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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2013 (21/12/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 168

TEXTO PAGINA: 109

El Peruano Sábado 21 de diciembre de 2013 510171 de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. (SEDAPAL S.A.), destinada al fi nanciamiento de la elaboración del Estudio de Pre-inversión de los Proyectos i) “Ampliación y mejoramiento de los sistemas de agua potable y alcantarillado en los distritos de Ate y Santa Anita”, por el monto de S/. 3 819 128,00; ii) “Ampliación de los sistemas de agua potable y alcantarillado en los sectores 140,141, 142, 143, 144, 145, 146, 155, 156, 157 y 169 – distritos de Lurigancho y Chaclacayo”, por el monto de S/. 1 028 446,00; y iii) “Ampliación y mejoramiento de los sistemas de agua potable y alcantarillado de la quebrada de Manchay 3era Etapa – distrito Pachacamac - Lima”, por el monto de S/. 387 847,00; precisando que la transferencia fi nanciera será atendida con cargo a los recursos previstos en el presupuesto de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios; para lo cual se cuenta con los Convenios correspondientes debidamente suscritos; Que, con el Memorándum Nº 2791-2013/VIVIENDA- OGPP, la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hizo suyo el Informe N° 403-2013/VIVIENDA-OGPP-UPTO de la Unidad de Presupuesto, y propone un proyecto de Resolución Ministerial que autoriza una Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano a favor de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. (SEDAPAL S.A.), por la suma de S/. 5 235 421,00, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, destinada al fi nanciamiento de la elaboración del Estudio de Pre- inversión de los Proyectos i) “Ampliación y mejoramiento de los sistemas de agua potable y alcantarillado en los distritos de Ate y Santa Anita”, por el monto de S/. 3 819 128,00; ii) “Ampliación de los sistemas de agua potable y alcantarillado en los sectores 140,141, 142, 143, 144, 145, 146, 155, 156, 157 y 169 – distritos de Lurigancho y Chaclacayo”, por el monto de S/. 1 028 446,00; y iii) “Ampliación y mejoramiento de los sistemas de agua potable y alcantarillado de la quebrada de Manchay 3era Etapa – distrito Pachacamac - Lima”, por el monto de S/. 387 847,00; para lo cual se han suscrito los Convenios de Financiamiento correspondientes; así mismo, informa que se cuenta con la disponibilidad presupuestal hasta por la suma de S/. 5 235 421,00, con cargo a los recursos del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3.000001: Acciones Comunes, Actividad 5.001777: Transferencias de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios; Que, en ese sentido, de acuerdo a lo establecido en el inciso vi), del literal a), numeral 12.1, del artículo 12, de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; se autoriza de manera excepcional, en el presente año fi scal, la realización de transferencias fi nancieras, entre otros, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para el Fondo MIVIVIENDA y para las entidades prestadoras de servicios de saneamiento; las mismas que según el numeral 12.2 del mismo artículo, se realizan mediante Resolución del Titular del Pliego que será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/. 5 235 421,00, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. (SEDAPAL S.A.), destinada al fi nanciamiento de la elaboración del Estudio de Pre-inversión de los Proyectos i) “Ampliación y mejoramiento de los sistemas de agua potable y alcantarillado en los distritos de Ate y Santa Anita”, por el monto de S/. 3 819 128,00; ii) “Ampliación de los sistemas de agua potable y alcantarillado en los sectores 140,141, 142, 143, 144, 145, 146, 155, 156, 157 y 169 – distritos de Lurigancho y Chaclacayo”, por el monto de S/. 1 028 446,00; y iii) “Ampliación y mejoramiento de los sistemas de agua potable y alcantarillado de la quebrada de Manchay 3era Etapa – distrito Pachacamac - Lima”, por el monto de S/. 387 847,00; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; y el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización de Transferencia Financiera Autorízase la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/. 5 235 421,00 (CINCO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS VEINTIUNO Y 00/100 NUEVOS SOLES), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. (SEDAPAL S.A.), destinada al fi nanciamiento de la elaboración del Estudio de Pre- inversión de los Proyectos i) “Ampliación y mejoramiento de los sistemas de agua potable y alcantarillado en los distritos de Ate y Santa Anita”, por el monto de S/. 3 819 128,00; ii) “Ampliación de los sistemas de agua potable y alcantarillado en los sectores 140,141, 142, 143, 144, 145, 146, 155, 156, 157 y 169 – distritos de Lurigancho y Chaclacayo”, por el monto de S/. 1 028 446,00; y iii) “Ampliación y mejoramiento de los sistemas de agua potable y alcantarillado de la quebrada de Manchay 3era Etapa – distrito Pachacamac - Lima”, por el monto de S/. 387 847,00. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3.000001: Acciones Comunes, Actividad 5.001777: Transferencias de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo El Programa Nacional de Saneamiento Urbano es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras para lo cual se realiza la presente transferencia, en el marco de los dispuesto por el numeral 12.3 del artículo 12 de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013. Artículo 5.- Información La empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. (SEDAPAL S.A.), informará oportunamente al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y fi nancieros de los estudios de Pre Inversión de los Proyectos de Saneamiento Urbano indicados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, en el marco de los Convenios suscritos por las partes. Regístrese, comuníquese y publíquese. RENÉ CORNEJO DÍAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1031088-4 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 324-2013-VIVIENDA Lima, 20 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se aprobó mediante la Resolución Ministerial Nº 327-2012-VIVIENDA el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 037: