Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2013 (18/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano Miercoles 18 de diciembre de 2013

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Articulo 2°.- Encargar a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a traves de la Oficina de Planificacion y Gestion Institucional el desarrollo de las acciones pertinentes para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Documento Tecnico aprobado. Articulo 3°.- La presente Resolucion Ministerial sera publicada en el Diario Oficial "El Peruano". La presente Resolucion Ministerial y el Documento Tecnico denominado: Plan Operativo 2013 Reformulado de la Unidad Ejecutora 001 - Administracion Central Ministerio de Salud, que forma parte integrante de la presente Resolucion, seran publicados en el MORDAZA institucional del Ministerio de Salud, en la direccion electronica: http://www.minsa.gob.pe/transparencia/dge_ normas.asp. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud. 1029170-1

de calendario o una nota modificatoria, estas deben estar debidamente sustentadas y ser reportadas en los informes de seguimiento y/o evaluacion del POA; Que, con documento del visto, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud, sustenta la necesidad de reformular el Plan Operativo Anual 2013, senalando que esta reformulacion tiene como "(...) proposito de redefinir los resultados a alcanzar en el ano 2013, en concordancia con las prioridades establecidas por la actual gestion del Ministerio de Salud. Un aspecto relevante entre las prioridades de la actual gestion es la consolidacion del fortalecimiento de la rectoria que debe ser expresada en el Plan Operativo, por tanto fue necesario tambien, pasar la programacion por el tamiz de las dimensiones de la rectoria que ser abordadas por los organos de linea del Ministerio de Salud"; Que, asimismo, senala que el objetivo de la reformulacion del Plan Operativo Anual 2013 de la Unidad Ejecutora 001 de la Administracion Central del Ministerio de Salud, es contar con un Plan Operativo que responda a la Politica de Salud expresada en sus Objetivos Generales Institucionales y que cada Objetivo General este estructurado, con un enfoque de procesos, en los resultados y productos/servicios que se entregan al ciudadano, priorizando los lineamiento de la gestion; Que, el numeral 6.2.2 de la Directiva Administrativa N° 192-MINSA-OGPP V.01, "Directiva Administrativa para el Planeamiento Operativo, Presupuestal y de Inversiones del ano 2013 del Ministerio de Salud", aprobada mediante Resolucion Ministerial N° 264-2013/MINSA, establece entre las situaciones que conllevan a la reformulacion del Plan Operativo Anual 2013 de la Administracion Central del Ministerio de Salud, la reformulacion de los objetivos especificos por cambios de prioridades en la organizacion o su entorno; Que, el MORDAZA MORDAZA de accion, establecido en el MORDAZA de la Politica de Modernizacion de la Gestion Publica, asi como por el cambio de prioridades de la actual gestion, han dado lugar a la reformulacion del Plan Operativo 2013 de la Unidad Ejecutora 001 de la Administracion Central Ministerio de Salud, por tanto es necesario formalizar dichos cambios; Estando a lo propuesto por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en el Informe del visto; Con el visado del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del articulo 25° de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobada con Decreto Legislativo N° 1161; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar el Documento Tecnico denominado: Plan Operativo 2013 Reformulado de la Unidad Ejecutora 001 - Administracion Central Ministerio de Salud, el mismo que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial.

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan a Escuela de Conductores Integrales La Pontificia S.A.C. impartir cursos de capacitacion en su calidad de Escuela de Conductores Integrales
RESOLUCION DIRECTORAL N° 5247-2013-MTC/15 MORDAZA, 6 de diciembre de 2013 VISTOS: Los Partes Diarios N°s 163580 y 176790, presentados por la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES LA PONTIFICIA S.A.C., y; CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtencion de la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el articulo 43º que establece las condiciones de acceso, asi como el articulo 51º que senala los requisitos documentales; Que, mediante Resolucion Directoral N° 36392013-MTC/15 de fecha 05 de setiembre de 2013, se autorizo a la empresa denominada ESCUELA DE

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan mas de una pagina, se adjuntara un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCION

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