Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2013 (21/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 104

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1.2. EN MATERIA PRESUPUESTAL Y DE INVERSION PUBLICA a) Las atribuciones y facultades en materia presupuestal que corresponden al Ministro, en su calidad de Titular del Pliego: 037 Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y las acciones administrativas de gestion y de resolucion en materia presupuestaria, que no MORDAZA privativas de su funcion de Ministro de Estado, durante el Ejercicio Presupuestal del Ano Fiscal 2014, estando facultado para emitir Directivas internas para la racionalizacion del gasto y manejo adecuado de los recursos asignados por toda Fuente de Financiamiento durante la ejecucion presupuestaria del Ejercicio Fiscal 2014. b) Aprobar las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programatico que correspondan al Titular del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, de acuerdo con el numeral 40.2 del articulo 40 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. c) Aprobar las transferencias financieras al Comite de Administracion del Fondo de Asistencia y Estimulo ­ CAFAE ­ VIVIENDA. d) Aprobar el Plan Operativo Institucional del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; asi como, las modificaciones de las metas fisicas y financieras que pudieran efectuarse durante dicho ejercicio. e) Autorizar la elaboracion de Expedientes Tecnicos o estudios definitivos; asi como, la ejecucion de los Proyectos de Inversion Publica (PIP), declarados viables, pudiendo realizar MORDAZA autorizaciones en un solo acto. 1.3. EN MATERIA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO a) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones de la Unidad Ejecutora 001 ­ Administracion General del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, asi como sus modificatorias. b) Designar a los miembros integrantes de los Comites Especiales Ad Hoc y Comites Especiales Permanentes que tendran a su cargo la organizacion, conduccion y ejecucion de los procesos de seleccion que convoque la entidad; asi como, disponer la modificacion de la conformacion de los mismos, de ser el caso. c) Aprobar la asignacion suficiente de recursos para el otorgamiento de la Buena Pro para la contratacion de obras, cuando las propuestas economicas superen el valor referencial hasta el limite del diez por ciento (10%), debiendose verificar que la propuesta economica no afecte la declaratoria de viabilidad del proyecto. d) Resolver los Recursos de Apelacion interpuestos contra los actos dictados durante el desarrollo del MORDAZA de seleccion, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos MORDAZA de la celebracion del contrato, en aquellos procesos de seleccion referidos Adjudicaciones Directas Selectivas y Adjudicaciones de Menor Cuantia. e) Aprobar los procesos de Estandarizacion. 1.4. EN MATERIA ADMINISTRATIVA a) Resolver en MORDAZA instancia administrativa los recursos administrativos interpuestos ante organos dependientes del Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. b) Seleccionar a los profesionales y suscribir contratos bajo la modalidad de locacion de servicios, y sus respectivas addendas, para la contratacion de profesionales calificados que presten servicios al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a traves del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico, de acuerdo a los "Lineamientos para la Administracion del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico". c) Designar comisiones, comites y/o similares, al interior de la entidad; asi como, disponer la modificacion de la conformacion de los mismos, de ser el caso. d) Suscribir Convenios de Gestion y de Cooperacion Interinstitucional y sus respectivas addendas, de ser el caso, con excepcion de aquellos que por MORDAZA expresa deban ser suscritos por el Titular de la Entidad. Articulo 2.- Delegar en el Director General de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, durante el Ejercicio Fiscal 2014, las siguientes facultades:

El Peruano Sabado 21 de diciembre de 2013

2.1. EN MATERIA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO a) Aprobar los Expedientes Tecnicos de las obras que realice la Unidad Ejecutora 001 ­ Administracion General del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, por Administracion Directa o a traves de la contratacion de terceros en el MORDAZA de la normatividad legal vigente sobre la materia. b) Aprobar expedientes de contratacion, para la realizacion de los procesos de seleccion que convoque la entidad. c) Aprobar Bases Administrativas de los procesos de seleccion correspondientes a Licitacion Publica, Concurso Publico, Adjudicacion Directa Publica, Adjudicacion Directa Selectiva y Adjudicacion de Menor Cuantia que realice la Unidad Ejecutora 001 ­ Administracion General del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, o que esta realice como Entidad encargada por compra corporativa conjuntamente con la Unidad Ejecutora 004 - Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA y la Unidad Ejecutora 005 Programa Nacional de Saneamiento Rural, cuando corresponda; asi como, de Adjudicaciones de Menor Cuantia derivadas de la declaratoria de desierto de los procesos de seleccion indicados. d) Aprobar las Bases de procesos regulados por normas especiales, distintas a la normativa de contratacion publica, para la Unidad Ejecutora 001 - Administracion General del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. e) Cancelar los procesos de seleccion convocados, de conformidad con lo establecido en la normativa de contratacion publica. f) Celebrar contratos y addendas derivados de procesos de seleccion convocados en el MORDAZA de lo dispuesto en la normativa de contratacion publica; asi como, aquellos derivados de procesos regulados por normas especiales distintas a la normativa de contratacion publica. g) Autorizar las ampliaciones de plazo solicitadas por los contratistas, en el MORDAZA de lo dispuesto en la normativa de contratacion publica y de regimenes especiales de contratacion estatal. h) Autorizar adelantos, de conformidad con lo establecido en la normativa de contratacion publica. i) Aprobar la ejecucion de prestaciones adicionales, o la reduccion de las mismas, siempre que se cuente con la asignacion presupuestaria necesaria, MORDAZA hasta por el veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original, que tengan como objeto la contratacion de bienes y servicios, para el caso de procesos de seleccion de Licitacion Publica, Concurso Publico, Adjudicaciones Directas y Adjudicaciones de Menor Cuantia, y de Adjudicaciones de Menor Cuantia derivadas de la declaratoria de desierto de los procesos de seleccion de conformidad con la normativa de contratacion publica. j) Resolver contratos relativos a la contratacion de bienes, servicios y/u obras. k) Designar a los Inspectores de las obras ejecutadas por el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento o por terceros, en el MORDAZA de la Resolucion de Contraloria N° 195-88-CG o del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 184-2008-EF. l) Aprobar y autorizar el pago de los mayores gastos generales generados como consecuencia de las ampliaciones de plazo, en el MORDAZA del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo N° 184-2008-EF. m) Designar a los Comites de Recepcion de Obra. n) Aprobar las contrataciones complementarias de bienes y servicios, de conformidad con la normativa de contratacion publica. o) Aprobar la ejecucion de prestaciones adicionales, o la reduccion de las mismas, de los contratos distintos a la ejecucion de obras, derivados de procesos especiales de seleccion correspondientes a regimenes paralelos a la normativa de contratacion estatal, de conformidad con la normativa de la materia. 2.2. EN MATERIA ADMINISTRATIVA a) Aprobar las solicitudes de baja y alta de bienes inmuebles y demas actos administrativos de disposicion que deriven de los mismos. b) Suscribir contratos de caracter administrativo en representacion del Ministerio de Vivienda, Construccion

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