Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2013 (15/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA 15 de diciembre de 2013

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POR TANTO: Mando se registre, notifique, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al dia 06 DIC. 2013 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Tacna 1027908-1

habilidades digitales, en el MORDAZA del Plan Nacional para el Desarrollo de la Banda Ancha en el Peru. Que, con el Oficio Nº 5712-2013-GRI/GOB.REG. TACNA, de fecha 09 de setiembre del 2013 emitido por la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Tacna; el oficio Nº 0616-2013-DRTyC.T/GOB. REG.TACNA, de fecha 04 de setiembre del 2013 emitido por el Director Regional de Transportes y Comunicaciones de Tacna; el Informe Nº 117-2013-DC-DRTyCT/GOB.REG. TACNA, de fecha 04 de setiembre del 2013, emitido por el Director de Comunicaciones de la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones de Tacna; el Oficio Nº 3688-2013-GGR/GOB.REG.TACNA, de fecha 23 de setiembre del 2013 emitido por la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Tacna; el Informe Nº228-2013-GGR-OTI/GOB.REG.TACNA, de fecha 21 de agosto del 2013 emitido por el Director de la Oficina de Tecnologia de la Informacion del Gobierno Regional de Tacna y demas documentacion anexada, se sustenta y recomienda la aprobacion de la propuesta normativa. Que, la Comision Ordinaria de Infraestructura del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procede a emitir el Dictamen Nº 007-2013-CRCOI de fecha 23 de setiembre del 2013, a traves del cual se aprueba la propuesta de Ordenanza Regional: "DECLARESE DE INTERES Y NECESIDAD REGIONAL IMPULSAR EL DESARROLLO, UTILIZACION Y MASIFICACION DE LA BANDA ANCHA EN LA REGION TACNA", dictamen que se puso a consideracion del Pleno del Consejo Regional, en Sesion Ordinaria de fecha 30 de setiembre del 2013. Que, el Pleno del Consejo Regional, en merito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los articulos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesion Ordinaria de la fecha, ha aprobado por unanimidad la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- DECLARASE DE INTERES Y NECESIDAD REGIONAL IMPULSAR EL DESARROLLO, UTILIZACION Y MASIFICACION DE LA BANDA ANCHA EN LA REGION TACNA, con la finalidad de promover el despliegue de infraestructura, servicios, contenidos, aplicaciones y habilidades digitales, en el MORDAZA del Plan Nacional para el Desarrollo de la Banda Ancha en el Peru. Articulo Segundo.- DISPONER que el Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Tacna, determine en su presupuesto institucional los recursos necesarios, para los fines a que se refiere el articulo primero de la presente MORDAZA regional. Articulo Tercero.- DISPONER que el Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Tacna promueva los convenios que MORDAZA necesarios con el Gobierno Central a traves del Fondo de Inversion en Telecomunicaciones ­ FITEL, con la finalidad de formular y ejecutar el Proyecto de Conectividad Integral en Banda Ancha para el Desarrollo Social del MORDAZA - Region Tacna. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Tacna y a la Direccion Regional de Transporte y Comunicaciones de Tacna la implementacion de la presente Ordenanza Regional. Articulo Quinto.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Sexto.- PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA electronico de la institucion, en cumplimiento de lo dispuesto por el articulo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, disponiendo que dicha publicacion sea efectuada por la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Tacna Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgacion. En la MORDAZA de Tacna, al dia treinta de setiembre del ano dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA LLANCAY Presidenta Consejo Regional de Tacna

Declaran caducidad por no pago oportuno de Derecho de Vigencia correspondiente a los anos 2012 y 2013 de diversos derechos mineros
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 75-2013-DRSEM/G.R.TACNA 28 de noviembre del 2013 VISTOS; las Resoluciones de Presidencia Nº 1282012-INGEMMET/PCD de fecha 28 de agosto de 2012 y Nº 1123-2013-INGEMMET/PCD de fecha 27 de agosto de 2013, publicadas el 31 de agosto del ano 2012 y 28 de agosto del ano 2013 respectivamente; el Informe Nº 32432013-INGEMMET/DDV/L de fecha 23 de octubre de 2013 de la Direccion de Derecho de Vigencia del INGEMMET, e Informe Nº 100-2013-DRSEMT/GOB.REG.TACNA de la Direccion Regional Sectorial de Energia y Minas de Tacna, asi como los Expedientes de Derechos Mineros DIABLO FUERTE 50, con codigo Nº 73-00023-11, DIABLO FUERTE 51, con codigo Nº 73-00024-11 y QUEBRADA HONDA DE SAMA, con codigo Nº 73-00027-11; y, CONSIDERANDO: Que, el Derecho de Vigencia y/o Penalidad constituyen obligaciones fijadas por el Estado a los titulares de actividad minera para mantener vigente sus derechos mineros, las que son exigibles entre el 01 de Enero al 30 de Junio de cada ano; siendo factible que las deudas vencidas y no pagadas en su oportunidad pueden regularizarse con los pagos efectuados en el ano siguiente, dentro del plazo ya indicado, conforme a lo dispuesto por los articulos 39º y 59º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; Que, los pagos realizados sin utilizar el codigo unico del derecho minero, deben acreditarse dentro del mes siguiente de efectuados; asi como los acreditados extemporaneamente, previo pago del derecho de tramite correspondiente, conforme al articulo 37º del Decreto Supremo Nº 03-94-EM; modificado este ultimo por el Articulo 1º del D.S. Nº 043-2004-EM. Que, la caducidad de petitorios y concesiones mineros se produce por el no pago oportuno del Derecho de Vigencia y/o Penalidad, segun sea el caso, durante dos anos consecutivos, conforme lo dispone el articulo 59º de la Ley General de Mineria - Decreto Supremo Nº 014-92EM; Que, la Direccion de Derecho de Vigencia propone la relacion de los derechos mineros en causal de caducidad, conforme lo dispone el articulo 32º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Geologico Minero y Metalurgico - INGEMMET, aprobado por el Decreto Supremo Nº 035-2007-EM; Que, con Oficio Nº 745-2013-INGEMMET/DDV, la Direccion de Derecho de Vigencia del INGEMMET remite al Presidente del Gobierno Regional de Tacna, el Informe Nº 3243-2013-INGEMMET/DDV/L de fecha 23 de octubre de 2013, que contiene la relacion de petitorios y concesiones mineras en causal de caducidad por el incumplimiento de los pagos del Derecho de Vigencia de los anos 2012 y 2013; aprobados por Resoluciones de Presidencia Nº 128-2012-INGEMMET/PCD Nº de fecha 28 de agosto de 2012 y Nº 123-2013-INGEMMET/PCD de fecha 27 de agosto de 2013, asi como el cuadernillo de caducidades correspondiente. Que, de la revision al Archivo que obra en la Direccion Regional Sectorial de Energia y Minas de Tacna se ubican los

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