe seguir el mismo procedimiento establecido para la aprobacion de los Planes de Desarrollo urbano; Que conformidad con la Ordenanza Municipal Nº 0042013-MPC, de fecha 10 de febrero del 2013, el predio de Tecnologia de Materiales S.A. fue incorporado con la zonificacion Gran Industria (I-3); Que, mediante Informe Nº 404-2013-MSCZSGOPAHHUU-GODUR-MPC, de fecha 24 de MORDAZA del 2013, la Sub-Gerencia de Obras Privadas, Asentamientos Humanos y Habilitaciones urbanas, de la Gerencia de Obras, Desarrollo MORDAZA y Rural, de la Municipalidad Provincial de Canete solicita el inicio de Aprobacion del Planeamiento Integral para el predio de propiedad de Tecnologia de Materiales S.A.; Que, mediante Informe Legal Nº 265-2013-AL/MPC, de fecha 06 de agosto de 2013, la Oficina de Asesoria Juridica opina favorablemente por la aprobacion del Planeamiento integral precisando que debe aprobarse mediante Ordenanza Municipal; Que, se cuenta con el Dictamen Nº 0015-2013-CODURMPC, de fecha 06 de agosto del 2013, de la Comision de obras, Desarrollo MORDAZA y Rural de la Municipalidad Provincial de Canete, quien opina que es procedente la Propuesta de Planeamiento Integral, elevandolo al pleno del Concejo para su debate y ulterior aprobacion; Estando a lo expuesto, a las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el MORDAZA mayoritario y, se aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- APROBAR el Planeamiento Integral presentado por Tecnologia de Materiales S.A., para el predio de su Propiedad denominado San Javier-Sector San MORDAZA Alto, UC 13216, inscrito en la partida electronica Nº 21091741, que cuenta con un area de 10.88 Has., ubicado en el Distrito de MORDAZA, Provincia de Canete. Articulo 2º.- Precisar que el Planeamiento Integral aprobado para el predio de Tecnologia de Materiales S.A. denominado San Javier-Sector San MORDAZA Alto, UC 13216, inscrito en la partida electronica Nº 21091741, que cuenta con un area de 10.88 Has., ubicado en el Distrito de MORDAZA, Provincia de Canete, fue incorporado a la MORDAZA de expansion MORDAZA del Distrito de MORDAZA mediante ordenanza Municipal Nº 004-2013-MPC, publicado el 25 de publicacion en el peruano del 10 febrero del 2013, con la siguiente zonificacion: ZONIFICACION PARAMETROS: INDUSTRIAL CON LOS SIGUIENTES

DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de Setiembre de 2013, la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 249-MDSJM que otorga Beneficios Tributarios Temporales en el Distrito a los contribuyentes que cumplan con regularizar sus obligaciones tributarias de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales. Articulo Segundo.- ENCARGAR , a la Gerencia de Rentas la implementacion del presente Decreto de Alcaldia a Secretaria General la publicacion en el Diario Oficial el Peruano y a la Gerencia de Tecnologia de la Informacion y Estadistica su publicacion en la pagina web de esta Entidad Municipal Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 981730-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE
Aprueban el Planeamiento Integral de predio ubicado en el distrito de MORDAZA, provincia de Canete
ORDENANZA Nº 025-2013-MPC Canete, 13 de agosto del 2013 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE POR CUANTO: El Concejo Provincial de Canete, en Sesion Ordinaria de la fecha, y de conformidad a lo previsto en la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru concordante con el articulo II del Titulo preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa, en los asuntos de su competencia, dicha autonomia radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativas y de administracion; Que, el predio materia de aprobacion de Planeamiento Integral fue incorporado a la MORDAZA de expansion MORDAZA del Distrito de MORDAZA y se le asigno la zonificacion Industrial Gran Industria (I-3) mediante ordenanza Municipal Nº 004-2013-MPC, de fecha 10 de febrero del 2013; Que, de conformidad con el numeral 23.1º DEL REGLAMENTO DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL APROBADO POR D.S.Nº 004-2011VIVIENDA: "El Planeamiento Integral es un instrumento tecnico normativo mediante el cual se complementan lo depuesto por el PDM y/o el PDU, en los procesos de Habilitacion MORDAZA y en la parcelacion y/o independizacion de terrenos rusticos. Comprende la red de vias y los usos de la totalidad del predio, asi como una propuesta de integracion a la trama MORDAZA mas cercana, y segun lo establecido en el Reglamento Nacional de Edificaciones..."; Que, de conformidad con el numeral 23.2º de dicho Reglamento indica: "Los Planeamientos Integrales son aprobados por las Municipales Distritales, en los casos que establece el Reglamento Nacional de Edificaciones RNE, como condicion previa para la aprobacion de los proyectos de habilitaciones urbanas establecidas en la Ley Nº 29090, Ley de Regularizacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones y su reglamentos...";

ZONIFICACION : GRAN INDUSTRIA (I-3). NIVEL DE SERVICIO : MOLESTA CON MORDAZA GRADO DE PELIGROSIDAD. LOTE MINIMO : 2,500.00 m2. (LOTE NORMATIVO). FRENTE MINIMO : 30.00 METROS LINEALES. ALTURA : SEGUN PROYECTO DE HU. COEFICIENTE DE EDIFICACION : SEGUN PROYECTO DE HABILITACION URBANA. AREA LIBRE : SEGUN PROYECTO DE HABILITACION URBANA. COMPATIBILIDAD DE USO : COMPATIBLE CON I-1 HASTA EL 10.00 %; COMPATIBLE CON EL I-2 HASTA EL 20.00 %.

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