Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2013 (15/12/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA 15 de diciembre de 2013

509273
MORDAZA MORDAZA, Juez del Juzgado de Paz de MORDAZA Nominacion de MORDAZA MORDAZA, en tanto mediante la publicacion del Semanario "Vista Previa", de fecha treinta de agosto de dos mil diez, se tomo conocimiento que el investigado se habria presentado como regidor por la agrupacion politica Fuerza Arequipena, pese a encontrarse impedido, conforme a lo previsto en el articulo ciento cincuenta y tres de la Constitucion Politica del Estado. Asimismo, con fecha uno de setiembre de dos mil diez, el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicito al Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA la inmediata separacion y/o destitucion, por grave responsabilidad funcional en el cargo de Juez de Paz de MORDAZA Nominacion de MORDAZA MORDAZA que ostenta el investigado, por participar como candidato a regidor municipal por la agrupacion politica Fuerza Arequipena del Distrito de MORDAZA MORDAZA, adjuntando para tal efecto declaracion jurada de la hoja MORDAZA del candidato (investigado) presentada ante el MORDAZA Nacional de Elecciones. Segundo. Que mediante resolucion numero veintidos del once de MORDAZA de dos mil doce, la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial propone al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial se imponga al investigado MORDAZA MORDAZA la medida disciplinaria de destitucion, en su actuacion como Juez del Juzgado de Paz de MORDAZA Nominacion de MORDAZA MORDAZA, Corte Superior de Justicia de Arequipa; asi como le impuso medida cautelar de suspension preventiva en el ejercicio de todo cargo en el Poder Judicial, en tanto se resuelva su situacion disciplinaria definitivamente, bajo el sustento que siendo Juez de Paz se sometio a la postura politica de la agrupacion Fuerza Arequipena, presentando su candidatura como regidor por dicha agrupacion politica en las elecciones municipales del ano dos mil diez. Situacion que afecta su deber de independencia que debe preservar todo juez por la funcion del cargo que ostenta, inobservando asi el mandato constitucional previsto en el articulo ciento cincuenta y tres de la Constitucion Politica del Estado y el articulo cuarenta, inciso seis, de la Ley de la MORDAZA Judicial, que precisan la prohibicion a los jueces de participar en politica. Tercero. Que solicitando un reexamen de la resolucion emitida por la Jefatura del Organo de Control de la Magistratura, el investigado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA interpuso recurso de apelacion, de fojas ciento sesenta y dos, sosteniendo como agravios: a) Que se ha incurrido en errores sustanciales de interpretacion de la MORDAZA y de las pruebas producidas, ya que el articulo ciento cincuenta y tres de la Constitucion Politica del Estado hace un enunciado generico de las prohibiciones del juez, entendiendose como un deber no participar en politica, en la medida que pudiera afectar su imparcialidad en su actuacion, y en el caso concreto, no se ha llegado a determinar la imparcialidad o no en su actuacion como Juez de Paz con las pruebas producidas. b) Que la interpretacion de la MORDAZA constitucional es legalista y no va mas alla del real sentido de la MORDAZA, no se ha realizado un analisis sesudo del MORDAZA de la MORDAZA, ya que se ha propuesto una sancion extrema con una interpretacion literal generica. c) Que no se ha considerado que el recurrente presento una solicitud de licencia temporal al cargo, no recibiendo respuesta alguna de parte de la Oficina encargada de Apoyo a la Justicia de Paz, para que se le sustituya en el cargo durante el periodo eleccionario. d) Que el hecho de servir a su comunidad no significa afiliarse a un partido politico, al ser candidato a una regiduria dentro de la comunidad donde reside; y, e) Que el Juez de Paz no esta comprendido dentro de la MORDAZA judicial y al no estar considerado como funcionario publico o servidor, no percibe remuneracion de parte del Estado. Cuarto. Que el Poder Judicial es un Poder del Estado regulado por la Constitucion Politica del Estado y el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, con potestad de administrar justicia, ejerciendo tal funcion a traves de sus organos jerarquicos, siendo en su ejercicio funcional MORDAZA en lo politico, administrativo, economico, disciplinario e independiente

MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cardenas; sin la intervencion del senor De MORDAZA MORDAZA por encontrarse de licencia, de conformidad con el informe del senor Lecaros MORDAZA, en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar fundada, por motivos excepcionales y justificados, la solicitud de destaque temporal presentada por la doctora MORDAZA Medalith MORDAZA MORDAZA, Juez Titular del Juzgado Mixto de Oyon, Corte Superior de Justicia de Huaura, a una plaza del mismo nivel en el Distrito Judicial del Callao; en consecuencia, disponer que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao designe de manera temporal a la mencionada juez como Juez Especializado de la Corte Superior de Justicia del Callao. Articulo Segundo.- El destaque temporal es por el plazo de un ano, contado a partir del dia siguiente de publicada la presente resolucion; y no constituye precedente administrativo. Articulo Tercero.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Huaura y del Callao, Gerencia General del Poder Judicial y a la interesada, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1027964-11

Confirman resolucion en extremo que impuso a magistrado medida cautelar de suspension preventiva en el ejercicio de todo cargo en el Poder Judicial, por su actuacion como Juez del Juzgado de Paz de MORDAZA Nominacion de MORDAZA MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
INVESTIGACION ODECMA N° 050-2012-AREQUIPA MORDAZA, diez de MORDAZA de dos mil trece. VISTOS: La Investigacion ODECMA numero cincuenta guion dos mil doce guion MORDAZA que contiene la propuesta de destitucion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su desempeno como Juez del Juzgado de Paz de MORDAZA Nominacion de MORDAZA MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, remitida por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial mediante resolucion numero veintidos, de fecha once de MORDAZA de dos mil doce. Asimismo, el recurso de apelacion interpuesto por el investigado contra la citada resolucion, en el extremo que le impuso medida cautelar de suspension preventiva en el ejercicio de todo cargo en el Poder Judicial, en tanto se resuelva su situacion disciplinaria definitivamente; de fojas ciento cuarenta y uno a ciento cuarenta y ocho. CONSIDERANDO: Primero. Que por resolucion numero cero uno guion dos mil diez guion Jefatura del treinta y uno de agosto de dos mil diez, de fojas trece, el Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, dispuso abrir investigacion preliminar contra el senor MORDAZA MORDAZA

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.