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El Peruano Miércoles 18 de diciembre de 2013 509441 VISTO: El Expediente Nº 14267610 sobre otorgamiento de concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica, presentado por la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronoroeste S.A., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 00110544 del Registro de Personas Jurídicas, Zona Registral Nº I Sede Piura, Ofi cina Registral de Piura; CONSIDERANDO: Que, la solicitud de concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica comprende la Línea de Transmisión de 22,9 kV S.E. Máncora - S.E. Los Órganos – Seccionamiento Ballena – Derivación El Ñuro, ubicada en el departamento de Piura, provincia de Talara, distritos de Máncora, Los Organos y El Alto, cuyas coordenadas UTM (PSAD56) fi guran en el Expediente; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 023-2007- MEM/AAE, de fecha 09 de enero de 2007, la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos del Ministerio de Energía y Minas aprobó el Estudio de Impacto Ambiental de la Línea de Transmisión de 22,9 kV S.E. Máncora - S.E. Los Órganos - Seccionamiento Ballena. Que, la petición está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 25 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en los artículos pertinentes de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentación; Que, la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas, luego de haber verifi cado y evaluado que la empresa peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 702-2013-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía del Ministerio de Energía y Minas; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a favor de Electronoroeste S.A., la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión de 22,9 kV S.E. Máncora - S.E. Los Órganos – Seccionamiento Ballena – Derivación El Ñuro, ubicada en el departamento de Piura, provincia de Talara, distritos de Máncora, Los Organos y El Alto, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 2.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son los siguientes: Salida / Llegada de la línea transmisión Tensión (kV) Nº de Ternas Longitud (km) Ancho de Faja de servidumbre que corresponde (m) S.E. Máncora - S.E. Los Órganos – Seccionamiento Ballena – Derivación El Ñuro 22,9 01 22,66 11 Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión Nº 429-2013 a suscribirse entre el Ministerio de Energía y Electronoroeste S.A., el cual consta de 17 cláusulas y 03 anexos. Artículo 4.- Autorizar al Director General de Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir, en representación del Estado, el Contrato de Concesión, aprobado en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 5.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá incorporarse en la Escritura Pública que origine el Contrato de Concesión Nº 429-2013 referido en el artículo 3 de esta Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez, y será notifi cada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha publicación, conforme a lo previsto en el artículo 53 del acotado Reglamento. Artículo 7.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 1029299-6 Otorgan a favor de Sindicato Energético S.A. - SINERSA concesión definitiva para desarrollar actividad de generación de energía eléctrica en futura central hidroeléctrica que se ubicará en los departamentos de Lambayeque y Piura RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 079-2013-EM Lima, 17 de diciembre de 2013 VISTO: El Expediente Nº 11328013 sobre otorgamiento de concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica, iniciado por Sindicato Energético S.A. - SINERSA, persona jurídica inscrita en la Partida Nº 00304697 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral Lima y Callao, Ofi cina Lima; CONSIDERANDO: Que, Sindicato Energético S.A. - SINERSA, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesión defi nitiva para desarrollar actividades de generación de energía eléctrica en la futura Central Hidroeléctrica Olmos 1, con una potencia instalada de 51 MW, al amparo de lo dispuesto por el artículo 25 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y los artículos pertinentes de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la futura instalación citada en el primer considerando estará ubicada en los distritos de Salas y Huarmaca, provincias de Lambayeque y Huancabamba, departamentos de Lambayeque y Piura, respectivamente, en la zona comprendida dentro de las coordenadas UTM PSAD56 que fi guran en el Expediente, utilizando los recursos hídricos trasvasados del río Huancabamba; Que, la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos, mediante Resolución Directoral Nº 225-2010- MEM/AAE de fecha 23 de junio de 2010, aprobó el Estudio de Impacto Ambiental para el Componente Eléctrico del Proyecto de Irrigación e Hidroenergético Olmos, de la cual forma parte la Central Hidroeléctrica Olmos 1; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 606 -2013-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía del Ministerio de Energía y Minas; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar concesión defi nitiva de generación a favor de Sindicato Energético S.A. - SINERSA, que se identifi cará con el código Nº 11328013, para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Hidroeléctrica Olmos 1, con una potencia instalada de 51 MW, que estará ubicada en los distritos de Salas y Huarmaca, provincias de Lambayeque y Huancabamba, departamentos de Lambayeque y Piura, respectivamente, en los términos y condiciones indicados en la presente Resolución Suprema y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo siguiente. Artículo 2.- Aprobar el Contrato de Concesión Nº 426-2013 a suscribirse con Sindicato Energético S.A. - SINERSA, que consta de 19 cláusulas y 4 anexos. Artículo 3.- Autorizar al Director General de Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir, en representación del Estado, el Contrato de Concesión, aprobado en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente.