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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2013 (21/12/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 168

TEXTO PAGINA: 65

El Peruano Sábado 21 de diciembre de 2013 510127 GOBIERNO LOCAL (DEPARTAMENTO / PROVINCIA / MUNICIPALIDAD), GOBIERNO REGIONAL Y UNIVERSIDADES NACIONALES INDICE UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS 0.0000519533 UNIVERSIDAD NACIONAL MICAELA BASTIDAS DE APURIMAC 0.0000755212 UNIVERSIDAD NACIONAL SAN CRISTOBAL DE HUAMANGA 0.0005340706 UNIVERSIDAD NACIONAL SAN LUIS GONZAGA 0.0062385977 UNIVERSIDAD NACIONAL SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO 0.0002440846 UNIVERSIDAD NACIONAL TECNOLÓGICA DEL CONO SUR DE LIMA 0.0000519533 UNIVERSIDAD NACIONAL DE BARRANCA 0.0008744226 UNIVERSIDAD NACIONAL TORIBIO RODRIGUEZ DE MENDOZA DE AMAZONAS 0.0000000034 UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE CHOTA 0.0022943887 UNIVERSIDAD NACIONAL DE FRONTERA 0.0000112301 UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL FABIOLA SALAZAR LEGUIA 0.0000000034 UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL DE LA SELVA CENTRAL JUAN SANTOS ATAHUALPA 0.0002035229 UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL DE QUILLABAMBA 0.0025297029 UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA ALTOANDINA DE TARMA 0.0002035229 UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE HUANTA 0.0005340706 UNIVERSIDAD NACIONAL TECNOLÓGICA DE SAN JUAN DE LURIGANCHO 0.0000519533 UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE TAYACAJA DANIEL HERNÁNDEZ MORILLO 0.0003581282 UNIVERSIDAD NACIONAL CIRO ALEGRIA 0.0016203589 1031087-1 Aprueban Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30115, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 011-2013-EF/63.01 Lima, 18 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30115, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, establece que la Reserva de Contingencia incluye hasta la suma de Cincuenta Millones y 00/100 Nuevos Soles (S/. 50 000 000,00) a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI para destinarla a las acciones que se realicen durante el Año Fiscal 2014, a fi n de brindar una respuesta oportuna antes desastres de gran magnitud, rehabilitar la infraestructura pública dañada, así como reducir los probables daños que pueda generar el inminente impacto de un fenómeno natural o antrópico declarado, determinado por el organismo público técnico- científi co; Que, asimismo, la citada disposición señala que el Ministerio de Economía y Finanzas, mediante su Dirección General de Política de Inversiones, dicta los criterios y procedimientos para sustentar la necesidad del uso de los recursos a que se refi ere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30115; Que, conforme al literal c) de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30115, el INDECI es responsable del adecuado uso de los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia a que se refi ere dicha Disposición Complementaria Final; Que, en ese sentido, resulta necesario establecer los criterios y procedimientos para sustentar la necesidad del uso de los recursos a que se refi ere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30115; En uso de las facultades conferidas por la Ley N° 30115, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, por la Resolución Ministerial N° 223-2011-EF/43 y por la Resolución Ministerial N° 287-2013-EF/10; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobación de la Directiva N° 002- 2013-EF/63.01 Apruébese la Directiva N° 002-2013-EF/63.01, Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de recursos a que se refi ere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30115, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, la misma que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Vigencia La presente Resolución Directoral entrará en vigencia el 1 de enero de 2014. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELOY DURAN CERVANTES Director General Dirección General de Política de Inversiones DIRECTIVA QUE ESTABLECE CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL USO DE LOS RECURSOS A QUE SE REFIERE LA SEGUNDA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL DE LA LEY Nº 30115, LEY DE EQUILIBRIO FINANCIERO DEL PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2014 DIRECTIVA N° 002-2013-EF/63.01 TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1°.- Objeto La presente Directiva tiene por objeto establecer los criterios y procedimientos para sustentar la necesidad del uso de los recursos a que se refi ere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30115, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014. Artículo 2°.- Finalidad La fi nalidad de la presente Directiva es que los recursos a que se refi ere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30115, se destinen a la realización de las acciones señaladas en la citada disposición. Artículo 3°.- Base Legal 3.1 Decreto Legislativo Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas, y modifi catorias.