Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2013 (30/08/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 62

502072
de CINCUENTA MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50,439.00) por la fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias; N° 083-2013/JNAC/RENIEC (07MAR2013) hasta por la suma de CINCUENTA MILLONES SEISCIENTOS DIECISIETE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50,617,985.00) por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados; N° 088-2013/JNAC/RENIEC (08MAR2013) hasta por la suma de CINCUENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 56,973.00) por la fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias; N° 104-2013/JNAC/RENIEC (25MAR2013) hasta por la suma de SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 759,965.00) por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; N° 107-2013/JNAC/RENIEC (27MAR2013) hasta por la suma de VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES) por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios N° 1312013/JNAC/RENIEC (22ABR2013) hasta por la suma de CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES MIL CIENTO OCHENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 473,181.00) por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados; N° 143-2013/JNAC/RENIEC (06MAY2013) hasta por la suma de NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL CIENTO VEINTISEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 994,126.00) por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Que mediante la Resolucion Jefatural N° 1242013/JNAC/RENIEC (10ABR2013), se aprobo el MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones y la Estructura Organica (ROF) del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (RENIEC), el cual ha dispuesto modificaciones organicas y funcionales en la organizacion institucional; Que la Sub Gerencia de Planificacion de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto mediante los documentos de vistos, sustenta la reprogramacion del Plan Operativo Institucional 2013, en atencion a las modificaciones presupuestarias aprobadas y la implementacion de las disposiciones contenidas en el Reglamento de Organizacion y Funciones y la Estructura Organica del RENIEC; Que en virtud a lo establecido en el numeral 3) del articulo 10 del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, corresponde la publicacion obligatoria de las resoluciones administrativas cuando su contenido se relacione con la aprobacion de documentos de gestion; Que de otro lado, mediante Resolucion Jefatural N° 270-2013/JNAC/RENIEC (27AGO2013), se encarga a la senora MORDAZA Magdelyn MORDAZA Aransaenz, Secretaria General, el despacho administrativo de la Jefatura Nacional del RENIEC, con retencion de su cargo, del 28 al 30 de Agosto de 2013; y Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley N° 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; al Reglamento de Organizaciones y Funciones aprobado por Resolucion Jefatural N° 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y al numeral 1 del articulo 10 del Decreto Supremo N° 0012009-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la Reprogramacion del Plan Operativo Institucional del Ano Fiscal 2013, al 15 de MORDAZA del 2013, cuyo texto, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolucion Jefatural. Articulo Segundo.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion Jefatural en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional www.reniec.gob.pe, el texto del Plan Operativo Institucional 2013 aprobado. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento al Organo de Control Institucional el contenido de la presente Resolucion Jefatural. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA ARANSAENZ Jefe Nacional (e) 982148-1

El Peruano Viernes 30 de agosto de 2013

MINISTERIO PUBLICO
Modifican el "Reglamento de Aplicacion del MORDAZA de Oportunidad" aprobado por Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 1470-2005-MP-FN
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 2508-2013-MP-FN MORDAZA, 26 de agosto del 2013 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, el Ministerio Publico es un organismo constitucionalmente MORDAZA, cuyas funciones principales son la defensa de la legalidad, la representacion de la sociedad en juicio, para los efectos de defender a la familia, a los menores e incapaces y el interes social, la persecucion del delito y la reparacion civil. La independencia de los organos judiciales y la recta administracion de justicia; Que, mediante Resolucion de Fiscalia de la Nacion N° 1470-2005-MP-FN, se aprobo el Reglamento de la Aplicacion del MORDAZA de Oportunidad, senalandose el procedimiento para que los Fiscales Provinciales Penales o Mixtos, basandose en razones de economia procesal y utilidad publica, puedan decidir abstenerse de ejercitar la accion penal, como un medio para la solucion pacifica del conflicto social generado por delitos de minima significancia y afectacion del interes publico, asi como la conclusion del MORDAZA penal por un acto distinto a la sentencia; Que, en el Reglamento de la Aplicacion del MORDAZA de Oportunidad, para los casos de conduccion de vehiculos motorizados en estado de ebriedad, no se han fijado criterios para la imposicion de indemnizacion por reparacion civil a favor del agraviado o sociedad y los senores Fiscales Provinciales Penales o Mixtos del MORDAZA vienen fijando montos indemnizatorios variados, teniendo como unico referente lo senalado en los articulos 45º y 46° del Codigo Penal; y sin tener en cuenta los casos de reincidencia; Que, el articulo 4° de la Ley N° 27753, ha incorporado como Anexo al Codigo Penal, la Tabla de Alcoholemia senalando niveles de intoxicacion alcoholica en la sangre, clasificando estos niveles en cinco periodos: subclinico, ebriedad, ebriedad absoluta, grave alteracion de la conciencia y coma; Que, en este contexto y con la finalidad de uniformizar los criterios minimos para la fijacion del monto de indemnizacion por Reparacion Civil en los casos de conduccion en estado de ebriedad, resulta necesario incorporar al Reglamento de Aplicacion del MORDAZA de Oportunidad la "Tabla de Referencias para la Reparacion Civil por Conduccion en Estado de Ebriedad" en que se senala parametros referenciales para fijar el monto de reparacion, precisandose en concordancia con lo dispuesto en la Ley N° 30076, que cuando en ocasion anterior el imputado se MORDAZA acogido al MORDAZA de Oportunidad o Acuerdo Reparatorio, el monto minimo indemnizatorio que fije el Fiscal se duplicara, como una medida para disuadir en la ciudadania la conduccion en estado de ebriedad; Que, en ese sentido, es necesario modificar el numeral 6 del articulo 12°, articulo 22° y Tercera Disposicion Final del referido Reglamento, en el caso de la conduccion en estado de ebriedad, la dependencia a donde remitiran los certificados y otros, asi como el cambio de la denominacion de Distrito Judicial por Distrito Fiscal, dispuesta en la Resolucion de Fiscalia de la Nacion N° 1177-2013-MPFN, y la denominacion de Fiscal Superior Decano por Presidente de la Junta de Fiscales Superiores; Con los vistos de la Gerencia General, Gerencia Central de Finanzas, Oficina Central de Planificacion y Presupuesto y Oficina de Asesoria Juridica, y; En uso de las facultades establecidas en el articulo 64° de la Ley Organica del Ministerio Publico, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Incorporar en el "Reglamento de Aplicacion del MORDAZA de Oportunidad" aprobada por Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 1470-2005-MPFN, el Anexo 01 "TABLA DE REFERENCIAS PARA LA

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.