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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2013 (25/12/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 47

El Peruano Miércoles 25 de diciembre de 2013 510877 80 de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades; Ley Nº 27314 – General de Residuos Sólidos; Ley Nº 29090 – de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones; así como los Decretos Supremos Nos. 057-2004-PCM, 002-2013-EF y 003-2013-VIVIENDA; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, el mismo que como Anexo forma parte integrante del presente decreto. Artículo Segundo.- DISPONER que se remita la publicación del presente decreto de alcaldía, así como el Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, a la Ofi cina de Medio Ambiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios Públicos y Medio Ambiente la implementación y ejecución del Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR el presente decreto de alcaldía a las unidades orgánicas pertinentes de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres a fi n de que brinden las facilidades del caso a la Gerencia de Servicios Públicos y Medio Ambiente respecto a la implementación y ejecución del Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación del presente decreto de alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, de acuerdo a la normatividad legal vigente. Artículo Sexto.- EL PRESENTE decreto de alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 1031755-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Aprueban el Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 22-2013-MSS Santiago de Surco, 19 de diciembre de 2013 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO: VISTO: El Memorando Nº 921-2013-GPPDI-MSS de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, el Memorándum Nº 1640-2013-SGLPPJ- GSCMA-MSS y el Informe Técnico Nº 135-2013-VSA- SGLPPJ-GSCMA-MSS de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, el Informe Nº 957-2013-GAJ- MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27314 – Ley General de Residuos Sólidos, establece derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto para asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujeción a los Principios de Minimización, Prevención de Riesgo Ambiental y Protección de Salud y el bienestar de la persona humana; la gestión de los residuos sólidos en el país tiene como fi nalidad su manejo integral y sostenible, mediante la articulación, integración y compatibilización de las políticas, planes, programas, estrategias y acciones de quienes intervienen en la gestión y el manejo de los residuos sólidos; Que, la Segunda Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos aprobado por el Decreto Supremo Nº 057-2004-PCM establece la obligación de una adecuada disposición fi nal de residuos cualquiera sea su origen así como la importación de residuos sólidos, por lo que ésta obligación se hace extensiva a los residuos sólidos de la construcción y demolición resultantes de las actividades de construcción, rehabilitación, restauración, remodelación y demolición de edifi caciones e infraestructura; Que, la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción, y conforme al cardenal 2, numeral 2.1 del artículo 73º, tienen, dentro del marco de las competencias y funciones específi cas la que sumen con carácter compartido el saneamiento ambiental, salubridad y salud, que conlleven al saneamiento ambiental, así como, la limpieza, higiene y salubridad en los lugares públicos, lo cual puede realizar en estrecha coordinación y en forma compartida con la Municipalidad Provincial y los Órganos Regionales, conforme lo establece el artículo 75º de la citada Ley; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 276-MSS del 31.10.2006, Ordenanza que Regula las Actividades de Recolección y Transporte de Residuos Sólidos No Peligrosos Proveniente de las Actividades Menores de Acondicionamiento y Refacción de Edifi caciones”, cuyo objetivo es garantizar su manejo de acuerdo a las normas vigentes sobre protección del medio ambiente; Que, con Ordenanza Municipal Nº 264-MSS del 20.07.2006, Ordenanza que Regula la Gestión de los Residuos Sólidos en el Distrito de Santiago de Surco; cuyo objetivo es establecer los mecanismos y elementos necesarios para un adecuado manejo de los residuos sólidos de manera ordenada y efi ciente, con el propósito de prevenir riesgos sanitarios, proteger el medio ambiente, la salud y el bienestar de todos aquellos que circulan dentro del distrito de Santiago de Surco; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2013-EF publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 10.01.2013, se aprueban los Procedimientos para el cumplimiento de Metas y la Asignación de los Recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2013, en cuyo anexo Nº 04 se incluye La Meta 32 “Elaborar un Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición Depositados en Espacias Públicos y de Obras Menores”; Que, con Resolución Ministerial Nº 067-2013-EF/50, se aprueban los montos máximos de los recursos asignables a las municipalidades que cumplan con las metas del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del Año 2013. En el caso de la Municipalidad de Santiago de Surco, el monto establecido asciende a S/. 1’133,767.00 Nuevos Soles y en el anexo Nº 05, se establecen los ponderadores para la asignación de los recursos por el cumplimiento de metas al 31 de diciembre de 2013, en el cual se le asigna el porcentaje del 5% a la Meta Nº 32, monto que asciende a S/. 28,344.18 Nuevos Soles; Que, mediante Memorándum Nº 921-2013-GPPDI- MSS del 11.12.2013, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, adjuntando el Memorándum Nº 1640-2013-SGLPPJ-GSCMA-MSS del 27.11.2013 y el Informe Técnico Nº 135-20133-VSA- SGLPPJ-GSCMA-MSS del 27.11.2013, de la Subgerencia de Limpieza Publica, Parques y Jardines, presenta el Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición Depositados en Espacios Públicos y de Obras Menores, de acuerdo a los lineamientos establecidos por el Ministerio de Ambiente, en su instructivo publicado por el Ministerio de Economía y Finanzas; el cual se encuentra enmarcado dentro de la Meta Nº 32 “Elaborar un plan de gestión de residuos de la construcción y demolición depositados en espacios públicos y de obras menores” y que se encuentra fundamentado en la guía para el cumplimiento