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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2013 (21/12/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 168

TEXTO PAGINA: 111

El Peruano Sábado 21 de diciembre de 2013 510173 que lo fi nancian, salvo los de Recursos Ordinarios, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Específi ca de Ingreso; Que, a través del Memorándum Nº 1382-2013/ VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0, el Director Ejecutivo (e) del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, solicitó gestionar el dispositivo que autorice la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, por la suma de S/. 25 050 912,00, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. (SEDAPAL S.A.), por el monto de S/. 219 711,00; de la Entidad Prestadora de Servicios del Cusco S.A. (EPS SEDACUSCO S.A.), por el monto de S/. 6 123 158,00; y de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau Sociedad Anónima (EPS GRAU S.A.), por el monto de S/. 18 708 043,00; destinada al fi nanciamiento de la renovación de la maquinaria y equipos obsoletos utilizados en los procesos de producción y distribución primaria que desarrolla SEDAPAL S.A.; de diversas actividades de mantenimiento de infraestructura y equipamiento que permita la reposición de equipos de EPS SEDACUSCO S.A.; y de las actividades orientadas al mantenimiento de la infraestructura sanitaria de EPS GRAU S.A., respectivamente; precisando que la transferencia fi nanciera será atendida con cargo a los recursos previstos en el presupuesto de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios; para lo cual se cuenta con los Convenios correspondientes debidamente suscritos; Que, con el Memorándum Nº 2793-2013/VIVIENDA- OGPP, la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hizo suyo el Informe N° 405-2013/VIVIENDA-OGPP-UPTO de la Unidad de Presupuesto, y propone un proyecto de Resolución Ministerial que autoriza una Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/. 25 050 912,00, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. (SEDAPAL S.A.), por el monto de S/. 219 711,00; de la Entidad Prestadora de Servicios del Cusco S.A. (EPS SEDACUSCO S.A.), por el monto de S/. 6 123 158,00; y de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau Sociedad Anónima (EPS GRAU S.A.), por el monto de S/. 18 708 043,00; destinada al fi nanciamiento de la renovación de la maquinaria y equipos obsoletos utilizados en los procesos de producción y distribución primaria que desarrolla SEDAPAL S.A.; de diversas actividades de mantenimiento de infraestructura y equipamiento que permita la reposición de equipos de EPS SEDACUSCO S.A.; y de las actividades orientadas al mantenimiento de la infraestructura sanitaria de EPS GRAU S.A., respectivamente; para lo cual se han suscrito los Convenios de Financiamiento correspondientes; así mismo, informa que se cuenta con la disponibilidad presupuestal hasta por la suma de S/. 25 050 912,00, con cargo a los recursos del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3.000001: Acciones Comunes, Actividad 5.001777: Transferencias de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios; Que, en ese sentido, de acuerdo a lo establecido en el inciso vi) del literal a) numeral 12.1 del artículo 12, de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; se autoriza de manera excepcional, en el presente año fi scal, la realización de transferencias fi nancieras, entre otros, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para el Fondo MIVIVIENDA y para las entidades prestadoras de servicios de saneamiento; las mismas que según el numeral 12.2 del mismo artículo, se realizan mediante Resolución del Titular del Pliego que será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/. 25 050 912,00, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. (SEDAPAL S.A.), de la Entidad Prestadora de Servicios del Cusco S.A. (EPS SEDACUSCO S.A.), y de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau Sociedad Anónima (EPS GRAU S.A.); destinada al fi nanciamiento de la renovación de la maquinaria y equipos obsoletos utilizados en los procesos de producción y distribución primaria que desarrolla SEDAPAL S.A.; de diversas actividades de mantenimiento de infraestructura y equipamiento que permita la reposición de equipos de la EPS SEDACUSCO S.A.; y de las actividades orientadas al mantenimiento de la infraestructura sanitaria de la EPS GRAU S.A., respectivamente; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; y el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización de Transferencia Financiera Autorízase la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/. 25 050 912,00 (VEINTICINCO MILLONES CINCUENTA MIL NOVECIENTOS DOCE Y 00/100 NUEVOS SOLES), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. (SEDAPAL S.A.), por el monto de S/. 219 711,00; de la Entidad Prestadora de Servicios del Cusco S.A. (EPS SEDACUSCO S.A.), por el monto de S/. 6 123 158,00; y de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau Sociedad Anónima (EPS GRAU S.A.), por el monto de S/. 18 708 043,00; destinada al fi nanciamiento de la renovación de la maquinaria y equipos obsoletos utilizados en los procesos de producción y distribución primaria que desarrolla SEDAPAL S.A.; de diversas actividades de mantenimiento de infraestructura y equipamiento que permita la reposición de equipos de la EPS SEDACUSCO S.A.; y de las actividades orientadas al mantenimiento de la infraestructura sanitaria de la EPS GRAU S.A., respectivamente. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3.000001: Acciones Comunes, Actividad 5.001777: Transferencias de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo El Programa Nacional de Saneamiento Urbano es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas físicas y fi nancieras, en el marco de lo dispuesto por el numeral 12.3 del artículo 12 de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013. Artículo 5.- Información La Empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. (SEDAPAL S.A.); la Entidad Prestadora de Servicios del Cusco S.A. (EPS SEDACUSCO S.A.); y la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau Sociedad Anónima (EPS GRAU S.A.); informarán oportunamente al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y fi nancieros de los recursos transferidos mediante la presente Resolución Ministerial, en el marco de los Convenios suscritos por las partes. Regístrese, comuníquese y publíquese. RENÉ CORNEJO DÍAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1031088-6