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El Peruano Miércoles 25 de diciembre de 2013 510875 VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 23 de diciembre del 2013, el Memorándum Nº1347-2013-GM- MDSJM de fecha 16 de diciembre del 2013 de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 863-2013-GAJ-MDSJM de fecha 13 de diciembre del 2013 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 360-2013-GPP-MDSJM de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 877-2013-SGP-GPP-MDSJM de la Sub Gerencia de Presupuesto, el Memorándum Nº 286-2013-GAJ-MDSJM de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 145- 2013-GPP-MDSJM de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 143-2013-GPP-MDSJM de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 870-2013-SGP-GPP-MDSJM de la Sub Gerencia de Presupuesto, el Proyecto de Acuerdo de Concejo Aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura 2014. CONSIDERANDO: Que, con Informe Nº 0870-2013-SGP-GPP-MDSJM de fecha 10 de diciembre del 2013, la Sub Gerencia de Presupuesto, informa en cuanto al Presupuesto Institucional de Apertura 2014, de acuerdo a lo señalado en el numeral 53.1 del artículo 53 que: “la aprobación de los presupuestos de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, sus Empresas y Organismos Públicos Descentralizados, Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado FONAFE y sus empresas se efectúa, en el caso de los gobiernos locales a cargo de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces y presenta al Titular del Pliego para su revisión el Presupuesto Municipal y los Formatos correspondientes, quien a su vez propone al Concejo Municipal para su aprobación mediante Acuerdo, siendo posteriormente promulgado a través de Resolución de Alcaldía.” Y en el numeral 54.1 del artículo 54 en cuanto al plazo de la promulgación o aprobación y presentación de los presupuestos de la Ley Nº 28411 señala que: “los gobiernos locales promulgan o aprueban sus respectivos presupuestos dentro del un plazo que vence el 31 de diciembre de cada año fi scal anterior a su vigencia.” Asimismo, el presupuesto de ingresos y gastos de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mirafl ores, asciende a S/.58’650,194.00 (Cincuenta y Ocho Millones Seiscientos Cincuenta Mil Ciento Noventa y Cuatro con 00/100 Nuevos Soles) Que, con Informe Nº 143-2013-GPP-MDSJM de fecha 10 de diciembre del 2013, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, remite a Gerencia Municipal el Presupuesto Institucional de Apertura para el año fi scal 2014 y sea puesto en consideración del Concejo Municipal a fi n de que sea aprobado mediante Acuerdo de Concejo, el mismo que hace un presupuesto de S/. 58’650,194.00 Nuevos Soles. Que, con Informe Nº 145-2013-GPP-MDSJM de fecha 11 de diciembre del 2013, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, remite a esta Gerencia el Presupuesto Institucional de Apertura para el año fi scal 2014 a fi n de emitir opinión legal y sea puesto en consideración del Concejo Municipal a fi n de que sea aprobado mediante Acuerdo de Concejo. Que, con Memorándum Nº 0286-2013-GAJ-MDSJM de fecha 12 de diciembre del 2013, la Gerencia de Asesoría Jurídica solicita a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto que previo a emitir opinión legal se adjunte el proyecto de Acuerdo de Concejo. Que, con Memorándum Nº 0360-2013-GPP-MDSJM de fecha 12 de diciembre del 2013, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, remite a esta Gerencia el Proyecto de Acuerdo de Concejo del Presupuesto Institucional de Apertura para el año fi scal 2014, para su opinión legal. Que, según lo establecido en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, señala que: “las Municipalidades son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos que son de su competencia, siendo que esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, en concordancia con lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972”. Que, según lo establecido en el numeral 1 del artículo 195 de la Constitución Política del Perú, y el literal d) del artículo 42 de la Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralización, es competencia de los gobiernos locales aprobar sus presupuestos institucionales conforme a la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema de Presupuesto y las Leyes Anuales de Presupuesto. Que, según lo establecido en el artículo 52 de la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema de Presupuesto, “los Gobiernos Locales programan y formulan sus presupuestos de acuerdo a las disposiciones del presente Título que le sean aplicables y a las normas contenidas en las Directivas que emitan la Dirección General de Presupuesto Público” . Que, con Resolución Directoral Nº 007-2013-EF/50.01, la Directiva Nº 002-2013-EF/50.01 Directiva para la Programación y Formulación Anual del Presupuesto del Sector Público, con una perspectiva de Programación Multianual. Que, según lo establecido en el numeral 2) y 16 del artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, corresponde al Concejo Municipal: Numeral 2.- “Aprobar, monitorear y controlar el plan de desarrollo institucional y el programa de inversiones, teniendo en cuenta los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y sus Presupuestos Participativos” Numeral 16.- “Aprobar el presupuesto anual y sus modificaciones dentro de los plazos señalados por ley, bajo responsabilidad.” Que, Según lo establecido en el artículo 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que:“Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional” Que, en cuanto a la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2014 de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mirafl ores, el mismo que asciende a S/. 58´650,194.00 (Cincuenta y Ocho Millones Seiscientos Cincuenta Mil Ciento Noventa y Cuatro con 00/100 Nuevos Soles), para el periodo comprendido entre el 1º de Enero hasta el 31 de Diciembre del año 2014, se encuentra sustentado en el Informe Nº 870-2013-SGP-GPP-MDSJM de fecha 10 de diciembre del 2013 emitido por la Sub Gerencia de Presupuesto, proyecto de Acuerdo que es viable legalmente, por lo que para proceder a su aprobación se requiere se eleve ante el Concejo Municipal. Que, mediante Informe Nº863-2013-GAJ-MDSJM de fecha 13 de diciembre del 2013, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que mediante Acuerdo de Concejo se apruebe el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2014 de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mirafl ores, la misma que asciende a S/.58’650,194.00 (Cincuenta y Ocho Millones Seiscientos Cincuenta Mil Ciento Noventa y Cuatro con 00/100 Nuevos Soles). Que, estando a lo expuesto de conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, de conformidad con el artículo 9 numeral 8) y el artículo 20 numeral 23) de la Ley Nº27972 Ley Orgánica de Municipalidades, con la Aprobación por Mayoría y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta. ACUERDO Artículo Primero.- APROBAR el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2014 de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mirafl ores, el mismo que asciende a S/. 58´650,194.00 (Cincuenta y Ocho Millones Seiscientos Cincuenta Mil Ciento Noventa y Cuatro con 00/100 Nuevos Soles), para el periodo comprendido entre el 1º de Enero hasta el 31 de Diciembre del año 2014, conforme al detalle siguiente: PRESUPUESTO DE INGRESOS POR FUENTE DE FINANCIAMIENTO Y RUBRO TIPO DE TRANSACCIÓN 1: INGRESOS FUENTES DE FINANCIAMIENTO En Nuevos Soles 1. Recursos Ordinarios 9´024,320