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El Peruano Miércoles 25 de diciembre de 2013 510864 Perú la apertura de una agencia en el Centro Comercial “El Polo”, ubicado en la Av. Encalada Nº 1515, esquina con la calle dos, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima; Que, mediante la Resolución SBS Nº 1641-2003 de fecha 21 de noviembre de 2003, se autorizó al Banco de Crédito del Perú, la apertura de una ofi cina ubicada en la Av. Mendiola Nº 7897, distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima; Que, en aplicación del numeral 6.1 del Reglamento de Apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado por la Resolución SBS Nº 6285-2013 de fecha 18 de octubre de 2013, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para el uso de las citadas agencias, bajo la modalidad de locales compartidos con el Banco de Crédito del Perú; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión de Seguros “B”, mediante el Informe Nº 089- 2013-DSSB; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modifi catorias, la Resolución SBS Nº 6285-2013; y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 842-2012 del 27 de enero de 2012; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a EL PACÍFICO PERUANO SUIZA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A., el uso de dos (02) agencias bajo la modalidad de locales compartidos con el Banco de Crédito del Perú, en las siguientes direcciones: i) Centro Comercial “El Polo”, ubicada en la Av. Encalada Nº 1515, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima; y ii) Av. Alfredo Mendiola Nº 7897, distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS IZAGUIRRE CASTRO Intendente General de Supervisión de Instituciones Previsionales y de Seguros 1031719-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Disponen Primera Inscripción de Dominio en favor del Estado Peruano de terreno eriazo ubicado en el Departamento de Arequipa RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL Nº 216-2013-GRA/PR-GGR VISTOS: Los Informes Nros. 1167 y 1168-2013-GRA/OOT y el Informe Técnico Legal Nº 066-2013-GRA/OOT, expediente Nº 2011-69678, respecto al procedimiento de Primera Inscripción de Dominio en favor del Estado del terreno eriazo de dominio privado de 843.95 m2 ubicado en la Quebrada Huanca, del Distrito de Chala, Provincia de Caraveli, Departamento de Arequipa. CONSIDERANDO: Que, el artículo 62 de la Ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, respecto a funciones en materia de administración y adjudicación de terrenos de propiedad del Estado, señala en el inc.b), que es función de los Gobiernos Regionales: “b) Realizar los actos de inmatriculación, saneamiento, adquisición, enajenación, administración y adjudicación de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdicción, con excepción de los terrenos de propiedad municipal.” Que, en virtud de lo establecido en la Resolución Gerencial Nº 045-2006-CND/GTA y Acta de Transferencia de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales, de fecha 26 de mayo de 2006, se ha concretado la transferencia de funciones al Gobierno Regional de Arequipa las que se encuentran establecidas en los incisos a), b) y c) del artículo 62 de la Ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y sus modifi catorias, establecen las normas que regulan el ámbito, organización, atribuciones y funcionamiento del Sistema Nacional de Bienes Estatales. Que, el artículo 38 del Decreto Supremo Nº 007-2008- VIVIENDA, señala: “Artículo 38.- Del procedimiento de aprobación La primera inscripción de dominio de predios estatales, sin perjuicio de lo establecido en normas especiales, será sustentada y aprobada por los Gobiernos Regionales o la SBN de acuerdo a sus respectivas competencias. La resolución que dispone la primera inscripción de dominio del predio del Estado, deberá publicarse por única vez en el Diario Ofi cial “El Peruano” y, un extracto, en un diario de mayor circulación en la Región en que se encuentre el predio. La inscripción de los bienes del Estado de dominio público y de dominio privado se efectuará en el Registro de Predios a favor del Estado”. Que, de conformidad con lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, el presente procedimiento, se encuentra regulado por las Directivas Nros. 001-2002/SBN y 003-2004-SBN, sobre Trámites de Inscripción de la Primera de Dominio de Predios a favor del Estado, aprobadas con Resolución Nº 011-2002/SBN y Resolución Nº 014-2004/SBN, respectivamente. Que, según se desprende del Informe Técnico Legal Nº 066-2013-GRA/OOT, los Informes Nros. 1167 y 1168- 2013-GRA/OOT, emitidos por la Ofi cina de Ordenamiento Territorial, se ha seguido el procedimiento establecido y se cuenta con los requisitos exigidos en la norma. Que, en virtud de lo señalado y de la documentación acompañada, es procedente que el Gobierno Regional de Arequipa, emita la resolución correspondiente a fi n de que se inscriba en Primera de Dominio en favor del Estado el terreno eriazo de dominio privado ubicado en la Quebrada Huanca, del Distrito de Chala, Provincia de Caraveli, Departamento de Arequipa, el cual cuenta con un área de 843.95 m2. Que, de conformidad con lo establecido en las Directivas mencionadas, la presente resolución es visada por los profesionales que suscribieron el Informe Técnico Legal del presente procedimiento. Con Informe Nº 1536-2013-GRA/ORAJ emitido por la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica y de conformidad con lo prescrito en la Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General, Ordenanza Regional N° 010- AREQUIPA y con las facultades conferidas mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 772-2011-GRA/PR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la Primera Inscripción de Domino en favor del Estado Peruano del terreno eriazo de dominio privado de 843.95 m2 ubicado en la Quebrada Huanca, del Distrito de Chala, Provincia de Caraveli, Departamento de Arequipa; conforme a los documentos técnicos que sustentan la presente resolución y que son parte integrante de la misma. Articulo 2º.- Disponer que la presente resolución sea publicada por única vez en el Diario Ofi cial “El Peruano”