Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2013 (18/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA, respectivamente, mediante el funcionamiento de las correspondientes Unidades de Investigacion Tutelar a cuyo efecto adjunta el Informe 047-2013-MIMP/DGNNA/DIT y las Notas 446-2013MIMP/DGNNA-DIT y 407-2013-MIMP-DGNNA-DIT, respectivamente, de la Direccion de Investigacion Tutelar, que sustenta su aprobacion; Que, mediante Informe 064-2013-MIMP/OGPPOMI, la Oficina de Modernizacion Institucional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinion favorable para la aprobacion de la Resolucion Ministerial que de inicio al ejercicio de la competencia en materia de investigacion tutelar en los citados ambitos provinciales, la cual hace suya la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto con Memorando 5152013-MIMP/OGPP; Que, por lo MORDAZA expuesto, resulta necesario expedir el acto por el que se autorice el inicio del ejercicio de la competencia tutelar del sector asi como el funcionamiento de las Unidades de Investigacion Tutelar en las citadas provincias de MORDAZA, Huancayo y Cusco; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaria General, de la Direccion General de Ninas, Ninos y Adolescentes, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina de Investigacion Tutelar; De conformidad con lo dispuesto por la Ley 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley 27337 ­ Codigo de los Ninos y Adolescentes modificado por Ley 28330; el Decreto Legislativo 1098 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo 003-2012MIMP; el Reglamento de los Capitulos IX y X del Titulo II del Libro MORDAZA del Codigo de los Ninos y Adolescentes, aprobado por el Decreto Supremo 011-2005-MIMDES y la Resolucion Ministerial 180-2013-MIMP, que aprueba el Manual de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; SE RESUELVE: Articulo 1.- Oportunidad del inicio de la competencia en investigacion tutelar en las provincias de MORDAZA, Huancayo y MORDAZA El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP, a traves de las Unidades de Investigacion Tutelar, asumira la competencia respecto de los nuevos procedimientos de investigacion tutelar referidos a las causales de abandono establecidas en el articulo 248º del Codigo de los Ninos y Adolescentes, del modo siguiente: a) La Unidad de Investigacion Tutelar de MORDAZA, a partir del 17 de diciembre de 2013, asumira los nuevos procedimientos de investigacion tutelar que se inicien en dicha fecha y que correspondan a la Provincia de Huancayo. b) La Unidad de Investigacion Tutelar de MORDAZA, a partir del 19 de diciembre de 2013, asumira los nuevos procedimientos de investigacion tutelar que se inicien en dicha fecha y que correspondan a la Provincia de Cusco. c) La Unidad de Investigacion Tutelar de MORDAZA, a partir del 23 de diciembre de 2013, asumira los nuevos procedimientos de investigacion tutelar que se inicien en dicha fecha y que correspondan a la Provincia de Arequipa. Las Unidades de Investigacion Tutelar de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA, asumiran en forma gradual la competencia de las investigaciones tutelares de las demas provincias de los Distritos Judiciales de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA, de acuerdo a los dispositivos legales que dicte el MIMP. Articulo 2.- Condiciones para la MORDAZA de la competencia tutelar El MIMP, a traves de las Unidades de Investigacion Tutelar, no asumira investigaciones tutelares respecto de adolescentes presuntamente infractores o infractores de la ley penal, las que continuaran siendo de conocimiento del Poder Judicial aun cuando correspondan a las provincias mencionadas en el articulo anterior.

El Peruano Miercoles 18 de diciembre de 2013

Articulo 3.- Competencia del Poder Judicial Las investigaciones tutelares cuya competencia no sea asumida por el MIMP a traves de las Unidades de Investigacion Tutelar de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA, continuaran siendo conocidas por el Poder Judicial, de conformidad con lo establecido en la MORDAZA Disposicion Transitoria y Final de la Ley 28330. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1029289-2

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican la "Convencion Estatuto de los Apatridas"
DECRETO SUPREMO Nº 068-2013-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la "Convencion sobre el Estatuto de los Apatridas" fue hecha el 28 de setiembre de 1954, en la MORDAZA de Nueva MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, y aprobada por Resolucion Legislativa N° 30108 del 20 de noviembre de 2013; Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento juridico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los articulos 56° y 118° inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2 de la Ley Nº 26647; DECRETA: Articulo 1°.- Ratificase la "Convencion sobre el Estatuto de los Apatridas" hecha el 28 de setiembre de 1954, en la MORDAZA de Nueva MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, y aprobada por Resolucion Legislativa N° 30108 del 20 de noviembre de 2013. Articulo 2°.- De conformidad con los articulos 4 y 6 de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procedera a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto integro de la Convencion, asi como la fecha de entrada en vigencia. Articulo 3°.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de diciembre del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica EDA A. MORDAZA FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1029299-3

sobre

el

Incorporan a aspirantes al Servicio Diplomatico de la Republica y los inscriben en el Escalafon del Servicio Diplomatico con la categoria de Tercer Secretario
RESOLUCION SUPREMA N° 218-2013-RE MORDAZA, 17 de diciembre de 2013 VISTAS: Las notas aprobatorias obtenidas por los aspirantes al Servicio Diplomatico de la Republica, asi como el Cuadro General de Meritos de la Promocion 2013;

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