Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2013 (25/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano Miercoles 25 de diciembre de 2013

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Que, segun lo establecido en el numeral 1 del articulo 195 de la Constitucion Politica del Peru, y el literal d) del articulo 42 de la Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralizacion, es competencia de los gobiernos locales aprobar sus presupuestos institucionales conforme a la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema de Presupuesto y las Leyes Anuales de Presupuesto. Que, segun lo establecido en el articulo 52 de la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema de Presupuesto, "los Gobiernos Locales programan y formulan sus presupuestos de acuerdo a las disposiciones del presente Titulo que le MORDAZA aplicables y a las normas contenidas en las Directivas que emitan la Direccion General de Presupuesto Publico" . Que, con Resolucion Directoral Nº 007-2013-EF/50.01, la Directiva Nº 002-2013-EF/50.01 Directiva para la Programacion y Formulacion Anual del Presupuesto del Sector Publico, con una perspectiva de Programacion Multianual. Que, segun lo establecido en el numeral 2) y 16 del articulo 9 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, corresponde al Concejo Municipal: Numeral 2.- "Aprobar, monitorear y controlar el plan de desarrollo institucional y el programa de inversiones, teniendo en cuenta los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y sus Presupuestos Participativos" Numeral 16.- "Aprobar el presupuesto anual y sus modificaciones dentro de los plazos senalados por ley, bajo responsabilidad." Que, Segun lo establecido en el articulo 41 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que:"Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional" Que, en cuanto a la aprobacion del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Ano Fiscal 2014 de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores, el mismo que asciende a S/. 58´650,194.00 (Cincuenta y Ocho Millones Seiscientos Cincuenta Mil Ciento Noventa y Cuatro con 00/100 Nuevos Soles), para el periodo comprendido entre el 1º de Enero hasta el 31 de Diciembre del ano 2014, se encuentra sustentado en el Informe Nº 870-2013-SGP-GPP-MDSJM de fecha 10 de diciembre del 2013 emitido por la Sub Gerencia de Presupuesto, proyecto de Acuerdo que es viable legalmente, por lo que para proceder a su aprobacion se requiere se eleve ante el Concejo Municipal. Que, mediante Informe Nº863-2013-GAJ-MDSJM de fecha 13 de diciembre del 2013, la Gerencia de Asesoria Juridica opina que mediante Acuerdo de Concejo se apruebe el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Ano Fiscal 2014 de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores, la misma que asciende a S/.58'650,194.00 (Cincuenta y Ocho Millones Seiscientos Cincuenta Mil Ciento Noventa y Cuatro con 00/100 Nuevos Soles). Que, estando a lo expuesto de conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, de conformidad con el articulo 9 numeral 8) y el articulo 20 numeral 23) de la Ley Nº27972 Ley Organica de Municipalidades, con la Aprobacion por Mayoria y con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta. ACUERDO Articulo Primero.- APROBAR el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Ano Fiscal 2014 de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores, el mismo que asciende a S/. 58´650,194.00 (Cincuenta y Ocho Millones Seiscientos Cincuenta Mil Ciento Noventa y Cuatro con 00/100 Nuevos Soles), para el periodo comprendido entre el 1º de Enero hasta el 31 de Diciembre del ano 2014, conforme al detalle siguiente:
PRESUPUESTO DE INGRESOS POR FUENTE DE FINANCIAMIENTO Y RUBRO MORDAZA DE TRANSACCION 1: INGRESOS En Nuevos MORDAZA DE FINANCIAMIENTO Soles 1. Recursos Ordinarios 9´024,320

VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 23 de diciembre del 2013, el Memorandum Nº1347-2013-GMMDSJM de fecha 16 de diciembre del 2013 de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 863-2013-GAJ-MDSJM de fecha 13 de diciembre del 2013 de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Memorandum Nº 360-2013-GPP-MDSJM de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 877-2013-SGP-GPP-MDSJM de la Sub Gerencia de Presupuesto, el Memorandum Nº 286-2013-GAJ-MDSJM de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Informe Nº 1452013-GPP-MDSJM de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 143-2013-GPP-MDSJM de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 870-2013-SGP-GPP-MDSJM de la Sub Gerencia de Presupuesto, el Proyecto de Acuerdo de Concejo Aprobacion del Presupuesto Institucional de Apertura 2014. CONSIDERANDO: Que, con Informe Nº 0870-2013-SGP-GPP-MDSJM de fecha 10 de diciembre del 2013, la Sub Gerencia de Presupuesto, informa en cuanto al Presupuesto Institucional de Apertura 2014, de acuerdo a lo senalado en el numeral 53.1 del articulo 53 que: "la aprobacion de los presupuestos de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, sus Empresas y Organismos Publicos Descentralizados, Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado FONAFE y sus empresas se efectua, en el caso de los gobiernos locales a cargo de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces y presenta al Titular del Pliego para su revision el Presupuesto Municipal y los Formatos correspondientes, quien a su vez propone al Concejo Municipal para su aprobacion mediante Acuerdo, siendo posteriormente promulgado a traves de Resolucion de Alcaldia." Y en el numeral 54.1 del articulo 54 en cuanto al plazo de la promulgacion o aprobacion y MORDAZA de los presupuestos de la Ley Nº 28411 senala que: "los gobiernos locales promulgan o aprueban sus respectivos presupuestos dentro del un plazo que vence el 31 de diciembre de cada ano fiscal anterior a su vigencia." Asimismo, el presupuesto de ingresos y gastos de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores, asciende a S/.58'650,194.00 (Cincuenta y Ocho Millones Seiscientos Cincuenta Mil Ciento Noventa y Cuatro con 00/100 Nuevos Soles) Que, con Informe Nº 143-2013-GPP-MDSJM de fecha 10 de diciembre del 2013, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, remite a Gerencia Municipal el Presupuesto Institucional de Apertura para el ano fiscal 2014 y sea puesto en consideracion del Concejo Municipal a fin de que sea aprobado mediante Acuerdo de Concejo, el mismo que hace un presupuesto de S/. 58'650,194.00 Nuevos Soles. Que, con Informe Nº 145-2013-GPP-MDSJM de fecha 11 de diciembre del 2013, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, remite a esta Gerencia el Presupuesto Institucional de Apertura para el ano fiscal 2014 a fin de emitir opinion legal y sea puesto en consideracion del Concejo Municipal a fin de que sea aprobado mediante Acuerdo de Concejo. Que, con Memorandum Nº 0286-2013-GAJ-MDSJM de fecha 12 de diciembre del 2013, la Gerencia de Asesoria Juridica solicita a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto que previo a emitir opinion legal se adjunte el proyecto de Acuerdo de Concejo. Que, con Memorandum Nº 0360-2013-GPP-MDSJM de fecha 12 de diciembre del 2013, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, remite a esta Gerencia el Proyecto de Acuerdo de Concejo del Presupuesto Institucional de Apertura para el ano fiscal 2014, para su opinion legal. Que, segun lo establecido en el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, senala que: "las Municipalidades son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos que son de su competencia, siendo que esta autonomia radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico, en concordancia con lo establecido en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972".

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