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El Peruano Miércoles 18 de diciembre de 2013 509437 representativos presentan al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo las ternas correspondientes; Que, por Resolución Ministerial Nº 138-2008- MINCETUR/DM, de fecha 20 de agosto de 2008, modifi cada mediante Resolución Ministerial Nº 092-2010- MINCETUR/DM, de fecha 20 de mayo de 2010, fueron designados los representantes de los miembros integrantes del Comité Especial en mención, pertenecientes al sector turístico privado; Que, a fi n de renovar su representación ante el mencionado Comité Especial, los miembros referidos en el considerando precedente han comunicado el cambio de sus representantes, cumpliendo con proponer la terna correspondiente conforme a lo establecido en el artículo 7° del Reglamento de la Ley que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2003- MINCETUR; en este sentido, corresponde modifi car la designación efectuada mediante la Resolución Ministerial Nº 138-2008-MINCETUR/DM y modifi cada por Resolución Ministerial Nº 092-2010-MINCETUR/DM, teniendo en cuenta dichas propuestas y conforme a los documentos del Visto; De conformidad con la Ley N° 27990, Ley de Organización y Funciones del MINCETUR, Ley Nº 27889, Ley que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la promoción y desarrollo turístico nacional y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 007- 2003-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el artículo 1° de la Resolución Ministerial N° 138-2008-MINCETUR/DM y modifi cado por el artículo 1° de la Resolución Ministerial Nº 092-2010- MINCETUR/DM, en la parte referida a la designación de los representantes del sector privado ante el Comité Especial del Fondo para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, creado por Ley N° 27889, de acuerdo al siguiente detalle: - Señora Verónica Napuri de Wicks, en representación de la Cámara Nacional de Turismo – CANATUR; - Señora Liliana Picasso Salinas, en representación de los Establecimientos de Hospedaje y Afi nes del país; - Señor Enrique Quiñones Pareja, en representación de las Agencias de Viajes y Operadores Turísticos; y - Señora Nani Garrués Aramburú, en representación de las Líneas Aéreas. Artículo 2º.- Dar las gracias a los miembros salientes por su contribución al Comité Especial antes referido. Artículo 3º.- Mantener la vigencia de los demás extremos de la Resolución Ministerial N° 138-2008- MINCETUR/DM, modifi cada por la Resolución Ministerial Nº 092-2010-MINCETUR/DM. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1028871-1 DEFENSA Autorizan ampliación de permanencia de oficial de la Marina de Guerra del Perú en EE.UU. para que continúe desempeñándose como instructor del Curso de Comando y Estado Mayor, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 771-2013-DE/MGP Lima, 17 de diciembre de 2013 Visto, el Ofi cio P.200-1684 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 19 de agosto de 2013; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 633-2011- DE/MGP, de fecha 27 de diciembre de 2011, se autorizó el viaje en Comisión de Servico del Capitán de Fragata José Luis RIVA Acosta, para que se desempeñe como Instructor Adicional en el Instituto de Cooperación para la Seguridad Hemisférica (WHINSEC) Fort Benning, ciudad de Columbus, Estado de Georgia, Estados Unidos de América, del 28 de diciembre de 2011 al 28 de diciembre de 2013; Que, por Resolución Suprema Nº 304-2012-DE/MGP, de fecha 27 de junio de 2012, se modifi có el artículo 2º de la Resolución Suprema Nº 633-2011-DE/MGP, de fecha 27 de diciembre de 2011, en el sentido de considerar el pago por concepto de pasajes aéreos de ida de su cónyuge e hijos del Capitán de Fragata José Luis RIVA Acosta; así como, el pago por gastos de traslado de ida, equivalente a UNA (1) Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero; Que, el Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América, hace de conocimiento de la Marina de Guerra del Perú, que el Director del Instituto de Cooperación para la Seguridad Hemisférica (WHINSEC) de los Estados Unidos de América, ha solicitado la ampliación de permanencia del Capitán de Fragata José Luis RIVA Acosta, para que continúe desempeñándose como Instructor del Curso de Comando y Estado Mayor en la Escuela de Estudios Militares Profesionales de ese Instituto, del 29 de diciembre de 2013 al 31 de agosto de 2014; Que, la actividad antes señalada no se encuentra considerada en el Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2013, aprobado por Resolución Suprema Nº 091-2013-DE, de fecha 15 de marzo de 2013 y su modifi catoria, aprobada con Resolución Suprema Nº 405-2013-DE, de fecha 12 de agosto de 2013, debido a que la invitación fue recibida con posterioridad a su aprobación; sin embargo, en atención al interés de la Marina de Guerra del Perú, y la importancia de la actividad, resulta pertinente expedir la autorización de viaje correspondiente; Que, el artículo 17º, inciso D) de la Ley Nº 28359 - Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, establece entre otros aspectos relativos a la asignación de empleo la causal “Necesidad del Servicio”, entendiéndose éste como una facultad discrecional de la autoridad administrativa, que de acuerdo a la conveniencia e intereses del Estado, como en el presente caso permite disponer la emisión de un acto administrativo, autorizando la ampliación de permanencia del Capitán de Fragata José Luis RIVA Acosta, para que se desempeñe como Instructor del Curso de Comando y Estado Mayor en la Escuela de Estudios Militares Profesionales del Instituto de Cooperación para la Seguridad Hemisférica (WHINSEC) Fort Benning, ciudad de Columbus, Estado de Georgia, Estados Unidos de América, del 29 de diciembre de 2013 al 31 de agosto de 2014; Que, teniendo en cuenta que la ampliación de permanencia en Comisión de Servicio abarca más de un ejercicio presupuestal, los pagos correspondientes al período comprendido del 29 al 31 de diciembre de 2013, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; y, para completar el período de duración de la Comisión de Servicio a partir del 1 de enero al 31 de agosto de 2014, será con cargo al Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal respectivo; Que, los gastos que ocasione la ampliación de permanencia del 29 al 31 de diciembre de 2013, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2013 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008-DE/SG, de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios