Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2013 (24/12/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 5

El Peruano Martes 24 de diciembre de 2013 510327 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, se crea la Autoridad Nacional del Agua como organismo público adscrito al Ministerio de Agricultura – actualmente Ministerio de Agricultura y Riego-, responsable de dictar las normas y establecer los procedimientos para la gestión integrada y sostenible de los recursos hídricos; ejerciendo potestad sancionadora en la materia de su competencia; Que, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 17º y 22º de la Ley de Recursos Hídricos, Ley Nº 29338, la Autoridad Nacional del Agua cuenta en su estructura orgánica con el Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas, órgano que, con autonomía funcional, conoce y resuelve en última instancia administrativa las reclamaciones y recursos administrativos contra las resoluciones emitidas por los órganos desconcentrados y de línea de la Autoridad Nacional del Agua, según sea el caso; tiene competencia nacional y sus decisiones solo pueden ser impugnadas en la vía judicial; Que, conforme lo establecido por el artículo 14º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-2010-AG, el funcionamiento del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas se rige por su Reglamento Interno aprobado mediante Resolución Jefatural; Que, mediante Resolución Jefatural N° 471-2013- ANA, de fecha 24 de octubre de 2013, se aprobó el Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas de la Autoridad Nacional del Agua, el cual en su Primera Disposición Complementaria Transitoria, señala que el proceso de implementación del Tribunal concluirá en un periodo no mayor de sesenta días naturales computados a partir de la aprobación del citado Reglamento; Que, mediante el documento del visto la Secretaría General, solicita se amplíe el plazo indicado en el considerando precedente, a fi n que se concluya con el proceso de implementación del precitado Tribunal; Que, estando a lo anterior, se ha visto por conveniente acoger lo solicitado por la Secretaría General, emitiendo el presente acto resolutivo; Con los vistos de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, la Ofi cina de Administración, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, Secretaría General y de conformidad con las atribuciones conferidas en el artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG. SE RESUELVE: Artículo Único.- Amplíese hasta el día 31 de enero de 2014, el plazo para la implementación del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas de la Autoridad Nacional del Agua, a que se refi ere la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento Interno del citado Tribunal, aprobado por Resolución Jefatural N° 471-2013-ANA. Regístrese, comuníquese, y publíquese. JORGE LUIS MONTENEGRO CHAVESTA Jefe Autoridad Nacional del Agua 1031583-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Resolución Suprema que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 014-2013-MINCETUR Lima, 23 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, se establece que la entidad es competente para formular, aprobar, ejecutar y evaluar las estrategias y planes de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones, de conformidad con las políticas, estrategias y objetivos sectoriales; Que, la Única Disposición Complementaria Transitoria de la mencionada Ley 30075, establece que PROMPERÚ, dentro de un plazo no mayor a ciento veinte (120) días calendario, debe adecuar sus instrumentos de gestión a lo establecido por la citada Ley, conforme a la normatividad vigente; Que, por Decreto Supremo Nº 013-2013-MINCETUR, se aprueba el nuevo Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ, conforme a la normatividad vigente; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 043-2013-PROMPERÚ/DE se aprobó el Manual de Clasifi cación de Cargos de PROMPERÚ, documento que contempla los cargos que requiere la entidad acorde con sus funciones, su descripción, califi cación y requisitos mínimos para su desempeño; Que, PROMPERÚ ha propuesto la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP, el cual constituye un documento de gestión institucional que contiene los cargos defi nidos y aprobados de la Entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones, la que permitirá implementar efi caz y efi cientemente su modelo de negocio con enfoque al cliente y la gestión del conocimiento para el logro de sus objetivos institucionales establecidos en el Plan Estratégico Institucional; Que, por tales razones, resulta necesario aprobar el Cuadro para Asignación de Personal - CAP de PROMPERÚ, en el marco de lo dispuesto en el artículo 15 de los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal de las entidades de la Administración Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM; Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo establecido en la Ley 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo–PROMPERÚ, y los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal de las entidades de la Administración Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobación del CAP de PROMPERÚ Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, conforme se detalla en el Anexo Nº 1 que en diez (10) folios forma parte de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Publicación de la norma La presente Resolución Suprema será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano. El Cuadro para Asignación de Personal de PROMPERÚ a que se refi ere el artículo 1 de la presente norma será publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ (www.promperu.gob.pe) de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 2 de la Ley Nº 29091, el mismo día de la publicación de la presente Resolución Suprema en el Diario Ofi cial. Artículo 3º.- Vigencia El Cuadro para la Asignación de Personal de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación conforme a lo previsto en el Artículo 2 de la presente Resolución Suprema.