Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2013 (15/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA 15 de diciembre de 2013

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ascenderian aproximadamente a 2120, la que sumaria un total de 706 expedientes para cada uno en promedio. c) Expedientes resueltos de 1207, con un promedio de 402 por cada uno de ellos. d) Considerando que para producir un estandar de 1000 expedientes anuales, se requiere una carga minima adicional del 30% (1300), los ingresos promedio proyectados para cada uno de ellos de 706 expedientes indicarian que estan lejos de llegar al minimo requerido, por lo que dichos organos jurisdiccionales se encuentran en situacion de subcarga. e) El numero ideal de organos jurisdiccionales para los ingresos que presentan los Juzgados de Paz Letrados que se ubican en sede de Corte Superior deberia ser de uno, denominandose Juzgado de Paz Letrado Mixto. Por tal motivo, resulta conveniente que uno de los aludidos Juzgados de Paz Letrados Permanentes sea reubicado al Distrito de MORDAZA, puesto que el referido distrito se encuentra a una distancia de 11,69 Km de la sede de la Corte Superior de Justicia de Canete y no cuenta con un organo jurisdiccional de paz letrado que pueda brindar oportuno y mejor servicio de administracion de justicia. Tercero. Que el articulo MORDAZA de la Resolucion Administrativa N° 245-2012-CE-PJ, de fecha 5 de diciembre de 2012, preve que "Las posibles necesidades de incremento de organos jurisdiccionales (...), deberan ser cubiertas prioritariamente mediante la reubicacion y/o conversion de otros organos jurisdiccionales, permanentes o transitorios, o mediante la creacion de nuevos organos jurisdiccionales siempre que se tenga el respectivo financiamiento". Cuarto. Que la facultad de convertir y reubicar organos jurisdiccionales, asi como aprobar la demarcacion de los Distritos Judiciales y la modificacion de sus ambitos de competencia territorial y funcional, conforme a lo dispuesto en el 82°, inciso 25), del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, y en el articulo 7°, inciso 27), del Reglamento de Organizacion y Funciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, es una funcion que mediante ley ha sido conferida a este Organo de Gobierno, por lo que su ejecucion y puesta en practica constituyen decisiones que se encuentran dentro de la tipica esfera de los actos de administracion. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 845-2013 de la MORDAZA sexta sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, sin la intervencion del senor De MORDAZA MORDAZA por encontrarse de licencia. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Reubicar, a partir del 1 de enero de 2014, el 2° Juzgado de Paz Letrado Permanente del Distrito de San MORDAZA, Corte Superior de Justicia de Canete, como Juzgado de Paz Letrado Permanente del Distrito de MORDAZA, del mismo Distrito Judicial, que en adicion de funciones actuara como Juzgado de Investigacion Preparatoria. Articulo Segundo.- Disponer que a partir del 1 de enero de 2014 el Juzgado de Paz Letrado Permanente de Mala excluya de su competencia territorial solo al Distrito de MORDAZA, y comprenda a los Distritos de Mala, MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, San MORDAZA y Calango, remitiendo la carga procesal de expedientes y en estado de ejecucion en los cuales los demandados tengan domicilio real en el Distrito de MORDAZA al MORDAZA Juzgado de Paz Letrado Mixto Permanente de Chilca. Articulo Tercero.- Denominar a partir del 1 de enero de 2014 el 1° Juzgado de Paz Letrado Permanente del Distrito de San MORDAZA de Canete como Juzgado de Paz Letrado Mixto Permanente del Distrito de San MORDAZA de Canete. Articulo Cuarto.- Facultar a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Canete para que adopte las medidas administrativas, en relacion a la proporcional redistribucion de la carga procesal de los organos jurisdiccionales materia de la presente resolucion. Articulo Quinto.- Los actuales Juzgados de Paz de Primera y MORDAZA Nominacion de MORDAZA entregaran su

Articulo 2º.- Disponer la exclusion de los valores senalados en el articulo 1º de la presente Resolucion del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Articulo 3º.- La presente Resolucion debe ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano" y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe). Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion a Banco Interamericano de Finanzas, en su calidad de emisor, de entidad estructuradora y de agente colocador; a BBVA Banco Continental, en su calidad de representante de los obligacionistas; a CAVALI S.A. ICLV y a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Intendente General Intendencia General de Supervision de Conductas 1026393-1

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Reubican, convierten y amplian competencia territorial de diversos organos jurisdiccionales de las cortes Superiores de Justicia de Canete, San MORDAZA, MORDAZA y del MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 289-2013-CE-PJ MORDAZA, 28 de noviembre de 2013 VISTOS: El Oficio N° 170-2013-GO-CNDP-CE/PJ e Informe N° 070-2013-GO-CNDP-CE/PJ, remitidos por el Gerente Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal. CONSIDERANDO: Primero. Que el Gerente Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal, previa coordinacion con el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Canete, somete a consideracion de este Organo de Gobierno propuesta para reubicar el 2° Juzgado de Paz Letrado Permanente del Distrito de San MORDAZA, al Distrito de MORDAZA como Juzgado de Paz Letrado de ese distrito. Asimismo, el Presidente del referido Distrito Judicial propone que el mencionado organo jurisdiccional asuma funciones de Juzgado de Investigacion Preparatoria, y que los Juzgados de Paz de Primera y MORDAZA nominacion del Distrito de MORDAZA entreguen su carga procesal y bienes al Juzgado de Paz Letrado materia de reubicacion; en aras de optimizar el servicio de justicia. Segundo. Que, al respecto, la Gerencia Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal mediante Informe N° 070-2013-GO-CNDPCE/PJ, sustenta la propuesta de reubicar el 2° Juzgado de Paz Letrado Permanente del Distrito de San MORDAZA, como Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA, Provincia Canete, en los siguientes fundamentos: a) Del analisis de la informacion estadistica oficial, se observa que el 1° y 2° Juzgado de Paz Letrados del Distrito de San MORDAZA de Canete, al mes de agosto del presente ano presentan carga procesal inicial de 1104 expedientes principales, con un promedio de 368 cada uno. b) Ingreso de 1349 expedientes principales, los mismos que proyectados a diciembre del presente ano

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