Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2013 (30/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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VERTICE 08 09 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 LADO 8-9 9-10 10-11 11-12 12-13 13-14 14-15 15-16 16-17 17-18 18-19 19-20 20-21 21-22 22-23 23-24 24-25 25-01 DISTANCIA 140.53 18.63 122.53 10.88 68.09 10.88 53.50 10.88 25.92 25.92 22.46 22.46 9.60 28.52 28.52 58.90 23.91 113.33 ESTE X=825647.34 X=825630.54 X=825629.85 X=825527.57 X=825518.49 X=825461.65 X=825452.57 X=825407.91 X=825398.83 X=825377.19 X=825355.55 X=825336.14 X=825315.58 X=825306.51 X=825778.80 X=825250.41 X=825191.62 X=825190.16 NORTE Y = 9133832.19 Y = 9133692.67 Y = 9133674.05 Y = 9133741.51 Y = 9133747.50 Y = 9133784.99 Y = 9133790.97 Y = 9133820.43 Y = 9133826.42 Y = 9133840.69 Y = 9133854.96 Y = 9133866.25 Y = 9133875.30 Y = 9133878.45 Y = 9133885.20 Y = 9133887.94 Y = 9133884.29 Y = 9133908.16

El Peruano Viernes 30 de agosto de 2013

Articulo 2º.- ENCARGAR a Secretaria General la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la MORDAZA de Huamachuco, a los 8 dias del mes de MORDAZA del ano 2013. POR TANTO: Mando se registre, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 980959-1

Adecuan el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial MORDAZA MORDAZA a la Ley Nº 29090
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 235-MPSC Huamachuco, 25 de MORDAZA del 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesion Extraordinaria Nº 11-2013 de fecha 25JUL2013; VISTO: El Oficio Nº 122-2013-MPSCH/GAT, que alcanza le proyecto de Ordenanza que propone la modificacion del MORDAZA, adaptado a la Ley Nº 29090, meta del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal y, el visado de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, la ley Organica de Municipalidades Nº 27972, define los Gobiernos Locales como entidades basicas de la organizacion territorial del Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos, que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses propios de las correspondientes colectividades; y, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 194º la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica acotada, tienen autonomia administrativa, economica y politica en los asuntos de su competencia; Que, la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, la Ley Nº 27444, establece la obligatoriedad de que todas las entidades del Estado elaboren y aprueben

el Texto Unico de Procedimientos Administrativos en tanto como instrumento fundamental, persigue la simplificacion del tramite administrativo y el costo real que importa dicho tramite, siendo que es requisito esencial que el costo de los tramites exigidos por cada procedimiento MORDAZA objetivos y esten sustentados tecnica y razonablemente, a traves de los informes pertinentes que con tal proposito deben evacuar cada una de las areas comprometidas de la entidad; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 141-MPSC de fecha 25NOV2009, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA, el mismo que reglamenta los procedimientos administrativos que todo ciudadano, usuario o administrado debe seguir para la prestacion de servicios, arbitrios, gestiones y otros; sin embargo, con posterioridad a su aprobacion se aprobaron dispositivos en diversas materias, que regulan procedimientos administrativos no contemplados en el MORDAZA aprobado en el ano 2009, por lo que el mismo se ha tenido que modificar mediante las Ordenanzas Nºs. 145, 151, 169, 180, 192, 201, y 206; La Ley Nº 29090, Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, modificada por las Leyes Nº 29300 y Nº 29476, tiene por objeto establecer la regulacion juridica de los procedimientos administrativos para la obtencion de las licencias de habilitacion MORDAZA y de edificacion; seguimiento, supervision y fiscalizacion en la ejecucion de los respectivos proyectos, en un MORDAZA que garantice la seguridad privada y publica; posteriormente la Ley Nº 29566, modifico diversas disposiciones con el objeto de mejorar el clima de inversion y facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias; El Decreto Supremo Nº 008-2013-VIV; reglamento que desarrolla los procedimientos administrativos dispuestos en la Ley Nº 29090; establece que dichos procedimientos estan sujetos al silencio administrativo positivo de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 29060, Ley del Silencio Administrativo; con excepcion deI procedimiento de habilitacion MORDAZA de oficio, procedimiento de aprobacion automatica; y procedimientos comprendidos en lo previsto en la Primera Disposicion Complementaria y Final de la Ley Nº 29060, Ley del Silencio Administrativo, La novena disposicion complementaria final de la Ley Nº 29812 Ley del Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2012, incorporo en el Art. 1º numeral 1.1 de la Ley 29332 y su modificatoria como parte de los objetivos del plan de incentivos a la mejora de la Gestion Municipal, la simplificacion de tramites, la mejora en la provision de servicios publicos y la prevencion de riesgos; asi mismo, establecio que el plan de incentivos de la mejora de la gestion municipal se denominara en adelante " plan de incentivos a la mejora de la gestion y Modernizacion Municipal" Que el Decreto Supremo Nº 002-2013-EF que aprueba el procedimiento para el cumplimiento de metas y la asignacion de los recursos del plan de incentivos a la mejora de la gestion y modernizacion Municipal del ano 2013 recursos en su anexo 02 Item 02 senala como meta del plan de incentivos que deben cumplir las municipalidades al 31 de MORDAZA del presente ano que las Municipalidades deben contar con un MORDAZA adaptado a la Ley Nº 29090, Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones. Que, en el numeral 38.2 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que cada dos anos, las entidades estan obligadas a publicar el integro del TUPA; Que, el numeral 9) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que es atribucion del Concejo Municipal proyectar ordenanza y exonerar sus contribuciones, arbitrios, licencias y derechos conforme a Ley; Que conforme al documento del visto emitido por la Gerencia de Administracion Tributaria, el cual basado en el modelo propuesto por la Direccion General de Presupuesto Publico y el Consejo Nacional de la Competitividad del Ministerio de Economia y Finanzas para el cumplimiento de la Meta Nº 02, luego de su revision y evaluacion da el visto MORDAZA al MORDAZA adecuado a la Ley Nº 29090, Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones" establecida en el MORDAZA del Plan de Incentivos del MEF ano 2013 y la visacion del a Gerencia de Asesoria Juridica. Estando a lo MORDAZA expuesto, con las visaciones de Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion, Gerencia de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo Institucional y Gerencia de Asesoria Juridica; en uso de las facultades

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