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El Peruano Miércoles 18 de diciembre de 2013 509449 CONSIDERANDO: Que, los artículos 4º y 65º de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, regulan el ingreso al Servicio Diplomático de la República; Que, los artículos 3º, 4º, 194º y 195º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República aprobado por Decreto Supremo N° 130-2003-RE, establecen que la única vía de ingreso al Servicio Diplomático de la República es la Academia Diplomática del Perú; que el ingreso formal al Servicio Diplomático de la República se efectúa mediante Resolución Suprema y que la inscripción en el Escalafón del Servicio Diplomático de la República se realiza en la categoría de Tercer Secretario y con la precedencia correspondiente al cuadro de méritos de egreso de la Academia Diplomática del Perú; Que, mediante la Ley N° 28598, se precisa los alcances del artículo 64° de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, respecto a los títulos y al grado académico que ese Centro de Estudios Superiores otorga, una vez cumplidos los requisitos de graduación establecidos en el Reglamento Orgánico de la Academia Diplomática del Perú y dentro del marco de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria; Teniendo en cuenta el memorándum (ADP) N° ADP0275/2013, de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar, de 12 de diciembre de 2013; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modifi catorias; el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 130-2003/RE y sus modifi catorias; la Ley N° 28598, Ley que precisa los alcances del artículo 64° de la Ley del Servicio Diplomático de la República N° 28091, respecto a los títulos y el grado académico que otorga la Academia Diplomática del Perú; y la Ley N° 23733, Ley Universitaria; SE RESUELVE: Artículo Único.- Incorporar al Servicio Diplomático de la República e inscribir en el Escalafón del Servicio Diplomático con la categoría de Tercer Secretario, a partir del 1 de enero de 2014 en el orden de méritos en que figuran, a los siguientes aspirantes que han obtenido nota aprobatoria durante el ciclo de formación 2012-2013: 1. García Maguiña, Aída Leonor 2. Giraldo Pizarro, Jhadith Francisco Ibssen 3. Bastante González, Claudia Susana 4. Delgado Ayca, María Sol 5. Tello Calmet, Juan Pablo 6. Bertarelli Valcarcel, Esteban Roberto 7. Tejada Sánchez, Erick Gonzalo 8. Talavera Calonge, Manuel Gerardo 9. Portugal Rojas, Carolina Beatriz 10. García Marengo, Sebastián Andrés 11. Guiven Huaranga, Elizabeth Nerida 12. Mendoza Alva, Guillermo Emmanuel 13. Artaza Buenaño, Juan Pablo Guillermo 14. Esquivel Durán, Alonso Eduardo 15. Florián Alva, Andrea 16. Tovar Orellana, Hugo Omar 17. Morán Villanueva, Sandra Fiorella 18. Arbulú Pérez, Antero Diego 19. Suni Carrillo, Fernando Mauricio 20. Nazario Rocca, Oscar Andrés 21. García Moncada, Milagros del Carmen 22. Gutiérrez Figueroa, Francisco André 23. Echeandía Fiestas, Ada Gissella 24. Calderón Valle, Diana Victoria 25. García Manrique, Jorge Guillermo 26. Cépeda Gonzales, Stefany Mariana 27. Ramírez Moscoso, Miguel Alejandro 28. Vela Málaga, Luis Eduardo 29. Tejada Florez, Milton Gilberto 30. Reyna Rodríguez, Andrés Eduardo 31. Moya Villanueva, Luis Ernesto Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1029299-9 Reconocen Cónsul Honorario de Alemania en Bagua, con jurisdicción en la circunscripción comprendida por los Departamentos de Amazonas, Loreto y San Martín RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 219-2013-RE Lima, 17 de diciembre de 2013 VISTO: Las Notas Nº 330/2013 y 359/2013, de fechas 05 y 18 abril de 2013, respectivamente, mediante las cuales la Embajada de la República Federal de Alemania, solicita la autorización del Gobierno peruano para la modificación de la sede del Consulado de Alemania, de la ciudad de Iquitos, en el Departamento de Loreto; a la ciudad de Bagua, del Departamento de Amazonas; La Nota Nº 1252/2013, de fecha 10 de octubre de 2013, de la Embajada de la República Federal de Alemania, mediante la cual remite las Letras Patentes y solicita el reconocimiento del señor Max Druschke, como Cónsul Honorario de Alemania en Bagua; CONSIDERANDO: Que, mediante Nota Nº 0110/94, de fecha 17 de marzo de 1994, la Embajada de la República Federal de Alemania, solicitó el beneplácito del Gobierno peruano para la apertura de un Consulado de Alemania en Iquitos, con circunscripción en el Departamento de Loreto; Que, mediante Resolución Suprema Nº 196-95-RE, de fecha 16 de mayo de 1995, se reconoce al señor Max Axel Georg Druschke, como Cónsul ad honorem de la República Federal de Alemania en Iquitos, con circunscripción comprendida por el Departamento de Loreto; Que, en atención a las Notas Nº 330/2013 y 359/2013, de fechas 05 y 18 abril de 2013, respectivamente, mediante Nota RE (CON) Nº 6-5/28, de la Dirección de Política Consular, de fecha 02 de mayo de 2013, el Gobierno peruano otorgó el consentimiento para la modifi cación de la sede del Consulado de Alemania, de la ciudad de Iquitos, en el Departamento de Loreto; a la ciudad de Bagua, en el Departamento de Amazonas; y el establecimiento de su nueva circunscripción consular en los departamentos de Amazonas, Loreto y San Martín; Que, mediante Nota 1252/2013, de fecha 10 de octubre de 2013, se recibió las Letras Patentes que designan al señor Max Druschke, como Cónsul Honorario de Alemania en Bagua, con jurisdicción en la circunscripción comprendida por los Departamentos de Amazonas, Loreto y San Martín; Con la opinión favorable de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º, inciso 11 y 13, de la Constitución Política del Perú, así como en los Artículos 4º, incisos 2 y 3; 9º, inciso 1 y 12º, de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car la sede del Consulado de Alemania de la ciudad de Iquitos, en el Departamento