Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2013 (21/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 145

El Peruano Sabado 21 de diciembre de 2013

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VISTO el Oficio N° 1845-2013-PJ/CSJLO-P, remitido por la secretaria de la presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, por medio del cual se comunica la situacion juridica de MORDAZA MORDAZA Hualinga, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Trompeteros, provincia y departamento de Loreto. ANTECEDENTES Con fecha 28 de octubre del ano en curso, mediante el oficio del visto, la secretaria ( e ) de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA remite el Oficio N° 238-2013-ADM-NCPP-CSJLO-PJ, emitido por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, administrador del Modulo Penal Central de Maynas del MORDAZA Codigo Procesal Penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA (fojas 25 a 26), por medio del cual remite: - La Resolucion N° 5, de fecha 27 de setiembre de 2013, en virtud de la cual el MORDAZA Juzgado de Investigacion Preparatoria de Maynas de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA declara fundado el requerimiento de prision preventiva presentado por el Ministerio Publico en contra de MORDAZA MORDAZA Hualinga, en la investigacion incoada en su contra por delitos contra la Administracion Publica, en las modalidades de colusion agravada, peculado doloso agravado, asi como por delitos contra la paz publica, en la modalidad de asociacion ilicita para delinquir. Asimismo, se dispuso el internamiento en el Establecimiento Penal de Varones de Iquitos de dicho ciudadano por el plazo de nueve meses (fojas 30 a 39). - La Resolucion N° 7, de fecha 10 de octubre de 2013, por medio de la cual la Sala Penal de Apelaciones y Liquidadora de MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA declaro infundado el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA Hualinga en contra de la Resolucion N° 5, de fecha 27 de setiembre de 2013 (fojas 41 a 46). Asimismo, el 17 de diciembre de 2013, por via fax, por medio del Oficio N° 14-2013-4°JIPM-CSJLO-PJ/NRMR, el MORDAZA Juzgado de Investigacion Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA informa que MORDAZA MORDAZA Hualinga solicito la nulidad de la Resolucion N° 7, emitida por la Sala Penal de Apelaciones y Liquidadora de MORDAZA de la referida corte. Sin embargo, se informa que por medio de la Resolucion N° 9 dicha solicitud fue declarada improcedente. Respecto al procedimiento de suspension, el 29 de octubre de 2012 se realizo la sesion extraordinaria en la que el Concejo Distrital de Trompeteros decidio suspender a MORDAZA MORDAZA Hualinga en el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Trompeteros por estar incurso en la causal establecida en el articulo 25, numeral 3, de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972 (en adelante LOM) (fojas 122 a 123). Asimismo, con fecha 19 de noviembre de 2013, MORDAZA MORDAZA Hualinga pone en conocimiento del MORDAZA Nacional de Elecciones que contra el acuerdo tomado en sesion extraordinaria, de fecha 29 de octubre de 2013, ha interpuesto un recurso de reconsideracion (fojas 186 a 190). CONSIDERANDOS 1. La causal de suspension por mandato de detencion tiene por finalidad garantizar que las autoridades se encuentren en plena capacidad para ejercer las competencias que la ley les otorga, pues si la autoridad municipal o regional se encuentra detenida o en la clandestinidad no podra ejercer las funciones propias de su cargo. En ese sentido, para configurarse la causal de suspension, regulada en el articulo 25, numeral 3, basta que el mandato de detencion se encuentre vigente, no importando que el mismo se MORDAZA ejecutado. Ahora bien, con mayor razon, debera aplicarse dicha causal cuando el ciudadano tiene orden de captura o se encuentra recluido en un centro penitenciario. Ello porque debe tomarse en cuenta la razon de ser de esta causal, cual es que las autoridades regionales o municipales puedan ejercer las funciones propias de su cargo con normalidad. Este Supremo Tribunal Electoral estima necesario recordar que, para la concurrencia de la causal de suspension establecida en el articulo 25, numeral 3, de la

remitir copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal que corresponda, para que, a su vez, este las remita al fiscal provincial penal respectivo, a fin de que evalue la conducta de los integrantes del concejo municipal de la Municipalidad Distrital de Huanipaca, en relacion con el articulo 377 del Codigo Penal, sobre omision, rehusamiento o demora de actos funcionales. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- Declarar NULO el Acuerdo de Concejo N° 17-2013-MDH, de fecha 12 de junio de 2013, que resolvio aprobar la solicitud de declaratoria de vacancia presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Barreton, en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA suspendido de la Municipalidad Distrital de Huanipaca, provincia de Abancay, departamento de MORDAZA, por las causales previstas en el articulo 22, numerales 4, 5, 7 y 9, este ultimo concordante con el articulo 63, de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades. Articulo Segundo.- DEVOLVER los actuados al concejo municipal de la Municipalidad Distrital de Huanipaca, provincia de Abancay, departamento de MORDAZA, a fin de que en un plazo MORDAZA de treinta dias habiles, luego de notificada la presente resolucion, vuelva a emitir pronunciamiento sobre el pedido de declaratoria de vacancia con relacion a las causales previstas en el articulo 22, numerales 4, 5, 7 y 9, este ultimo concordante con el articulo 63, de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, teniendo en consideracion lo expuesto en el presente pronunciamiento, bajo apercibimiento de remitir copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal de MORDAZA, a fin de que las remita al fiscal provincial penal que corresponda, para que evalue la conducta de los integrantes de dicho concejo, con relacion al articulo 377 del Codigo Penal. Articulo Tercero.- EXHORTAR al concejo municipal de la Municipalidad Distrital de Huanipaca, provincia de Abancay, departamento de MORDAZA, para que, en lo sucesivo, durante la tramitacion de los procedimientos de vacancia que conozca, incorpore, a fin de resolver la controversia juridica, los documentos y medios probatorios que, por su naturaleza, obren en su poder, y cumpla con el tramite dispuesto por la Ley N.º 27972, Ley Organica de Municipalidades, y la Ley N.º 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Registrese, comuniquese, publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1030480-2

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de MORDAZA y regidora de la Municipalidad Distrital de Trompeteros, provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION N° 1122-A-2013-JNE Expediente N° J-2013-1242 TROMPETEROS - MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, diecisiete de diciembre de dos mil trece

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