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El Peruano Sábado 21 de diciembre de 2013 510132 DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia 4 667 287,97 ------------------- TOTAL EGRESOS 4 667 287,97 =========== A LA: PLIEGO 004 : Poder Judicial FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 4 667 287,97 -------------------- TOTAL EGRESOS 4 667 287,97 =========== (…)” DEBE DECIR: “Artículo 5°.- Transferencia de partidas Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 a favor del Pliego 004 Poder Judicial, ascendente a la suma de CUATRO MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 667 288,00), correspondientes al costo diferencial por el año 2013, para atender los gastos que demanden los conceptos descritos en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia 4 667 288,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 4 667 288,00 =========== En Nuevos Soles A LA: PLIEGO 004 : Poder Judicial FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 4 667 288,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 4 667 288,00 ========== (…)” 1031090-1 EDUCACION Aprueban Norma Técnica denominada “Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2014 en la Educación Básica” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0622-2013-ED Lima, 20 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, la Ley General de Educación, Ley Nº 28044, en adelante la Ley, tiene por objeto establecer los lineamientos generales de la educación y del Sistema Educativo Peruano, las atribuciones y obligaciones del Estado y los derechos y responsabilidades de las personas y la sociedad en su función educadora; rige todas las actividades educativas realizadas dentro del territorio nacional, desarrolladas por personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras; Que, de conformidad con el artículo 79 de la Ley, el Ministerio de Educación es el órgano de Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad defi nir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, asimismo, el literal a) del artículo 80 de la Ley señala entre otras funciones del Ministerio de Educación, defi nir, dirigir, regular y evaluar, en coordinación con las regiones, la política educativa y pedagógica nacional y establecer políticas específi cas de equidad; Que, las actividades educativas en el Año Escolar 2014 deben desarrollarse dentro del marco establecido en la Ley, sus modifi catorias, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-ED; Que, de conformidad con lo señalado en el Informe N° 092-2013-MINEDU/VMGP-DIGEDIE, la Norma Técnica denominada “Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2014 en la Educación Básica” contribuirá a orientar las acciones a desarrollar en las Instituciones Educativas públicas de los distintos niveles, formas y modalidades del Sistema Educativo a nivel nacional; así como, al acompañamiento de las instancias de gestión educativa descentralizada para garantizar la mejora de los niveles de los logros de aprendizaje en los y las estudiantes, cuya formulación responde a la normatividad vigente, la Movilización por la Transformación de la Educación y los compromisos e indicadores de gestión; Que, agrega el referido informe que, dicho documento normativo se ha elaborado en base a un proceso de consulta a nivel de diferentes unidades orgánicas del Ministerio de Educación y cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Educación Básica Regular, la Dirección de Educación Inicial, la Dirección de Educación Primaria, la Dirección de Educación Secundaria, la Dirección General de Educación Intercultural Bilingüe y Rural, la Dirección General de Desarrollo de las Instituciones Educativas, la Dirección General de Educación Básica Alternativa, la Dirección de Alfabetización, la Dirección General de Educación Básica Especial, la Dirección General de Tecnologías Educativas, la Dirección General de Desarrollo Docente, la Dirección de Educación Comunitaria y Ambiental, la Dirección de Tutoría y Orientación Educativa, la Dirección de Promoción Escolar, Cultura y Deporte, la Ofi cina de Coordinación Regional, la Ofi cina de Apoyo a la Administración de la Educación, la Ofi cina General de Comunicación Social y Participación Ciudadana, la Secretaría de Planifi cación Estratégica, la Unidad de Presupuesto, la Unidad de Estadística Educativa, la Ofi cina General de Administración, la Unidad de Personal y la Unidad de Abastecimiento; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley N° 26510; en la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-ED; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-ED; y, en